NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (02/09/1998)
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gadores, realicen con fines de investigación cientíiica, la caza de no más de seis (6) ejemplares por especie pertenecIentes a la clase Anfibia, orden Anura, familias: Bufomdae, Centrolenidae, Dendrobatidae, Hylidae, Leptodactylidae, Microhylidae, Pipi- dae Pseudadae, Ranidae. orden caudata familia Plethdonti- dae orden Gymnophiona familias caeciliidae Rhinatremati- dae Typhlonectidae, clase Reptilia, orden Testudines familias: Kinosternidae, chelidae, orden Sauria familias: Amphisbaeni- dae, Anguidae, Gymnophthalmidae, Anguidae. Gekkonidae, Gymnophthalmidae, Hoplocercadae Polychrotinae., Scincidae, Teiidae, Tropiduridae, orden Serpentes familias: Anillidae, Ano- malepididae, Colubridae, Elapidae. Leototyphlopidae, Typhlo- pidae, Viperidae, en los departamenbto de Ancash, Huanuco, Pasco y Ucayali, por un periodo de 5 meses inmediato posterio- res a la fecha de publñicación de la presente resolución. Artículo 29. Los investigadores EDGAR LEHR, JAVIER ICOCHEA MONTEZA y CESAR AUGUSTO AGUILAR, debe- rán cumplir con los siguientes compromisos: a) Entregar el 50% del material biológico colectado por especie al Museo de Historia Natural de la Universidad nacio- nal Mayor de San Marcos, incluyendo los Holotipos y Paratipos, así como los ejemplares únicos de los grupos taxonómicos colec- tados: b) No utilizar ni ceder a terceros los especímines o parte de éstos (piel, tejidos, cromosomas u otros), para investigaciones relacionadas con acceso a los recursos genéticos c) No solicitar Información sobre su uso tradicional a las comunidades nativas de la zona sin su pre\ io consentimiento por escrito y en caso que esto ocurra, reconocer en las publicación nes el apoyo brindado por ellas, para el avance de la investiga- ción: d) Entregar a la Dirección General de Arcas Naturales Protegidas y Fauna Silvestre del INRENA, no menos de seis (6) copias del informe de campo, no menos de seis (ti) copias de las publicaciones que hicieran con motivo de la presente investiga- ción, así mismo copias del material fotográfico vio slides que puedan ser utilizados para difusión. Artículo 3”.- Si por las razone s cientificas acotadas, se requiera enviar al extranjero parte del material colectado. los interesados deberán gestiona; el correspondiente Permiso de Exportación CITES ante cl INRENA. ‘Artículo 4”.- El recurrente se sujetará a lo establecido en las disposiciones legales vigentes .y a las que sobre la materia dicte el Ministerio de Agricultura. Artículo 5”.- El INRENA. a través de la Dirección General de Areas Naturales Protegidas y Fauna Silvestre queda encar- gado de verificar el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese y comuniquese RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura9857 Oficializan seminario regional sobre crianza y producción de camélidos sudamericanos, a realizarse en Are- quipa RESOLUCION MINISTERW. N” 04259%AG Lima, 31 de agosto de 1998 Visto el Oficio N” 1243~9X-MAG-DRAA-D de fecha 18 de agosto de 1998, presentado por la Dirección Regional Agraria Arequipa miembro del Comité Organizador del JI SEMINARIOREGIONAL DEL SUR “CRIANZA Y PRODUC CION DE CA- MELIDOS SUDAMERICANOS EN SU PROYECCION AL SIGLO XXJ”, a fin de oficializar el evento que FC llevará a cabo en la ciudad de Arequipa del 2 1 al 23 de setiembre de 1998: y. CONSIDERANDO:Que, dicho tiene por objetivo reunir a los entes del Sector Público y Privado para analizar los logros y dtficultades en elmanejo de (!amélidos Sudamericanos. hacer estudios y alcanzar alternativas de mejoramiento genético y rrpoblamicnto en zo- nas depredadas y conocer el potencial de ~xméhdos que se tiene en el Sur del Perú para ingresar al Siglo XXI; Que, es política del Ministerio de Agricultura el apoyar las actividades que coadyuven al desarrollo de la producción agra- ria, con la participación activa de las organiza~::ones emprcsa- riales productivas, productores asociados, individuales asícomo otros organismos públicos y particulares que esrlin relacionados al desarrollo integral del Sector ALvario;! , 1DC conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7” del Decreto ,ey N” 25902 Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, decreto Supremo N” 053-92.AG; y la Resolución Ministerial N” $13-94-A<: - Reglamento d<t Ferias y Eventos Agropecuarios; SE: RESUELVE: Artículo lo.