Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 1998 (21/05/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 1998

do MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Superior, por el termino que dure la licencia del titular. Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio Publico. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al doctor MORDAZA MORDAZA Brignardello, Director Academico de la Academia de la Magistratura y a los Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 5445

JNE
Convocan a candidatos proclamado y no proclamados para que asuman cargos de MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de Marcona
RESOLUCION Nº 228-98-JNE MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 VISTOS: El Oficio crim. Nº 802-98-JPN-SA/16-95, remitido por el doctor MORDAZA Samanamud MORDAZA, Juez (s) del Juzgado Penal de Nasca, recibido con fecha 27 de MORDAZA del ano en curso, quien comunica que por sentencia ejecutoriada se ha condenado al MORDAZA del Concejo Distrital de Marcona, don MORDAZA Eliborio MORDAZA MORDAZA y a sus Regidores: MORDAZA MORDAZA Unzueta Curotto, Celin MORDAZA MORDAZA Esparza, MORDAZA Yanayaco MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Saldana, MORDAZA MORDAZA Villena MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Renteros, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por delito contra la Administracion Publica - Peculado, en agravio de la Municipalidad Distrital de Marcona y del Estado; anexando copias certificadas de la sentencia y de la Ejecutoria Suprema correspondientes, extendidas por el Juzgado Penal de Nasca; La comunicacion recibida con fecha 7 de MORDAZA del presente ano, de don MORDAZA Eliborio MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Marcona, de la provincia de Nasca, manifestando haber interpuesto recurso extraordinario de revision contra la sentencia condenatoria dictada en su contra, por lo que considera que aun no se ha agotado la via judicial respecto a su situacion juridica; CONSIDERANDO: Que, teniendose a la vista el Acta de proclamacion de MORDAZA y Regidores del distrito de Marcona, extendida por el MORDAZA Electoral Especial de Nasca en las Elecciones Municipales de 1995, se verifica que de los ciudadanos mencionados en el oficio de vistos, solo don MORDAZA Eliborio MORDAZA MORDAZA y don Celin MORDAZA MORDAZA Esparza son miembros del Concejo Distrital de Marcona para el actual periodo 1996 - 1998, siendo MORDAZA y Regidor, respectivamente; Que, de autos se establece que, la Sala Penal de la Corte Superior de Ica, mediante resolucion de fecha 11 de agosto de 1997, cuya MORDAZA certificada corre a fojas dos al seis, condeno a MORDAZA Eliborio MORDAZA MORDAZA y Celin MORDAZA MORDAZA Esparza, entre otros procesados, a un ano de pena privativa de la MORDAZA, suspendida condicionalmente en su ejecucion e inhabilitacion por el termino de la condena, por delito contra la Administracion Publica en agravio de la Municipalidad Distrital de Marcona y el Estado; habiendo resuelto la Sala Penal "B"

de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, en Ejecutoria Suprema de fecha 15 de enero de 1998, no haber nulidad en la sentencia recurrida en cuanto condena a los mencionados ciudadanos por delito contra la Administracion Publica - Peculado, declarando, asimismo, haber nulidad en la propia sentencia en cuanto a la pena, la que fue reformada a tres anos de pena privativa de la MORDAZA suspendida condicionalmente, por el plazo de prueba de dos anos para cada uno, segun la MORDAZA certificada obrante a fojas nueve al diez; sentencia que se halla vigente, pues no se enerva en sus efectos por la simple formulacion de recurso de revision; Que, en el caso de autos ha sobrevenido causal de vacancia, al haberse dictado sentencia condenatoria por delito doloso contra don MORDAZA Eliborio MORDAZA MORDAZA y don Celin MORDAZA MORDAZA Esparza, de acuerdo a lo previsto en el inciso 3) del Articulo 26º y el numeral 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades, este ultimo modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491; Que, conociendo este Colegiado de la existencia probada de causal de vacancia recaida sobre el MORDAZA y el MORDAZA MORDAZA del Concejo Distrital de Marcona, no puede dejar de pronunciarse; por lo que, debe resolver aplicando estrictamente la ley y de conformidad con el Articulo 5º literal u) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, el mismo que establece que, es funcion de este Supremo Tribunal Electoral, declarar la vacancia de los cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, corresponde asumir el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Marcona, de la provincia de Nasca, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado integrante de la lista del Partido Accion Popular, por ser el primer Regidor habil que sigue en la lista electoral del MORDAZA vacado; que, asimismo, para completar el numero de Regidores se debe convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dawson Cupent, candidatos no proclamados de la misma lista electoral, conforme aparece en la relacion de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Nasca, que se tiene a la vista; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Marcona, provincia de Nasca, que viene desempenando don MORDAZA Eliborio MORDAZA Angulo; y del cargo de Regidor del mismo Concejo que ejercia don Celin MORDAZA Esparza, por estar incursos en una causal de vacancia sobreviniente, al haber sido condenados por delito doloso. Articulo Segundo.- Llamar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado integrante de la lista del Partido Accion Popular, para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Marcona, de la provincia de Nasca. Articulo Tercero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dawson Cupent, candidatos no proclamados integrantes de la lista del Partido Accion Popular, para que asuman los cargos de Regidores en el Concejo Distrital de Marcona, de la provincia de Nasca. Articulo Cuarto.- Otorgar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dawson Cupent, las credenciales que los acrediten como MORDAZA y Regidores del Concejo Distrital de Marcona, respectivamente. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MARINA; MORDAZA GONZALES; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 5440

Convocan a candidato no proclamado para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Cutervo
RESOLUCION Nº 229-98-JNE MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1998 Visto el Oficio Nº 192-98-MPC/A, recibido via fax y por correo, con fechas 8 y 17 de MORDAZA del presente ano, respectivamente, Expediente Nº 00809, remitido por don MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de Cutervo, comunicando la declaratoria de vacancia al cargo de Regidor ejercido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y solicitando se proceda con arreglo a ley.

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