Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 1999 (08/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, viernes 8 de enero de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

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ANO XVII - Nº 6772

Pag. 168443

PCM

AGRICULTURA

Establecen asignacion de recursos a Disponen levantar reserva de propieProyectos de Sectores dad otorgada para ejecucion del Proyecto Especial de Propositos Multiples RESOLUCION MINISTERIAL Nº 162-98-PCM "Sur Medio"
MORDAZA, 31 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 003-98-PCM, de fecha 9 de enero de 1998 se acepto la donacion del gobierno del Japon al gobierno de la Republica del Peru V NON PROJECT, consistente en la suma de Dos Mil Millones de Yenes Japoneses (YPJ 2,000.000.000), para ser utilizados en la adquisicion de bienes conforme a la lista elaborada de comun acuerdo entre ambos gobiernos y los servicios incidentales a estos productos; Que, el Articulo 3º de la citada Resolucion Ministerial, establece que los recursos provenientes de la mencionada donacion seran materia de asignacion a los correspondientes proyectos, mediante Resolucion Ministerial expedida por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, habiendose efectuado las coordinaciones pertinentes, resulta necesario expedir el dispositivo de asignacion correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, y la Resolucion Ministerial Nº 003-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer la asignacion de recursos a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 003-98-PCM, a los proyectos de los sectores que a continuacion se indican: SECTOR TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion: OCHOCIENTOS SETENTICINCO MIL MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES (JPY 875.000.000). SECTOR AGRICULTURA Ministerio de Agricultura: QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES (JPY 500.000.000) SECTOR JUSTICIA Ministerio de Justicia Instituto Nacional Penitenciario - INPE: QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES (JPY 500,000.000). SECTOR PRESIDENCIA Ministerio de la Presidencia Instituto Nacional de Desarrollo - INADE: CIENTO VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES (JPY 125,000.000). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 0200 DECRETO SUPREMO Nº 002-99-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que es politica de Gobierno el incremento de la produccion y productividad agraria, entre otras, por medio del incentivo y promocion de las inversiones del Sector Privado en la ampliacion de la frontera MORDAZA mediante la incorporacion de terrenos eriazos de dominio publico a la actividad productiva; Que la Comision de Saneamiento de Terrenos Eriazos del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, conformada por Resolucion Ministerial Nº 521-98AG, ha elaborado el catastro de terrenos eriazos en San MORDAZA de Canete, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, donde segun Informes Tecnico Nº 255-98-AG-PETT y Legal Nº 445-98-AG-PETT-CAH ha realizado, entre otros, el levantamiento registral, encontrandose la reserva de propiedad a favor del Proyecto Especial de Propositos Multiples "Sur Medio", creado por Decreto Supremo Nº 019-88-MIPRE, como organo desconcentrado del Instituto Nacional de Desarrollo (INADE), encargado de la ejecucion de los estudios y obras que permitan el desarrollo integral de los Proyectos: "Concon - Topara" y "Pisco Villacuri", que comprende una extension superficial de 25,554.00 hectareas en la provincia de Canete, departamento de MORDAZA, inscrito en el asiento 1 de fojas 177 del Tomo 102 del Registro de Propiedad Inmueble de Canete, cuya area real, luego de la digitalizacion del plano encontrado en el titulo archivado, es de 24,534.14 hectareas; Que por resultar conveniente que el Sector Privado realice la habilitacion e incorporacion de terrenos eriazos de dominio publico a la actividad productiva, es necesario dejar sin efecto la reserva otorgada a favor del Proyecto Especial de Propositos Multiples "Sur Medio", conforme lo establece la Primera Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 26505 aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG; Que en tal sentido es necesario dejar sin efecto la mencionada reserva, para que luego del saneamiento fisico y legal, el Ministerio de Agricultura determine y declare las tierras eriazas de libre disponibilidad, para su posterior inclusion en el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada a cargo de la COPRI para su transferencia al sector privado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Levantar la reserva de propiedad otorgada para la ejecucion del Proyecto Especial de Propositos Multiples "Sur Medio", inscrita en el asiento 1 de fojas 177 del Tomo 102 del Registro de Propiedad Inmueble de Canete, con 25,554.00 hectareas, cuya area real, luego de la digitalizacion del plano encontrado en el titulo archivado, es de 24,534.14 hectareas. Articulo 2º.- La Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, y en particular, la Oficina Registral de Canete, procedera a inscribir, en el respectivo registro de propiedad inmueble, el acto juridico derivado del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de la Presidencia, Agricultura y Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica

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