- Oficializar el II SEMINARIO REGIONAL DEL 3UR “CRIANZA Y PRODUCCION DE CAMELIDOS SIJDAME- RICANOS EN SU PROYECCION AL SIGLO XXl”, A realizarse en a ciudad de Arequipa del 21 al 23 d e setiembre de 1998. Artículo 2”.- El Comite Organizador del evento al que se refiere el artículo procedente deberá oresentar al Ministerio de Agricultura un informe acerca de los resultados del mismo, en el plazo máximo de treinta (30) días después de su realización Regístrese y comuniquese RODOLFO MUÑANTE SANGUINERI Ministro de Agricultura9782 INTERIQR Autorizan a procurador iniciar proceso judicial para la adquisición de inmue-ble ubicado en la provincia de Lamba- yeque RESOLUCION MINISTERIAL No 0562-98-IN/PNP Lima, 13 de julio de 1998 Visto, el Oficio N” 943.97.PP-1N/PNP.01120500000 de fe- cha 28.NOV.97, formulado por el señor Coronel CJ-PNP Procu-rador Público del Ministzrio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policía Nacional del Perú, en el que informa sobre la situación jurídica del local que ocupa la Comisaría PNP de kmbayeque, solicitando además se expida la Resolución Ministerial que lo aut.oricc a iniciar el procedimiento judicial pertinente, con el objeto que el inmueble descrito pase a formar parle del patrimonio del Estado - PNI’; (:ONSIDERANDO: Que, cl inmueble en referencia se encuentra ubicado en la call<, Dos de Mayo N” 316, de la ciudad de Lambayeque. distrito, provincia y departamento del mismo nombre, desconociendose la fecha exacta en que la Guardia Civil del Perú, hoy Policía Nacional del Perú, ocupara sus instalaciones, pero se tiene porhecho que la presencia policial ocurrió aproximadamente en el año 1930; Que, con Informe N” 85-CPNPL de fecha 18.OCT.97, la Comisaría PNP de Lambayeque informa haber efectuado la búsqueda en los Registros Públicos de Propiedad Inmueble deLambayeque. llegándose a la conclusión que el local ubicado en la calle Dos de Mayo N” 376, no figura registrado en dicha dependencia, tampoco existen antecedentes sobre la forma en que la ex Guardia Civil del Perú, hoya adquirido dicho local. Por fuentes fidedignas de personas notables y vecinos de la Comisa- ria, señalan que el indicado local perteneció al arqueólogo alemán Enrique BRUNING, y que al abandonar el país la PNP paso a ocuparlo en forma pacífica; Que, la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, mediante Certifi- cado de fecha 7.NOV.95, asegura la ubicación exacta del terreno y su correspondiente edificación, otorgando el CERTIFICADODE POSESION a favor de la Policía Nacional del Peru -- Comi- sarla PNP de Lamkayeque, de conformidad a sus informes Técnicos Legales y al expediente de Registro N° 4925195, corres- pondiéndole asimismo la Zonificación de Centro Histórico Mo- numental;, Que, siendo la posesión un ejercicio de hecho de uno o más poderes Inherentes a la propiedad. se desprende que la Policía Nacional del Perú ha venido ejerciéndola en forma continua y pacífica aproximadamente desde el año 1930, conforme a lo estipulado en el Art. 896° y siguientes del Código Civil Peruano; Lo dictaminado por la Asesoría Jurídica de la Direccilin de Lo@&+ de la Policía Nacional del Perú, mediante Dictamen N” 654-98.l)lRI,OG-PNI’~0A.I de fecha 20.ABR.98: Lo propuesto por el Sr. General PNP Director de I,ogística de la Policía Nacional del Perú; y. Lo opinado por el Sr. Tenirnle General I’NP Director Gene- ral de la policía Nacional del Perú: SE RESUELVE: Artículo Primero.- AutorIzar al Procurador Público del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales de la