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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (29/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 41

Pág. 182055 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de diciembre de 1999 Aprueban Formatos que deben pre- sentar Municipalidades y Empresas Municipales para acogerse a régi- men especial de fraccionamiento de deudas RESOLUCION JEFATURAL Nº 124-99-JEFATURA/ONP Lima, 9 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27100 se aprobó un Régimen Especial de Fraccionamiento de las Deudas de Municipali- dades y Empresas Municipales con ESSALUD y la Oficina de Normalización Previsional - ONP; Que, el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 169-99-EF, Reglamento de la Ley Nº 27100, establece que cada enti- dad acreedora deberá aprobar los Formatos correspon- diente dentro de los veinte (20) días posteriores a la publicación del Reglamento; Estando a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25967 modificado por la Ley Nº 26323, la Ley Nº 26504, el Artículo 7º del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF, y de conformidad con la Resolución Suprema Nº 075-97-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Formatos que deberán pre- sentar las Municipalidades y Empresas Municipales,para acogerse al Régimen Especial de Fraccionamiento de Deudas, dispuesto por la Ley Nº 27100; los mismos que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución : • Formato Nº 3010: “Solicitud de Acogimiento al Régimen Especial de Frac- cionamiento de Deudas de Municipalidades y Empresas Municipales con ONP – Ley Nº 27100 ”. • Formato Nº 3011: “Anexo I - Deudas por Aportaciones al Régimen de Pensiones - D.L. Nº 19990”. • Formato Nº 3012: “Anexo II - Pagos Parciales de Deudas por Aportaciones al Régimen de Pensiones - D.L. Nº 19990”. Artículo 2º.- Los formatos aprobados por la presen- te Resolución deberán ser presentados por las Munici- palidades y Empresas Municipales hasta el 10 de enero del año 2000, en los lugares que se señalan a continua- ción: a) En Lima: Sede Central de la ONP (Centro Cívico de Lima). b) En Provincias: Oficinas Departamentales de la ONP. Regístrese y comuníquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Oficina de Normalización Previsional JefeCaracterísticas : a.Debe ser nominativo. b.Debe de expresarse en moneda nacional y mantener su valor constante en función del Indice de Precios al Consumidor (IPC) para Lima Metropolitana que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, o el indicador que lo sustituya, tomándose como base el índice del mes de enero de 1997. c.Está garantizado por el Estado. d.Es redimible a la fecha en que el titular original cumpla la edad de jubilación. Siempre que no haya sido transferido, el Bono podrá ser redimido al producirse el fallecimiento, la jubilación anticipada o la declaración de invalidez total permanente del titular original. Transferencias Nº A FAVOR DE FECHA FIRMA AUTORIZADA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 16083