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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (17/09/1998)

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dos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), contenidas en el Documento N” 9303/2 y estable- cidas por la Organización Internacional de Normas en el Documento ISO-7501-1, no cuenta actualmente con el sistema de expedición mecanizado y lectura mecánica, las mismas que constituyen un sistema unificado e integral dentro de las técnicas modernas de elaboracion, expedi- ción y control de pasaportes; Que, de conformidad con los Artículos 32” (al y 32” (dj de la Resolución Ministerial N” 512-B-92-INIDM del 29.MAY.92, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, la Dirección General de Migracio- nes y Naturalización, entre otras funciones: administra, coordina y controla el movimiento migratorio de naciona- les y extranjeros y expide pasaportes comunes; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Migraciones y Naturalización, a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica: De conformidad al Artículo 5” Inc. 6) de la Ley Orgáni- ca del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Legis- lativo W 370 del 4.FEB.86; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Direccion General de Migraciones y Naturalización la implementación y aplicación del Sistema Mecanizado de Expedición de Pasaportes; así como la implementación y aplicación del Sistema Mecanizado de Lectura Optica de Pasaportes en los módulos de Control Migratorio establecidos a Nivel Nacional, debiendo ser puestos en ejecución en forma progresiva, de acuerdo a la disponibilidad del Presupues- to asignado a la Dirección General de Migraciones y Naturalización, Fuente de Financiamiento Recursos Di- rectamente Recaudados. Artículo Segundo.- Encargar a la Direccion General de Migraciones y Naturalización, elaborar en el mas breve plazo el Manual de Procedimientos que norme la aplica- ción de los sistemas a que se refiere el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 10487 AGRICULTURA Oficializan el “Foro Internacional: Ca- cao Peruano para el Mundo”, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima RESOLUCION MINISTERIAL W 0465-98-AG Lima, 15 de setiembre de 1998 Visto el Oficio N” 1290-98-AG-SENASA-J, de fecha 4 de setiembre de 1998, presentado por la Jefatura del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, solici- tando la oficialización del evento Foro Internacional: Cacao Peruano para el Mundo; y, CONSIDERANDO: Que, la producción nacional del cacao se encuentra en una posición de mercado muy importante debido a las ventanas dejadas por los países líderes productores como Ghana, Costa de Marfil en Sudáfrica, Brasil y Ecuador en Sudamérica; y que existe interés de la industria mundial por el cacao peruano debido a su excelente calidad; Que, el evento en mención tiene como objetivos desta- car la importancia del cultivo del cacao en la economía de los pobladores de la selva peruana; analizar y evaluar el rol de las instituciones nacionales e internacionales, pú- blicas y privadas involucradas, Así como incentivar la producción del cacao y unificar criterios de manejo inte- gral del cultivo para incrementar su exportación; Que, es política del Ministerio de Agricultura apoyar las actividades para el desarrollo de la producción agra- ria, con participación de las organizaciones empresariales productivas, productores asociados e individuales, así como otros organismos e instituciones públicas y privadas1 /-nacionales e internacionales que vienen trabajando en diferentes aspectos de este cultivo; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7” del Decreto Ley N” 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y sus Organismos Públicos Descentralizados, Decreto Supremo N” 053-92.AG, Reglamento de Organi- zación y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo lo.- Oficializar el “Foro Internacional: Cacao Peruano para el Mundo” a realizarse en la ciudad de Lima, los días 28 y 29 de octubre de 1998. Artículo 2”.- La Jefa del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, presentará a este Despacho, en el término de treinta (30) dias calendario de culminado el evento, un informe final del resultado del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 10512 Lista de Plaguicidas Agrícolas y Sus- tancias Afines registradas en el mes de agosto de 1998 RESOLUCION DIRECTORAL N” 072-9%AG-SENASA-DGSV Lima, 14 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 17” del Decreto Ley N” 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, ha sido creado el Servicio Nacional de Sani- dad Agraria (SENASA) encargado de desarrollar y pro- mover la participación de la actividad privada para la ejecución de los planes y programas de prevención, con- trol y erradicación de plagas y enfermedades que inciden con mayor significación socioeconómica en la actividad agraria, a su vez es el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo señalado por el Articulo 17” del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), aprobado por Decreto Supremo N” 24-95-AG, la Dirección General de Sanidad Vegetal tiene, entre otras funciones, la de esta- blecer mecanismos de control, registro y fiscalización de los insumos de uso agrícola tales como semillas y agroquí- micos, así como conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, por Decreto Supremo N” 15-95-AG, se aprueba el Reglamento sobre el Registro, Comercialización y Con- trol de Plaguicidas Agrícolas y Sustancias Afines, dispo- niéndose la apertura del registro correspondiente y la publicación periódica de los registros efectuados; Que, por Memorándum N” 202-9%AG-SENASA- DGSV-DDF, de fecha 1 de setiembre de 1998, la Dirección de Defensa Fitosanitaria, ha remitido el listado de Plagui- cidas Agrícolas y Sustancias Afines, registrados en el mes de agosto de 1998; Estando ala delegación de facultades conferidas a la Dirección General de Sanidad Vegetal, mediante Reso- lución Jefatura1 N” 167-SG-AG-SENASA, de conformi- dad con lo dispuesto por el Artículo 12” del Re lamento sobre Registro, Comercialización y Control de s .. lagmcl- das Agrícolas y Sustancias Afines, aprobado por Decre- to Supremo N” 15-SS-AG y su modificatoria Resolución Ministerial N” 0268-96-AG, el Decreto Supremo N” 24- 95-AG; y con la visación del Director General de Aseso- ría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Lista de Pla icidas Agrtcolas y Sustancias Afines, registradas en e i?mes de agosto de 1998: por la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura, cuya relación es la siguiente: