Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 1999 (26/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 26 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Sudamericano la apertura de una agencia especial de caracter temporal ubicada en el Colegio MORDAZA MORDAZA, sito en la Av. MORDAZA y MORDAZA Nº 321, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca 10934

CONASEV
Aprueban Plan de Liquidacion de Fondo Colectivo presentado por empresa
RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONASEV Nº 039-99-EF/94.12 Empresa MORDAZA Fecha : La Previsora S.A. : Recurso de reconsideracion contra Resolucion de cancelacion de autorizacion de funcionamiento : MORDAZA, 16 de agosto de 1999

Que, para la supervision regular que CONASEV debera ejercer sobre la liquidacion se han disenado cuatro formatos, que tendrian que ser aprobados como medida complementaria al Plan de Liquidacion con la finalidad de que MORDAZA presentados mensualmente por parte de La Previsora S.A. hasta que se hayan cancelado el total de las obligaciones del Fondo Colectivo; Que, la aprobacion de esta propuesta no afecta la procedencia de la cancelacion de la autorizacion de funcionamiento de La Previsora S.A., toda vez que se mantienen la imposibilidad de la administradora de adecuar el capital social al minimo que establece el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 22014, modificado por el Articulo 1º del Decreto Ley Nº 23186; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 844-97-EF/94.10, el Directorio de esta Comision Nacional en virtud de lo dispuesto en el inciso k) y r) del Articulo 11º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, acordo constituir el Tribunal Administrativo de CONASEV, el cual segun lo dispuesto por los incisos a) y e) del Articulo 5º de su Estatuto aprobado por Resolucion CONASEV Nº 003-98-EF/ 94.10, esta facultado para imponer sanciones a quienes contravengan las regulaciones que emanan de CONASEV; asi como imponer medidas correctivas a fin de impedir o MORDAZA los efectos de los actos sancionables sometidos a su conocimiento; y, Estando a lo dispuesto por los Articulos 98º y 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y, con el MORDAZA favorable de los miembros del Tribunal Administrativo de CONASEV; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado en parte el recurso de reconsideracion de La Previsora S.A. en el extremo que se refiere al incumplimiento de la medida correctiva relativa a la MORDAZA de un Plan de Liquidacion del Fondo Colectivo bajo los parametros establecidos por el Tribunal Administrativo de CONASEV. Articulo 2º.- Aprobar el Plan de Liquidacion presentado por La Previsora S.A., que sera ejecutado de acuerdo al procedimiento descrito en el anexo 1, el cual forma parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- Ratificar la cancelacion de la autorizacion de funcionamiento como Empresa Administradora de Fondos Colectivos de La Previsora S.A. concedida mediante Resolucion CONASEV Nº 240-86-EF/94.11, de fecha 24 de setiembre de 1986, por las razones expuestas en la presente resolucion. Articulo 4º.- Levantar la intervencion dispuesta mediante Resolucion del Tribunal Administrativo de CONASEV Nº 011-99EF/94.12, por las razones expuestas en la presente Resolucion. Articulo 5º.- Aprobar los Formatos Nºs. 1 a 4 adjuntos a la presente resolucion y que deberan ser presentados mensualmente por La Previsora S.A. a CONASEV, en tanto no MORDAZA concluido el MORDAZA de liquidacion del Fondo Colectivo aprobado mediante la presente Resolucion. Articulo 6º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. Articulo 7º.- Transcribir la presente resolucion a la empresa La Previsora S.A. Registrese, notifiquese y publiquese. MORDAZA LEONG MORDAZA Presidente Tribunal Administrativo de CONASEV 10918

VISTOS: El Memorandum Nº 058-99-EF/94.FUN, de fecha 27 de MORDAZA de 1999, presentado por la Comision de EAFC Funerarios con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion del Tribunal Administrativo de CONASEV Nº 032-99-EF/94.12 de fecha 16 de MORDAZA de 1999, de conformidad con lo establecido en el inciso d) del Articulo 106º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos aprobado por Resolucion CONASEV Nº 264-93-EF/ 94.10.0., se dispuso la cancelacion de la autorizacion de funcionamiento como Empresa Administradora de Fondos Colectivos de La Previsora S.A., por no haber cumplido con las medidas correctivas impuestas por CONASEV, referidas al aumento de su capital social, aplicacion de las cuotas aprobadas y MORDAZA de un Plan de liquidacion que cumpla con los parametros establecidos por el Tribunal Administrativo de CONASEV; Que, con fecha 23 de MORDAZA de 1999 segun Expediente Nº 1999/00321, La Previsora S.A. presento un recurso de reconsideracion contra la Resolucion de Tribunal Administrativo que cancelo su autorizacion de funcionamiento adjuntando para el efecto un MORDAZA Plan de Liquidacion del Fondo Colectivo que administra; Que, analizados los documentos presentados se ha determinado que la nueva propuesta de liquidacion del Fondo Colectivo de La Previsora S.A. contempla la inmediata devolucion proporcional a los asociados sin servicio del total del Fondo Colectivo que se encuentra depositado en Caja-Bancos del Sistema y la continuacion del MORDAZA de cobranza de acuerdo al contrato o por la via judicial o extrajudicial respecto de los asociados con servicio que aun tengan saldo por pagar al Fondo, asi como efectuar las devoluciones periodicas a favor de los asociados con saldo acreedor de acuerdo al dinero recaudado por la cobranza; Que, con la finalidad de mantener el derecho de los asociados al servicio de sepelio que le concedia el contrato de administracion de fondos colectivos, la propuesta plantea ofrecer a los asociados la transferencia del riesgo del servicio de sepelio a una aseguradora mediante la suscripcion de una poliza de MORDAZA entera que recoge razonablemente las condiciones previstas en el contrato suscrito por los asociados con La Previsora S.A. quienes adoptaran libremente su decision de suscribir la referida Poliza sin que ello restrinja el MORDAZA de liquidacion del Fondo Colectivo anteriormente descrito; Que, las infracciones que dieron merito a la cancelacion de la autorizacion de funcionamiento como Empresa Administradora de Fondos Colectivos de La Previsora S.A. no estuvieron relacionadas con disposicion de efectivo, sino que contrariamente, la administradora ha demostrado un manejo ordenado y transparente de los fondos, lo que sumado a la constitucion de una garantia a favor de CONASEV hasta por el total de los ingresos anuales proyectados, permite que el Plan de Liquidacion se ejecute sin que sea necesario mantener la intervencion;

Aprueban disposiciones complementarias al Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA
RESOLUCION CONASEV Nº 078-99-EF/94.10 MORDAZA, 25 de agosto de 1999 VISTO: El Informe Conjunto Nº 004-99-EF/94.20/94.45/94.60 de fecha 19 de agosto del ano en curso, presentado por la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Operaciones y la Gerencia de Investigacion y Desarrollo, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 021-99-EF/94.10 se aprobo el Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima;

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