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Pág. 160019 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de mayo de 1998 Tingo María, previo pesaje y análisis certificado por un profesio- nal químico en presencia del representante del Ministerio Públi- co; levantándose el Acta de Transferencia. Artículo 3º.- La Universidad Nacional Agraria de la Selva - Tingo María, informará a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas, la utilización de los insumos químicos transferidos. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 5086 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0361-98-IN-1101 Lima, 11 de mayo de 1998 Visto, los Oficios Nºs. 194-DINCRI-DLCC, y 93-98-DINCRI- PNP/Sec. del 20.ENE.98, y 13.FEB.98 de la Dirección Nacional de Criminalística de la Policía Nacional del Perú DINCRI-PNP, solicita la transferencia de insumos químicos diversos y papel filtro a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) del Ministerio del Interior, para efectuar las pericias toxicológicas solicitadas a nivel nacional; CONSIDERANDO: Que, la Dirección Nacional de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, solicita a la OFECOD la transferencia de insumos químicos diversos y papel filtro, para ser utilizados por la División de Laboratorio del Departamento de Toxicología y Química Forense, en las pericias toxicológicas solicitadas a nivel nacional; Que, en el depósito oficial de insumos químicos Pro Indus- trial y bajo custodia de OFECOD, existe en stock los insumos químicos decomisados por TID, solicitados por la DINCRI-PNP, y que pueden ser transferidos: CARBONATO DE SODIO cien (100) kilos, SULFATO DE SODIO dos kilos quinientos gramos (2.500), ACIDO SULFURICO ciento diez (110) kilos, ACIDO CLORHIDRICO ochenticinco (85) kilos, AMONIACO cuarentio- cho (48) kilos, ALCOHOL dos kilos quinientos gramos (2.500), N. HEXANO ciento cuarenticinco (145) kilos, ACETONA ciento cincuentiséis (156) kilos, ETER DIETILICO doce (12) kilos, ETER ciento sesentidós (162) kilos, TOLUENO ciento treinti- trés (133) kilos, XILOL ciento ochentiocho kilos quinientos gramos (188.500), PERMANGANATO DE POTASIO veintisie- te (27) kilos, BENCENO cincuenta (50) kilos, y PAPEL FILTRO cincuenta (50) pliegos; Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y con- trol adecuados para garantizar la presente transferencia de insumos químicos, con la intervención de las autoridades com- petentes señaladas en la legislación pertinente para tal fin; Que, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD es la única entidad encargada de la administración de bienes incautados por tráfico ilícito de drogas; De conformidad a lo establecido en el Artículo 79º inciso d) del Decreto Ley Nº 22095; y, Estando a lo informado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transfiérase a la Dirección Nacional de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, los siguientes insumos químicos: CARBONATO DE SODIO cien (100) kilos, SULFATO DE SODIO dos kilos quinientos gramos (2.500), ACIDO SULFURICO ciento diez (110) kilos, ACI- DO CLORHIDRICO ochenticinco (85) kilos, AMONIACO cuarentiocho (48) kilos, ALCOHOL dos kilos quinientos gramos (2.500), N. HEXANO ciento cuarenticinco (145) kilos, ACETONA ciento cincuentiséis (156) kilos, ETER DIETILICO doce (12) kilos, ETER ciento sesentidós (162) kilos, TOLUENO ciento treintitrés (133) kilos, XILOL cien- to ochentiocho kilos quinientos gramos (188.500), PER- MANGANATO DE POTASIO veintisiete (27) kilos, BEN- CENO cincuenta (50) kilos, y PAPEL FILTRO cincuenta (50) pliegos, para ser utilizados por la División de Laborato- rio del Departamento de Toxicología y Química Forense, en las pericias toxicológicas solicitadas a nivel nacional. Artículo 2º.- La OFECOD procederá a la entrega de los insumos químicos y papel filtro, solicitados y autorizados al representante acreditado por la Dirección Nacional de Crimi- nalística de la Policía Nacional del Perú, previo pesaje y análisis certificado por un profesional químico en presencia del representante del Ministerio Público; levantándose el Acta de Transferencia. Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, informará a la Oficina Ejecutiva deControl de Drogas - OFECOD, la utilización de los insumos químicos transferidos. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 5087 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0362-98-IN-1101 Lima, 11 de mayo de 1998 Visto, el Oficio Nº 143-98-MPP-ALC del 14 de abril de 1998, de la Municipalidad Provincial de Pisco, que solicita a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) del Ministerio del Interior la transferencia del insumo químico kerosene. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Pisco, solicita a la OFECOD, le transfiera el insumo químico kerosene, para ser utilizado como apoyo social para los Clubes de Madres de la provincia y otros sectores de condición económica humilde de la provincia de Pisco; Que, en la Jefatura Provincial de la Policía Nacional del Perú - Pisco, se encuentran inmovilizados bajo custodia tres mil quinientos (3,500) galones de KEROSENE, los mismos que fueron puestos a disposición de la OFECOD por la unidad policial antes mencionada y que pueden ser utilizados para los fines solicitados; Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y con- trol adecuados para garantizar la presente transferencia de insumo químico, con la intervención de las autoridades compe- tentes señaladas en la legislación pertinente para tal fin; Que, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD es la única entidad encargada de la administración de bienes incautados por tráfico ilícito de drogas; De conformidad a lo establecido en el Artículo 79º inciso d) del Decreto Ley Nº 22095; y, Estando a lo informado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y con opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transfiérese a la Municipalidad Provincial de Pisco, tres mil quinientos (3,500) galones de KEROSENE, para ser utilizados como apoyo social para los Clubes de Madres y otros sectores de condición económica humilde de la provincia de Pisco. Artículo 2º.- La OFECOD procederá a la entrega del insu- mo químico autorizado al representante acreditado por la Mu- nicipalidad Provincial de Pisco, en presencia del representante del Ministerio Público, previo pesaje y análisis certificado por un profesional químico levantándose el Acta de Transferencia. Artículo 3º.- La Municipalidad Provincial de Pisco, infor- mará a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas, la distribu- ción y utilización del insumo químico transferido. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 5088 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0363-98-IN-1101 Lima, 11 de mayo de 1998 Visto, el Oficio Nº 082-D-HNAL-98 del 13 de marzo de 1998 del HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA, que solici- ta a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) del Ministerio del Interior la transferencia de insumo químico Hipoclorito de Sodio (lejía); CONSIDERANDO: Que, el Hospital Nacional Arzobispo Loayza, solicita a la OFECOD, le transfiera insumo químico: Hipoclorito de Sodio (lejía), para ser utilizado en la limpieza de los pabellones del citado hospital; Que, en el depósito oficial de insumos químicos Pro Indus- trial bajo custodia de la OFECOD, existe en stock el insumo químico solicitado por el Hospital Nacional Arzobispo Loayza y puede ser transferido en la cantidad de seis mil ciento cincuen- tidós kilos con seiscientos cincuenta gramos (6,152.650 k.) de