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Pág. 171704 NORMAS LEGALES Lima, martes 6 de abril de 1999 Aprueban inafectación de derechos arancelarios y del IGV a importación realizada por el SENATI RESOLUCION SUPREMA Nº 139-99-EF Lima, 31 de marzo de 1999 Vistos los Expedientes Nºs. 017551-98, 25178-98 y 25179-98 presentados por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, sobre inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", establecen que la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las instituciones educativas públicas y particulares para sus fines propios están inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las instituciones educativas públi- cas o particulares, estableciéndose, asimismo, el procedimiento para la aplicación del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUEBASE la inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación realizada por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, de los bienes que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, según las partidas arancelarias siguientes: Partida Descripción Arancelaria 8204.12.00.00 Llaves de boca ajustable. 8458.19.10.00 Los demás tornos paralelos universales. 9016.00.12.00 Balanzas electrónicas sensibles a un peso infe- rior o igual a 5 cg. incluso con pesas. 9027.80.90.00 Demás instrumentos y aparatos para análisis físicos o químicos. Artículo 2º.- La inafectación a que se refiere el artículo anterior procederá siempre que la importación de los bienes se ajusten a la cantidad, valor y demás características declaradas en los formula- rios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, según Expedientes Nºs. 017551-98, 25178-98 y 25179-98 y que dichos bienes sean destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institución educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efectuar según el caso, al Ministerio de Educación, así como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificación de la clasifi- cación arancelaria de los bienes cuya inafectación se solicita. Artículo 3º.- Transcríbase la presente resolución a la Super- intendencia Nacional de Aduanas. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 4449 Autorizan viaje de funcionaria de la SBS a los EE.UU. para participar en evento sobre administración financie- ra gubernamental RESOLUCION SUPREMA Nº 140-99-EF Lima, 31 de marzo de 1999CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2555-99, la Superintendencia de Banca y Seguros solicita se autorice el viaje de una funcionaria, a la ciudad de Miami - Florida, Estados Unidos de América , del 21 al 27 de marzo de 1999, para participar en la XIII Conferencia Internacional Anual sobre nuevos acontecimientos en la Administración Financiera Guberna- mental, denominada "Información, Tecnología y Responsabilidad"; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos por concepto de alimentación serán cubiertos en parte por el Consorcio Internacional sobre Gerencia Financiera Gubernamental, debiendo la Superintendencia de Banca y Seguros asumir el costo de los pasajes, complemento de viáticos y la tarifa de CORPAC, con cargo a los recursos de su presupuesto correspondiente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5. de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada me- diante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora María Cristina Rojas Laynes, Auditora General de la Superintendencia de Ban- ca y Seguros a la ciudad de Miami - Florida, Estados Unidos de América, del 21 al 27 de marzo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presen- te dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros: - Pasajes US$ 470,82 - Complemento de viáticos US$ 1 320,00 - Tarifa de CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 4450 Autorizan viaje de funcionarios del OSI- TRAN a España para participar en el curso "Privatización y Regulación de Servicios de Transporte" RESOLUCION SUPREMA Nº 141-99-EF Lima, 31 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 022-99-PD-OSITRAN, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público -OSITRAN-, solicita se autorice el viaje de tres funcionarios a la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, España, del 3 al 11 de abril de 1999, para participar en el curso "Privati- zación y Regulación de Servicios de Transporte"; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos por concepto de alojamiento y alimentación han sido considerados en el costo de inscripción al curso, debiendo autori- zarse el pago de pasajes, complemento de viáticos y Tarifa de CORPAC, con cargo a los recursos del Presupuesto del OSITRAN, correspondiente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada me- diante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Carlos Puga Pomareda, Gerente General, Edda Rivas Franchini, Gerente Legal y Armando Chamorro Plazolles, Gerente de Estudios Económicos del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público -OSITRAN-, a la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, España, del 3 al 11 de abril de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del OSITRAN: - Pasajes US$ 4 417,92 - Complemento de Viáticos US$ 780,00 - Tarifa de CORPAC US$ 75,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza.