Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 1999 (29/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 29 de diciembre de 1999

Que, el Articulo 114º, incisos 1) y 3) de la Ley Organica de Municipalidades prescribe que, las Fuerzas Policiales estan obligadas a prestar el apoyo que requieran los Municipios para el fiel cumplimiento de las Resoluciones de su competencia, asi como reconocer y respetar la preemencia de la Autoridad Municipal en asuntos de su competencia; Que, habiendose comprobado la ocupacion indebida en la avenida 15 de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mariategui (Ovalo 15 de Julio) entrada de Huaycan y el Ovalo MORDAZA MORDAZA por ser utilizados como paraderos de mototaxis, carretas que venden golosinas, comidas, etc., y que obstaculizan el MORDAZA vehicular en forma general; es necesario declarar a dichas vias como MORDAZA Rigida de tal manera que se cumpla con lo dispuesto por Decreto Legislativo Nº 420 que aprueba el Codigo de MORDAZA y de Seguridad Vial, Ley de Simplificacion Administrativa Nº 25035 y el Articulo 31º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0070-89-PCM y la Ordenanza Municipal Nº 059-MLM que terminantemente prohibe impedir el libre MORDAZA vehicular y peatonal; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; contando con el MORDAZA por unanimidad de los Sres. Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion de Actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA PARA DECLARAR MORDAZA RIGIDA LA ENTRADA DE HUAYCAN, AVENIDA 15 DE MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MARIATEGUI Y EL OVALO DE MORDAZA MORDAZA DE LA COMUNIDAD DE HUAYCAN Articulo 1º.- DECLARAR MORDAZA RIGIDA LAS SIGUIENTES ARTERIAS: - ENTRADA DE HUAYCAN - AVENIDA 15 DE MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MARIATEGUI - OVALO DE MORDAZA MORDAZA Articulo 2º.- OTORGAR un plazo de 15 dias calendario a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano a fin de que los propietarios de productos, bienes, mercaderia, vehiculos, talleres en via, avisos, paneles y similares que se encuentran en estas vias procedan a retirarlos en coordinacion con la Policia Nacional disponiendo su internamiento en el Deposito Municipal, por cuenta y costo de los propietarios de acuerdo al Cuadro Unico de Infracciones, vigente. Articulo 3º.- LOS INGRESOS, que genere la presente Ordenanza, por concepto de Multas, seran administrados por la Municipalidad. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Direccion Municipal, la difusion masiva en todo el distrito de Ate y de los plazos que brinde la presente Ordenanza. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Direccion de Servicios Municipales, Direccion de Seguridad Ciudadana para que en coordinacion con la Policia Nacional se de cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 16165

fecha 4-6-99, el Informe Nº 117-99 del Asesor Tributario y el Proveido Nº 350-99-AA/MDA; y, CONSIDERANDO: Que, es politica de la presente Administracion MORDAZA el otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes del distrito para que puedan cumplir con regularizar sus obligaciones tributarias municipales; Que, el ultimo parrafo del Articulo 32º del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 y modificatorias, establece que "mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economia y Finanzas se podra disponer el pago de tributos en especie; los mismos que seran valuados, segun el valor de MORDAZA en la fecha que se efectuen"; Que, por lo argumentado en el articulo precedente, se puede aplicar por analogia el Articulo 32º del Codigo acotado a los tributos que administra la Municipalidad, siempre que ello no implique infringir las disposiciones establecidas en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo senalado; Que, esta Municipalidad, emitio la Ordenanza Nº 03399-MDA, de fecha 4-6-99, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9.7.99, que faculta al MORDAZA, mediante Resoluciones de Alcaldia, aceptar el canje de la deuda tributaria por bienes y/o servicios de aquellos, cuyas deudas tributarias municipales acumuladas hasta el 31-12-98, MORDAZA superiores a cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes al mes de enero de 1999; asimismo, autoriza al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia,a pruebe el Reglamento que normara los Procedimientos Administrativos necesarios para el cumplimiento de la Ordenanza referida; Que, en merito a los considerandos referidos, el Asesor Tributario de Alcaldia, mediante Informe Nº 117-99, propone la normatividad de un Reglamento para la tramitacion de expedientes para canje de deuda tributaria por bienes y/ o servicios; el mismo que debe ser aprobado con la emision de la MORDAZA municipal pertinente; Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades; se, DECRETA: Articulo 1º.- APROBAR, el REGLAMENTO PARA TRAMITACION DE EXPEDIENTES POR CANJE DE DEUDAS TRIBUTARIAS POR BIENES Y/O SERVICIOS de la Municipalidad Distrital de Ate, el mismo que consta de Seis Capitulos, Doce Articulos, Dos Disposiciones Transitorias y Cinco Anexos; que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo 2º.- Dejar sin efecto, todas las normas y disposiciones que contravengan a lo establecido en el presente Reglamento. Articulo 3º.- El presente, Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 16166

Aprueban Reglamento para Tramitacion de Expedientes por Canje de Deudas Tributarias por Bienes y/o Aprueban subdivision sin cambio de uso de terreno ubicado en el distrito Servicios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 018 Ate, 30 de setiembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Reglamento para Tramitacion de Expedientes para Canje de Deudas Tributarias por Bienes y/o Servicios; asi como la Ordenanza Municipal Nº 033-99-MDA de RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1093-99-A/MC Comas, 17 de diciembre de 1999 VISTO: Los Expedientes Nº 6053-99 y Nº 20215-99; seguidos por la URBANIZADORA DE SERVICIOS CARABAYLLO S.A., por el que solicitan la Recepcion de Obras de la Subdivision sin Cambio de Uso y con Obras Complementarias de Habi-

MUNICIPALIDAD DE COMAS

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