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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (04/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 11

Lima, miércoles 4 dc noviembre de 199X clpéruanr, Pág. 165393 mención, son el de reconsideración, apelación y, extraordi- nariamente el de revisión; en este ultimo caso, en tanto y en cuanto el funcionario que resuelve el recurso de apelación no tuviera competencia nacional, lo que no se da en el presente caso; Que, conforme al Texto Unico Ordenado mencionado en el considerando anterior, con la resolución expedida en segunda y última instancia, se ha dado por agotada la vía administrativa; siendo ello así, la nulidad deducida deviene en improcedente y sólo puede ser declarada de oficio cuando de por medio está el interés público, aun cuando la resolu- ción hubiere quedado consentida; Que, por los demás, la empresa recurrente omite referir que la resolución contra la cual se recurre reproduce los mismos fundamentos de hecho y de derecho que dieron lugar a la expedición de la Resolución de Gerencia N” 002- 98-GCR-PJ, de fecha 9 de marzo de 1998; siendo insubsis- tente la alegación deducida respecto del “imposible jurídi- co”, por cuanto la recurrente se basa en supuestos ya esgrimidos y aclarados en su recurso impugnativo de ape- lación, que dio lugar a la Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N” 184-98-SE-TP- CME-PJ, publicada el 16 de mayo de 1998 en el Diario Oficial El Peruano. Estando a lo visado por la Asesoría de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial; De conformidad con la Ley N” 26546, concordante con la Ley N” 26623 y en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad, de fecha 16 de junio de 1998, presen- tada por la empresa Ventanas Listas S.A., contra la Reso- lución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N” 84-98-SE-TP-CME-PJ, publicada el 16 de mayo de 1998 en el Diario Oficial El Peruano, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolu- ción, dándose por agotada la vía administrativa. Artículo Segundo.- AUTORIZASE a la Gerencia Cen- tral de la Reforma para culminar el proceso de liquidación del contrato suscrito el 5 de marzo de 1997 entre el Proyecto PER/95/0202 y la empresa VENTANAS LISTAS S.A. Artículo Tercero.- CONFIRMASE en todos sus extre- mos la Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N” 184-9%SE-TP-CME-PJ, publicada el 16 de mayo de 1998 en el Diario Oficial El Peruano, en lo demás que contiene. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 12657 Autorizan la realización de diversas actividades para la difusión de planes de mejoramiento y logros de la reforma del Poder Judicial RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL W 441-98-SE-TP-CME-PJ Lima, 2 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Ley N” 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, encargada de la gestión y gobierno del Poder Judicial, funciones que han sido ampliadas por la Ley N 26623, encargándose además la Reestructuración y Reor- ganización integral del Poder Judicial, incluyendo las ma- terias referidas a la Carrera Judicial y Estatuto Orgánico del Magistrado; Que, es interés fundamental de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial difundir los avances del proceso de Reforma de este Poder del Estado en la sociedad civil; Que, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, a través de la Gerencia General ha organizado un cronograma de actividades, dirigido a estudiantes de derecho, profesores de-colegio, dirigentes de base, gremios profesionales y empre- sarios; Que, las mencionadas actividades son importantes para la difusión de los planes de mejoramiento de la administra- ción de justicia y de los avances y logros de la Reforma del Poder Judicial, por lo que resulta conveniente autorizar su realización; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Ns. 26546 y 26695, las Resoluciones Administrativas N”s. 018- CME-PJ y 032~CME-PJ y estando alo acordado en la sesión de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar, en vías de regularización, la Pri- mera Jornada de Acción Social y Difusión de la Reforma del Poder Judicial, realizada en la Comunidad Autogestionaria de Huaycán el día domingo 25 de octubre de 1998. Segundo.- Autorizar la realización de los siguientes eventos en las fechas programas: Conferencia en la Direcci6n Regional de Educacl& de Lima: 9 noviembre 1998 IV Taller Itinerante a realizarse en la Provincia Constitucional del Callao 14 noviembre 1998 - Conferencia con la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos: 18 noviembre 1998 - Conferencia con la Facultad de Derecho de la Universidad Parkular Inca Garcilaso de la Vega: 20 noviembre 1998 - V Taller Itinerante a realizarse en el distrito de San Juan de Lurigancho 21 noviembre 1998 Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el Programa 003 Administración, Subprograma 0021 OrganizaciónyModer- nización Administrativa del Poder Judicial, ejercicio 1998. Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Geren- cia Central de la Reforma y ala Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 12658 COMISIQN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Autorizan la realización del Pleno Juris- diccional Penal a llevarse a cabo en la ciudad de Ica RESOLUCION ADMINISTRATIVA N” 784.CME-PJ Lima, 30 de octubre de 1998 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL CONSIDERANDO: Que por Resolución Administrativa N” 755.CME-PJ, del 6 de octubre de 1998, se autorizó la realización del Pleno Jurisdiccional Penal en la ciudad de Iquitos, del 27 al 30 de octubre del ano en curso; Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto ha informado sobre los hechos que ocasionaron graves daños al Palacio de Justicia de ese Distrito Judicial, el día 24 de los corrientes, que hicieron imposible la realiza- ción del Pleno Jurisdiccional Penal en el lugar y fecha señalados; En ejercicio de las facultades conferidas por las Leyes N 26546, sus modificatorias y ampliatorias, la Comisión Eje- cutiva del Poder Judicial, en sesión de la fecha; RESUELVE: Primero.- Dejar sin efecto lo dispuesto en la Resolución Administrativa N” 755.CME-PJ, de fecha 6 de octubre del presente año. Segundo.- Autorizar la realización del Pleno Jurisdic- cional Penal, el que se llevará a cabo en la ciudad de Ica, en los días comprendidos del ll al 14 de noviembre del ano en curso.