Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 1998 (21/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 1998
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Personal Aeronautico y Seguridad de Vuelo de la Direccion General de Transporte Aereo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, por necesidad del servicio es necesario expedir el acto administrativo del caso, a fin de encargar a partir de la fecha las funciones de Director de Personal Aeronautico y Seguridad de Vuelo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo y Decretos Leyes Nºs. 25862 y 25515; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha al Sr. MORDAZA MORDAZA GREEN en el cargo de confianza de Director de Personal Aeronautico y Seguridad de Vuelo de la Direccion General de Transporte Aereo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5468 RESOLUCION SUPREMA Nº 082-98-MTC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Asesoria Legal de la Direccion General de Transporte Aereo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, por necesidad del servicio es necesario expedir el acto administrativo del caso, a fin de encargar a partir de la fecha las funciones de Director de Asesoria Legal; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo y Decretos Leyes Nºs. 25862 y 25515; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Director de Asesoria Legal de la Direccion General de Transporte Aereo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5469 RESOLUCION SUPREMA Nº 083-98-MTC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Subdirector de Material Aeronautico de la Direccion General de Transporte Aereo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, por necesidad del servicio es necesario expedir el acto administrativo del caso, a fin de encargar a partir de la fecha las funciones de Subdirector de Material Aeronautico; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo y Decretos Leyes Nºs. 25862 y 25515; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confian-

za de Subdirector de Material Aeronautico de la Direccion General de Transporte Aereo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5470

Otorgan autorizaciones a empresas y asociacion para que operen estaciones retransmisoras y transmisoras del servicio de radiodifusion sonora
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 075-98-MTC/15.03 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que en aplicacion del Articulo 155º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, se dicto la Resolucion Ministerial Nº 399-97-MTC/15.03 aprobando la realizacion del Concurso Publico de Ofertas para el otorgamiento de las autorizaciones del Servicio de Radiodifusion Sonora en la Banda de Frecuencia Modulada en las ciudades que indica; Que realizado el Concurso Publico de Ofertas Nº 01-97MTC/DGT, y segun consta en el Acta del acto publico de dicho Concurso, el Comite de Recepcion y Evaluacion de Ofertas designado por Resolucion Viceministerial Nº 167-97-MTC/15.03, otorgo la Buena Pro al postor RADIO "A" FRECUENCIA MODULADA S.A., para el otorgamiento de una autorizacion del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada, en la MORDAZA de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que las Direcciones de Administracion de Frecuencias y de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos de sus Informes Nºs. 008-98-MTC/15.19.03.2 y 123-98-MTC/15.19.01, consideran que la empresa RADIO "A" FRECUENCIA MODULADA S.A. ha cumplido con la obligacion senalada en las Bases del Concurso y la MORDAZA de la informacion y documentacion exigida por el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que por lo expuesto precedentemente, debe expedirse el acto administrativo del caso; Acorde con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94TCC y 005-98-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO "A" FRECUENCIA MODULADA S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo de diez (10) anos, para establecer y operar una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM), modalidad Comercial-Cadena, ubicada en la MORDAZA de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : : : : : 90.9 MHz OCT-3X 1000 w. 256F8E H24

: MORDAZA MORDAZA s/n, Dist. Chimbote, Prov. MORDAZA, Dpto. Ancash. Coordenadas: L.O. 78° 34' 57" L.S. 09° 04' 03"

El plazo de la autorizacion y el permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga por la presente resolucion incluye el periodo de instalacion y prueba por un plazo improrrogable de doce (12) meses, contados a partir de la vigencia de la presente autorizacion; dentro de cuyo periodo y conforme a lo establecido en el Articulo 162º del Reglamento

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