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Pág. 182104 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de diciembre de 1999 Dejan sin efecto resolución por la que se declaró en situación de urgencia construcción de comedor RESOLUCION Nº 082-99-P/CR Lima, 29 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 057-99-2000/MESA-CR del 25 de octubre de 1999 se declaró urgente la construc- ción de un comedor para Congresistas, asesores, funcio- narios, empleados, periodistas y visitantes, sobre la base de la memoria descriptiva del expediente técnico que establece que en su edificación se utilice una estructura espacial compuesta que no admite sustitutos por tratarse de estructuras patentadas; Que la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías de Indecopi, con Carta Nº 0002-1999/OIN-INDECOPI del 15 de noviembre de 1999 manifiesta que el título que concedió la patente de invención denominada "losa reticu- lar mixta prefabricada industrialmente" ha sido declara- do caduco; Que la declaración de urgencia ha perdido eficacia por no existir derecho de exclusividad sobre patentes de dominio público, por lo que es necesario dejar sin efecto la Resolución Nº 057-99-P/CR del 29 de octubre de 1999; Que la Mesa Directiva, mediante el Acuerdo Nº 271- 99-2000/MESA-CR del 28 de diciembre de 1999, dispuso dejar sin efecto el Acuerdo Nº 165-99-2000/MESA-CR del 25 de octubre de 1999, en el que se declara urgente la construcción del comedor mencionado anteriormente y se dispuso la formulación de la Resolución Nº 057-99-2000/ MESA-CR del 29 de octubre de 1999; De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 32º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Congreso de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 057-99-P/CR por las razones expuestas en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Gerente Gene- ral envíe la presente Resolución a la Comisión de Presu- puesto y Cuenta General del Congreso de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República 16239 Exoneran de licitación pública contra- tación de entidad para ejecución de obra "Comedor del Congreso de la República" RESOLUCIÓN Nº 083-99-P/CR Lima, 29 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que la Mesa Directiva, por Acuerdo Nº 272-99-2000/ MESA-CR del 28 de diciembre de 1999, ha dispuesto la contratación con la Universidad Nacional de Ingeniería para la ejecución de la obra de un comedor para Congre- sistas, asesores, funcionarios, empleados, visitantes y periodistas, en el sistema de suma alzada; Que las contrataciones entre entidades del sector público para la ejecución de obras están exoneradas de licitación pública; Que toda exoneración de licitación pública se aprueba mediante Resolución de la máxima autoridad de la Enti- dad;Que en el caso del Congreso de la República la máxima autoridad es su Presidente, de conformidad con lo dis- puesto en el Artículo 32º del Texto Único Ordenado del Reglamento del Congreso de la República; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 32º del Texto Único Ordenado del Reglamento del Congreso de la República, en los Artículos 19º y 20º de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y en el Artículo 28º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar de licitación públi- ca la contratación con la Universidad Nacional de Ingeniería para la ejecución de la obra "Comedor del Congreso de la República", en el sistema de suma alzada. Artículo Segundo.- Disponer que el Gerente Gene- ral envíe la presente Resolución a la Comisión de Presu- puesto y Cuenta General del Congreso de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República 16240 DECRETOS DE URGENCIA Modifican el D.U. Nº 058-99, mediante el cual se autorizó al MEF asumir deu- das de ELECTROPERU S.A. DECRETO DE URGENCIA Nº 072-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 058-99 del 28 de setiembre de 1999, se dictaron medidas para evitar comprometer la capacidad operativa y financie- ra de ELECTROPERU S.A., como consecuencia de la transferencia de sus activos para la constitución de nuevas empresas eléctricas en el marco del Proceso de Promoción de la Inversión Privada de las Empresas del Estado; Que, para tal fin, es necesario dictar medidas con carácter de urgencia, disponiendo la modificación del tercer párrafo del Artículo 3º del indicado Decreto de Urgencia, a efectos de establecer un mecanismo que permita el ajuste de las condiciones financieras fijadas en el mismo, de acuerdo con el efectivo desarrollo de la evolución económica y financiera de ELECTROPERU S.A.; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Sustitúyase el texto del tercer párrafo del Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 058-99, por el siguiente: "Mediante Resolución Ministerial de Economía y Fi- nanzas, en base a información proporcionada por ELEC- TROPERU S.A., se podrán modificar las condiciones financieras establecidas en el primer y segundo párrafo del presente artículo, manteniendo como mínimas las condiciones referidas a la tasa de interés."