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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (29/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

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Pág. 182064 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de diciembre de 1999 Que, el Artículo 114º, incisos 1) y 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que, las Fuerzas Policiales están obligadas a prestar el apoyo que requieran los Muni- cipios para el fiel cumplimiento de las Resoluciones de su competencia, así como reconocer y respetar la preemencia de la Autoridad Municipal en asuntos de su competencia; Que, habiéndose comprobado la ocupación indebida en la avenida 15 de Julio y José Carlos Mariátegui (Ovalo 15 de Julio) entrada de Huaycán y el Ovalo Santa Rosa por ser utilizados como paraderos de mototaxis, carretas que ven- den golosinas, comidas, etc., y que obstaculizan el tránsito vehicular en forma general; es necesario declarar a dichas vías como Zona Rígida de tal manera que se cumpla con lo dispuesto por Decreto Legislativo Nº 420 que aprueba el Código de Tránsito y de Seguridad Vial, Ley de Simplifica- ción Administrativa Nº 25035 y el Artículo 31º de su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 0070-89-PCM y la Ordenanza Municipal Nº 059-MLM que terminantemente prohíbe impedir el libre tránsito vehicular y peatonal; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; contando con el voto por unanimidad de los Sres. Regidores y con la dispen- sa de la lectura y aprobación de Actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA PARA DECLARAR ZONA RIGIDA LA ENTRADA DE HUAYCAN, AVENIDA 15 DE JULIO Y JOSE CARLOS MARIATEGUI Y EL OVALO DE SANTA ROSA DE LA COMUNIDAD DE HUAYCAN Artículo 1º.- DECLARAR ZONA RIGIDA LAS SI- GUIENTES ARTERIAS: - ENTRADA DE HUAYCAN - AVENIDA 15 DE JULIO Y JOSE CARLOS MARIA- TEGUI - OVALO DE SANTA ROSA Artículo 2º.- OTORGAR un plazo de 15 días calendario a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano a fin de que los propietarios de productos, bienes, mercadería, vehículos, talleres en vía, avisos, pane- les y similares que se encuentran en estas vías procedan a retirarlos en coordinación con la Policía Nacional dispo- niendo su internamiento en el Depósito Municipal, por cuenta y costo de los propietarios de acuerdo al Cuadro Unico de Infracciones, vigente. Artículo 3º.- LOS INGRESOS, que genere la presente Ordenanza, por concepto de Multas, serán administrados por la Municipalidad. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Dirección Municipal, la difusión masiva en todo el distrito de Ate y de los plazos que brinde la presente Ordenanza. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Dirección de Servicios Municipales, Dirección de Seguridad Ciudadana para que en coordinación con la Policía Nacional se dé cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 16165 Aprueban Reglamento para Tramita- ción de Expedientes por Canje de Deudas Tributarias por Bienes y/o Servicios DECRETO DE ALCALDIA Nº 018 Ate, 30 de setiembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Reglamento para Tramitación de Expedien- tes para Canje de Deudas Tributarias por Bienes y/o Servi- cios; así como la Ordenanza Municipal Nº 033-99-MDA defecha 4-6-99, el Informe Nº 117-99 del Asesor Tributario y el Proveído Nº 350-99-AA/MDA; y, CONSIDERANDO: Que, es política de la presente Administración Edil el otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes del distrito para que puedan cumplir con regularizar sus obli- gaciones tributarias municipales; Que, el último párrafo del Artículo 32º del Código Tribu- tario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 y modifica- torias, establece que "mediante Decreto Supremo refrenda- do por el Ministerio de Economía y Finanzas se podrá disponer el pago de tributos en especie; los mismos que serán valuados, según el valor de mercado en la fecha que se efectúen"; Que, por lo argumentado en el artículo precedente, se puede aplicar por analogía el Artículo 32º del Código acota- do a los tributos que administra la Municipalidad, siempre que ello no implique infringir las disposiciones establecidas en la Norma IV del Título Preliminar del Código señalado; Que, esta Municipalidad, emitió la Ordenanza Nº 033- 99-MDA, de fecha 4-6-99, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9.7.99, que faculta al Alcalde, mediante Resolu- ciones de Alcaldía, aceptar el canje de la deuda tributaria por bienes y/o servicios de aquellos, cuyas deudas tributa- rias municipales acumuladas hasta el 31-12-98, sean supe- riores a cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes al mes de enero de 1999; asimismo, autoriza al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía,a pruebe el Reglamento que normará los Procedimientos Administrati- vos necesarios para el cumplimiento de la Ordenanza refe- rida; Que, en mérito a los considerandos referidos, el Asesor Tributario de Alcaldía, mediante Informe Nº 117-99, propo- ne la normatividad de un Reglamento para la tramitación de expedientes para canje de deuda tributaria por bienes y/ o servicios; el mismo que debe ser aprobado con la emisión de la norma municipal pertinente; Consecuentemente, estando a las consideraciones ex- puestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades; se, DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR, el REGLAMENTO PARA TRAMITACION DE EXPEDIENTES POR CANJE DE DEUDAS TRIBUTARIAS POR BIENES Y/O SERVICIOS de la Municipalidad Distrital de Ate, el mismo que consta de Seis Capítulos, Doce Artículos, Dos Disposiciones Transito- rias y Cinco Anexos; que forma parte integrante del presen- te Decreto de Alcaldía. Artículo 2º.- Dejar sin efecto, todas las normas y disposiciones que contravengan a lo establecido en el pre- sente Reglamento. Artículo 3º.- El presente, Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 16166 MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban subdivisión sin cambio de uso de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1093-99-A/MC Comas, 17 de diciembre de 1999 VISTO: Los Expedientes Nº 6053-99 y Nº 20215-99; seguidos por la URBANIZADORA DE SERVICIOS CARABAYLLO S.A., por el que solicitan la Recepción de Obras de la Subdivisión sin Cambio de Uso y con Obras Complementarias de Habi-