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NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani http:/kvw.editoraperu.com.pe Lima, miércoles 4 de noviembre de 1998 AÑO XVI - N” 6706 PBg. 165383 CONGRESO DE LA REPUBLKA LEY N” 26988 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 56* DE LA LEY NP 23733 - LEY UNIVERSITARIA Artículo Unico.- Objeto de la Ley. Modifícase el inciso b) del Artículo 56” de la Ley N” 23733, Ley Universitaria, que tendrá el siguiente texto: “b) Quienes hayan aprobado en dichos centros de edu- cación por lo menos dos períodos lectivos semestrales o uno anual o 36 (treinta y seis) créditos;” Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintitrés dfas del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho. VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Congreso de la República CARLOS BLANCO OROPEZA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno! en Lima, a los tres días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros DOMINGO PALERMO CABREJOS Ministro de Educaci6n 12673PODER EJECUTIVO Rutorizan al Ministerio de Economía y Finanzas a contratar servicios de wsoría legal para defender intereses rlel Estado ante solicitud de arbitraje planteado por empresa minera EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Compagnie Miniêre Internationale Or S.A. ‘MINE OR) pretende llevara cabo un proceso arbitral ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas B Inversiones (CIADI), contra el Estado peruano; Que, el reclamo materia de la solicitud de arbitraje es manifiestamente improcedente, y con el objeto de defender los intereses del Estado es necesario contratar de inmediato a un Estudio de Abogados extranjero de reconocido presti- gio, para que dé la asistencia y asesoría legal requeridas para su defensa; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Minis- terio de Economía y Finanzas para que en representación de la República del Perú celebre contratos de servicios no personales con excepción de lo establecido en el Artículo 6” de la Ley N” 26894, de los Artículos 16” y 35” de la Ley N 26850, y demás normas conexas; En uso de las facultades conferidas en el inciso 19) del Artículo 118” de la Constitución Política del Perii; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo lo.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para que en representación de la República del Perú contrate directamente los servicios del Estudio de Abogados Baker & Hostetler - Counsellors at Law, de la ciudad de Washington, Estados Unidos de America, para que dé la asistencia y asesoría legal que se requiera para los fines a los que se refiere la parte considerativa y los asuntos que de dicho proceso se deriven. Artículo 2”.-Las contrataciones autorizadas por el artículo precedente quedan exoneradas de la aplicación del Artículo 6” de la Ley N” 26894 -de Presupuesto del Sector Público para 1998-, así como de los Articulos 16” y 35” de la Ley N” 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-, y demás normas conexas. Artículo 3”.- El ago de los honorarios profesionales y gastos del estudio fe abogados referido en el Artículo l”, será atendido por la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, previa conformi- dad de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia. Artículo 4”.- El Ministerio de Economía y Finanzas dictará las normas legales y administrativas que sean necesarias para la adecuada aplicación de este dispositivo. Artículo 59. Déjanse en suspenso las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto de Urgencia, el mismo que será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia, de Economía y Finanzas y de Relaciones Exteriores.