Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1999 (30/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 1999

Designan funcionarios de la Direccion Regional Agraria MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 144-99-AG MORDAZA, 29 de diciembre de 1999 VISTA: La propuesta formulada por el Director Regional de Agricultura MORDAZA, mediante los Oficios Nºs. 1972, 1973 y 2061-99-DRA-CTAR/C. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 104-94-AG, del 6 de octubre de 1994 se designo entre otros, a la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la Plaza de Director Sistema Administrativo II - Oficina de Informacion Agraria y a la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la Plaza de Director Programa Sectorial II - Agencia Agraria Calca - ex Direccion Regional Agraria Inka; Que, por necesidad del servicio es conveniente dar por concluida la designacion de las mencionadas funcionarias y designar a sus reemplazantes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 y Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion de la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la plaza de Director Sistema Administrativo II Oficina de Informacion Agraria, y de la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la Plaza de Director Programa Sectorial II - Agencia Agraria Calca, ex Direccion Regional Agraria Inka, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la Plaza de Director Sistema Administrativo II - Oficina de Informacion Agraria y al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la Plaza de Director Programa Sectorial II - Agencia Agraria Calca de la Direccion Regional Agraria Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 16267

y, en atencion a los pedidos recibidos de los pequenos extractores forestales para que se les permita movilizar dicha MORDAZA aserrada, es conveniente otorgar un periodo adicional para su movilizacion; Que, es necesario precisar los alcances del Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 039-99-AG, referido al uso de la motosierra; De conformidad con el Decreto Ley Nº 21147 - Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura y Decretos Supremos Nºs. 039-99-AG y 047-99-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar en forma excepcional a nivel nacional y hasta el 31 de MORDAZA del ano 2000, la movilizacion de MORDAZA aserrada longitudinalmente, con el uso de equipos accesorios a la motosierra, denominados "castillo" o "chullachaqui", con excepcion de las especies de caoba (Swietenia macrophylla), cedro (Cedrela odorata), ishpingo (Amburana cearensis) y nogal negro (Juglans neotropica). Articulo 2º.- Encargar al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, supervisar el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 16213

ECONOMIA Y FINANZAS
Amplian plazo para realizar pago fraccionado de derechos arancelarios que gravan importacion de equipos y maquinarias nuevos de utilizacion directa en MORDAZA productivo
DECRETO SUPREMO Nº 189-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 037-96-EF se autorizo hasta el 31 de diciembre de 1998 el pago fraccionado de los derechos arancelarios que graven la importacion de equipos y maquinarias nuevos de utilizacion directa en el MORDAZA productivo, excepto vehiculos destinados al transporte de carga y pasajeros; Que, con la finalidad de dar un trato equitativo al sector industrial, mediante Ley Nº 26782 se otorgo a las empresas productoras de maquinarias y equipos nuevos de utilizacion directa en el MORDAZA productivo un credito tributario equivalente al 3% del valor venta de dichos bienes en el MORDAZA interno, aplicable hasta el termino de la vigencia del Decreto Supremo Nº 037-96-EF; Que, por Decreto Supremo Nº 128-98-EF se amplio hasta el 31 de diciembre de 1999 el plazo dispuesto por el Decreto Supremo MORDAZA mencionado; Que, con el objeto de seguir apoyando al sector productivo nacional y mejorar su competitividad, se ha considerado conveniente ampliar el plazo del beneficio en mencion; En uso de las facultades otorgadas en el numeral 8. del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo establecido en el Articulo 36º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, asi como en el Articulo 17º de la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 809;

Autorizan movilizacion a nivel nacional de MORDAZA aserrada longitudinalmente con equipos accesorios a la motosierra
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1025-99-AG MORDAZA, 29 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 12º del Decreto Supremo Nº 039-99AG y el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-99-AG, establecen que el Ministerio de Agricultura, mediante Resolucion Ministerial, dictara las normas complementarias para la correcta aplicacion de los referidos Decretos Supremos; Que, a la fecha de dacion del Decreto Supremo Nº 03999-AG, se ha verificado la existencia de maderas de especies de mediano a bajo valor comercial, aserrada longitudinalmente con equipos accesorios a la motosierra

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