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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 1998 (21/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 160024 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de mayo de 1998 do Ríos Altamirano, Fiscal Adjunto Superior, por el término que dure la licencia del titular. Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolu- ción no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Minis- terio Público. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente reso- lución al doctor Hugo Rodríguez Brignardello, Director Acadé- mico de la Academia de la Magistratura y a los Fiscales Supe- riores Encargados de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en los Distritos Judi- ciales de Junín, Huánuco y Huancavelica. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 5445 J N E Convocan a candidatos proclamado y no proclamados para que asuman car- gos de alcalde y regidores del Concejo Distrital de Marcona RESOLUCION Nº 228-98-JNE Lima, 14 de mayo de 1998 VISTOS: El Oficio crim. Nº 802-98-JPN-SA/16-95, remitido por el doctor José Samanamud Grados, Juez (s) del Juzgado Penal de Nasca, recibido con fecha 27 de abril del año en curso, quien comunica que por sentencia ejecutoriada se ha condenado al Alcalde del Concejo Distrital de Marcona, don Víctor Eliborio Medina Angulo y a sus Regidores: Carlos David Unzueta Curo- tto, Celín Augusto Salcedo Esparza, Américo Yanayaco Lázaro, Fausto Cortez Saldaña, Herbert Emilio Villena Rodríguez, Víctor Hugo Pérez Renteros, Luis Armando Díaz Melgar y Justo Nicanor Rojas Hinojosa, por delito contra la Administración Pública - Peculado, en agravio de la Municipalidad Distrital de Marcona y del Estado; anexando copias certificadas de la sen- tencia y de la Ejecutoria Suprema correspondientes, extendidas por el Juzgado Penal de Nasca; La comunicación recibida con fecha 7 de mayo del presente año, de don Víctor Eliborio Medina Angulo, Alcalde del Concejo Distrital de Marcona, de la provincia de Nasca, manifestando haber interpuesto recurso extraordinario de revisión contra la sentencia condenatoria dictada en su contra, por lo que conside- ra que aún no se ha agotado la vía judicial respecto a su situación jurídica; CONSIDERANDO: Que, teniéndose a la vista el Acta de proclamación de Alcalde y Regidores del distrito de Marcona, extendida por el Jurado Electoral Especial de Nasca en las Elecciones Municipales de 1995, se verifica que de los ciudadanos mencionados en el oficio de vistos, sólo don Víctor Eliborio Medina Angulo y don Celín Augusto Salcedo Esparza son miembros del Concejo Distrital de Marcona para el actual período 1996 - 1998, siendo Alcalde y Regidor, respectivamente; Que, de autos se establece que, la Sala Penal de la Corte Superior de Ica, mediante resolución de fecha 11 de agosto de 1997, cuya copia certificada corre a fojas dos al seis, condenó a Víctor Eliborio Medina Angulo y Celín Augusto Salcedo Espar- za, entre otros procesados, a un año de pena privativa de la libertad, suspendida condicionalmente en su ejecución e inhabi- litación por el término de la condena, por delito contra la Administración Pública en agravio de la Municipalidad Distri- tal de Marcona y el Estado; habiendo resuelto la Sala Penal "B"de la Corte Suprema de Justicia de la República, en Ejecutoria Suprema de fecha 15 de enero de 1998, no haber nulidad en la sentencia recurrida en cuanto condena a los mencionados ciuda- danos por delito contra la Administración Pública - Peculado, declarando, asimismo, haber nulidad en la propia sentencia en cuanto a la pena, la que fue reformada a tres años de pena privativa de la libertad suspendida condicionalmente, por el plazo de prueba de dos años para cada uno, según la copia certificada obrante a fojas nueve al diez; sentencia que se halla vigente, pues no se enerva en sus efectos por la simple formula- ción de recurso de revisión; Que, en el caso de autos ha sobrevenido causal de vacancia, al haberse dictado sentencia condenatoria por delito doloso contra don Víctor Eliborio Medina Angulo y don Celín Augusto Salcedo Esparza, de acuerdo a lo previsto en el inciso 3) del Artículo 26º y el numeral 9) del Artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades, este último modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26491; Que, conociendo este Colegiado de la existencia probada de causal de vacancia recaída sobre el Alcalde y el Teniente Alcalde del Concejo Distrital de Marcona, no puede dejar de pronunciar- se; por lo que, debe resolver aplicando estrictamente la ley y de conformidad con el Artículo 5º literal u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, el mismo que establece que, es función de este Supremo Tribunal Electoral, declarar la vacancia de los cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos; Que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, corresponde asumir el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Marcona, de la provin- cia de Nasca, a don Alfonso René Suárez Rojas, candidato proclamado integrante de la lista del Partido Acción Popular, por ser el primer Regidor hábil que sigue en la lista electoral del Alcalde vacado; que, asimismo, para completar el número de Regidores se debe convocar a don Alfredo Durand Vera y doña Rosario Alejandrina Dawson Cupent, candidatos no proclama- dos de la misma lista electoral, conforme aparece en la relación de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Nasca, que se tiene a la vista; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Marcona, provincia de Nasca, que viene desempeñando don Víctor Eliborio Medina Angulo; y del cargo de Regidor del mismo Concejo que ejercía don Celín Salcedo Esparza, por estar incursos en una causal de vacancia sobreviniente, al haber sido condenados por delito doloso. Artículo Segundo.- Llamar a don Alfonso René Suárez Rojas, candidato proclamado integrante de la lista del Partido Acción Popular, para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Marcona, de la provincia de Nasca. Artículo Tercero.- Convocar a don Alfredo Durand Vera y doña Rosario Alejandrina Dawson Cupent, candidatos no pro- clamados integrantes de la lista del Partido Acción Popular, para que asuman los cargos de Regidores en el Concejo Distrital de Marcona, de la provincia de Nasca. Artículo Cuarto.- Otorgar a don Alfonso René Suárez Rojas, don Alfredo Durand Vera y doña Rosario Alejandrina Dawson Cupent, las credenciales que los acrediten como Alcalde y Regidores del Concejo Distrital de Marcona, respectivamente. Artículo Quinto.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 5440 Convocan a candidato no proclamado para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Cutervo RESOLUCION Nº 229-98-JNE Lima, 19 de mayo de 1998 Visto el Oficio Nº 192-98-MPC/A, recibido vía fax y por correo, con fechas 8 y 17 de abril del presente año, respectiva- mente, Expediente Nº 00809, remitido por don José F. Pérez Salazar, Alcalde del Concejo Provincial de Cutervo, comunican- do la declaratoria de vacancia al cargo de Regidor ejercido por don Jesús Carranza Rimarachín, y solicitando se proceda con arreglo a ley.