Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (16/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 181460 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de diciembre de 1999 Que, dentro de este contexto el Banco de la Nación ha venido efectuando inversiones en deuda pública externa por un monto de US$ 403 335 000,00 (CUATROCIENTOS TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTICINCO MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) de principal; Que, es conveniente para el país continuar con la ejecución de la política de reducción mediante una opera- ción de canje de deuda pública externa por Bonos del Tesoro Público a ser emitidos internamente; Que, para tal fin y de manera extraordinaria por ser de interés nacional, es necesario autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas a emitir bonos del Tesoro Público hasta por el monto de US$ 269 000 000,00 (DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) a ser entregados al Banco de la Nación como contraprestación por la cancelación de sus inversio- nes en deuda pública externa por un monto ascendente a US$ 403 335 000,00 (CUATROCIENTOS TRES MILLO- NES TRESCIENTOS TREINTICINCO MIL Y 00/100 DO- LARES AMERICANOS) de principal y los intereses corri- dos que correspondan a la citada deuda pública externa; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a emitir bonos del Tesoro Público hasta por US$ 269 000 000,00 (DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) a ser entregados al Banco de la Nación para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente norma. Los Bonos del Tesoro Público tendrán las siguientes características: Vencimiento: 10 años Período de Gracia: 18 meses Amortización: 17 cuotas semestrales Tasa de Interés: Libor a seis meses + 3%, pagadera semestralmente durante el perío- do de amortización y mensualmen- te durante el período de gracia Moneda: Dólares Americanos Negociabilidad: Libremente negociables, con op- ción de redención anticipada por el emisor. Registro: Mediante anotaciones en cuenta Valor Nominal: US$ 10 000,00 cada bono Fecha de emisión: 18 de noviembre de 1999 Artículo 2º.- La Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas atenderá el servi- cio de la deuda de los Bonos del Tesoro Público cuya emisión autoriza el presente dispositivo, con cargo a las previsiones presupuestales correspondientes. Artículo 3º.- El Banco de la Nación se encargará de la administración de los bonos del Tesoro Público cuya emisión autoriza el presente dispositivo, sin costo alguno para el Ministerio de Economía y Finanzas, para lo cual deberá celebrar con este Ministerio, representado por la Dirección General de Crédito Público y con la participa- ción de la Dirección General de Tesoro Público, el respec- tivo contrato. Artículo 4º.- Mediante Resolución Ministerial, el Mi- nistro de Economía y Finanzas aprobará las normas complementarias que fueran necesarias para la mejor aplicación del presente Decreto de Urgencia. Artículo 5º.- El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 15674P C M Ratifican Acuerdo que autorizó viaje de representante del Presidente de la República ante el Comité Especial Pro- yecto Camisea a Canadá y los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 680-99-PCM Lima, 15 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, entre los días 29 de noviembre y 2 de diciembre de 1999 se realizará un viaje a las ciudades de Vancouver, Canadá y Houston, Estados Unidos de Norteamérica, a efectos de realizar actividades de promoción con empre- sas petroleras interesadas en el proceso del Proyecto Camisea; Que, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de fecha 23 de noviembre de 1999, la Comisión de Promo- ción de la Inversión Privada - COPRI, ha autorizado el viaje del señor Gustavo Caillaux Zazzali, Represen- tante del Presidente de la República ante el Comité Especial Proyecto Camisea, a realizarse entre los días 29 de noviembre al 2 de diciembre de 1999 a las ciudades de Vancouver, Canadá y Houston, Estados Unidos de Norteamérica, para que asista a las reunio- nes referidas en el considerando anterior, exceptuán- dolo de lo dispuesto en el numeral 4.1 de la Directiva Nº 01-98-DE/COPRI aprobada por Acuerdo COPRI de fecha 20 de enero de 1998; Que, mediante la Directiva Nº 01-98-DE-COPRI aprobada por Acuerdo COPRI de fecha 20 de enero de 1998, se han aprobado las disposiciones sobre viajes y viáticos de los miembros de los Comités Especiales, Juntas Liquidadoras y Dirección Ejecu- tiva - COPRI; De conformidad con lo dispuesto en el literal b.1) del numeral 2.2 de la Directiva Nº 01-98-DE-COPRI referida en el considerando anterior, modificada por los Acuerdos COPRI de fecha 26 de enero de 1998 y de fecha 13 de abril de 1999, la Ley Nº 27111 y la Resolución Suprema Nº 560- 99-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, conforme el cual se autoriza, el viaje del señor Gustavo Caillaux Zazzali, Representante del Presidente de la República ante el Comité Especial Proyecto Camisea, a realizarse entre los días 29 de noviembre al 2 de diciembre de 1999 a las ciudades de Vancouver, Canadá y Houston, Estados Unidos de Norteamérica, para que asista a las reuniones a que se refiere el primer considerando de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje de la persona antes mencionada, se efectuarán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002, Dirección Ejecutiva FOPRI-COPRI, del pliego 018 del Ministerio de Pesquería, de acuerdo con el si- guiente detalle: - Pasaje :US$ 3,138.97 - Viáticos :US$ 1,320.00 - Impuesto Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuere su denominación o cla- se. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Energía y Minas y Ministro de Pes- quería.