Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 1998 (21/05/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 160018
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL : : : :

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 1998

MORDAZA - MORDAZA y viceversa MORDAZA REGION: ....................... MORDAZA REGION: LOS LIBERTADORES WARI PUCUSANA (Km. 61.300)-CANETE-CHINCHASAN CLEMENTE-PISCO-HUAYTARA

: PUCUSANA (Km. 61.300)-CANETE-CHINCHASAN CLEMENTE-PISCO-HUAYTARA FRECUENCIAS : Cuatro (4) diarias FLOTA VEHICULAR : Nueve (9) omnibus FLOTA OPERATIVA : Ocho (8) omnibus: UJ-1311 (1994), UQ-6780 (1992), UQ-7558 (1992), UQ-8541 (1993), UQ-9130 (1993), UQ-8525 (1993), UH-2996 (1992) y UO-2086 (1994) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UO-3480 (1993) HORARIOS : Salida de Lima: 08.30, 09.30, 16.30 y 18.30 horas Salida de Ayacucho: 08.30, 09.30, 16.30 y 18.30 horas

febrero de 1952 y Resolucion Suprema Nº 518-67-ED, de 14 de junio de 1967, con una extension de 1,414 ha. 5,700 m2 inscrita a nombre del Estado en el Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Publicos de La MORDAZA, es decir en fecha anterior a la constitucion de la propiedad de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre el predio "Merco", por lo que en MORDAZA con el Articulo 12º de la Ley Nº 24047 - Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion debio obtenerse opinion del Instituto Nacional de Cultura como requisito previo para la autorizacion del plano y memoria descriptiva; De conformidad con el inciso c) del Articulo 43º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0294-JUS y Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar nula la Resolucion Ministerial Nº 0197-98-AG, de 23 de MORDAZA de 1998 y subsistente la Resolucion Directoral Nº 056-97-DRA-LA-LIB, de 26 de junio de 1997, expedida por la Direccion Regional Agraria de La Libertad. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 5471

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 5417

INTERIOR
Transfieren insumos quimicos y papel filtro a diversas entidades
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0360-98-IN-1101 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 1998 Visto, el Oficio Nº 037-98 del 27.ENE.98 de la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA - Tingo MORDAZA, solicita la transferencia de insumos quimicos diversos a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA - Tingo MORDAZA, solicita a la OFECOD la transferencia de insumos quimicos diversos, para ser utilizados en los trabajos de investigacion que se realizan en los laboratorios de la Universidad MORDAZA mencionada; Que, en el deposito oficial de insumos quimicos Pro Industrial y bajo custodia de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD), existe en stock los insumos quimicos solicitados por la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA - Tingo MORDAZA y que pueden ser transferidos: ACIDO SULFURICO setentitres kilos seiscientos gramos (73.600 k.), ACETONA, cuarentisiete kilos cuatrocientos gramos (47.400 k.), CARBONATO DE SODIO cincuenta kilos (50.00 k.), ACIDO CLORHIDRICO cincuentisiete kilos (57.000 k.), HIDROXIDO DE AMONIO cuarenticuatro kilos quinientos gramos (44.500 k.); Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la presente transferencia de insumos quimicos, con la intervencion de las autoridades competentes senaladas en la legislacion pertinente para tal fin; Que, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD, es la unica entidad encargada de la administracion de bienes incautados por trafico ilicito de drogas; De conformidad a lo establecido en el Articulo 79º inciso d) del Decreto Ley Nº 22095; y, Estando a lo informado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transfierase a la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA - Tingo MORDAZA, los siguientes insumos quimicos: ACIDO SULFURICO setentitres kilos seiscientos gramos (73.600 k.), ACETONA cuarentisiete kilos cuatrocientos gramos (47.400 k.), CARBONATO DE SODIO cincuenta kilos (50.00 k.), ACIDO CLORHIDRICO cincuentisiete kilos (57.000 k.), HIDROXIDO DE AMONIO cuarenticuatro kilos quinientos gramos (44.500 k.), para ser utilizados en los trabajos de investigacion que se realizan en los laboratorios de la Universidad MORDAZA mencionada. Articulo 2º.- La OFECOD procedera a la entrega de los insumos quimicos solicitados y autorizados, al representante acreditado por la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA -

AGRICULTURA
Declaran nula resolucion referida a solicitud de visacion de plano y memoria descriptiva de predio ubicado en la MORDAZA arqueologica de Chan Chan
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0247-98-AG MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 0197-98-AG, de 23 de MORDAZA de 1998, se declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 164-97-DRA-LA-LIB, expedida por la Direccion Regional Agraria de La MORDAZA y reformandola se declaro fundada la solicitud del apelante sobre visacion de plano y memoria descriptiva del predio "Merco"; Que si bien dicha Resolucion Ministerial se sustento en el hecho de que el interesado adquirio la propiedad del predio por sentencia de 30 de marzo de 1977 expedida por el Primer Juzgado de Tierras de MORDAZA e inscrito en los Registros Publicos de La MORDAZA, sin embargo, se ubica dentro de la MORDAZA Arqueologica de Chan Chan; Que a tal efecto debe tenerse en cuenta que la Ley Nº 6634 determino como propiedad del Estado los Monumentos Historicos existentes en el territorio nacional anteriores a la epoca del Virreynato y establecio el derecho inalienable e imprescriptible de la Nacion sobre dichos monumentos, declarando a traves de su Articulo 22º, Monumento Nacional la MORDAZA Arqueologica de Chan Chan de la MORDAZA de Trujillo; Que dicha MORDAZA arqueologica fue delimitada por su plano perimetrico aprobado por Resolucion Suprema Nº 025, del 6 de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.