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Pág. 168447 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de enero de 1999 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA COMUNICADO OFICIAL Nº 001-99-CG Al iniciarse el período edilicio 1999-2002, la Contraloría General de la República desea dirigirse a los señores Alcaldes y Regidores de la República, con la finalidad de expresarles lo siguiente: 1.La Contraloría General de la República, dentro del marco de su permanente interés en fortalecer a las entidades públicas, y teniendo como propósito contribuir a la eficiencia de la gestión y a la probidad de sus autoridades, desea compartir su compromiso de velar por un accionar transparente y consciente del deber de rendir cuenta por los bienes y recursos que nos son confiados, así como por el cumplimiento de las metas a las que nos comprometemos y a los resultados obtenidos. 2.En tal sentido, la Contraloría General de la República cree oportuno enfatizar algunos aspectos de gestión cuyo cumplimiento permitirá el mantenimiento de una gestión municipal adecuada dentro de un ambiente saludable, que propicie mejoras y evite brotes de conductas indebidas en sus institucio- nes. Estos principales aspectos son: 2.1 Brindar de manera oportuna información financiera y presupuestaria -que la normatividad indique- a los organismos rectores de la Administración Financiera (Tesorería, Presupuesto y Contaduría) y a la Contraloría General de la República de manera sintetizada. 2.2 Presentar al pleno de sus respectivos Concejos la información sobre el proceso de transferencia municipal en su institución, incluyendo el de las empresas municipales, según lo dispuesto en la Ley Nº 26997 y Resolución de Contaduría Nº 075-98-EF/93.01. 2.3 Presentar la correspondiente declaración jurada de bienes y rentas, y cautelar que lo propio hagan los funcionarios y quienes asuman el manejo de recursos municipales, conteniendo la información patrimonial completa de los obligados. 2.4 Someter la gestión municipal y la de sus empresas a una auditoría anual, preferentemente externa, sobre sus operaciones y actividades. Para dicho efecto se les recuerda que se encuentra vigente el Artículo 18º del Reglamento de Designaciones de Sociedades de Auditoría, por el que las entidades municipales ubicadas fuera del departamento de Lima pueden solicitar a la Contraloría General de la República autorización específica para realizar un concurso público en su zona, según los lineamientos que se les proporcione, entre las sociedades de auditorías inscritas en el Registro Unico de Sociedades de Auditoría. 2.5 Promover y dar ejemplo de comportamientos éticos que se reflejen en evitar conflictos de interés, adoptar decisiones ajustadas al mérito comprobado y sancionar todo acto ilegal, entre otros. 2.6 Someter el proyecto de presupuesto, memoria de gestión y balance general al conocimiento y debate del Concejo Municipal; informar a los vecinos cada noventa días sobre los asuntos comunales y del estado de la economía municipal, así como dedicar sesiones públicas del Concejo a los asuntos que sean solicitados por los vecinos. 3.Para complementar esta información es necesario el estudio, cumplimiento y difusión entre sus funcionarios de las Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público, aprobadas por Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG de 26.JUN.98 publicada en el Diario Oficial El Peruano en su edición del 2.JUL.98. En tal norma se podrá encontrar pautas derivadas de la experiencia acumulada en las auditorías, apropiadas para organizar un ambiente sano de control interno de sus entidades, en materias de presupuesto, tesorería, endeudamiento público, contabilidad, abasteci- miento, activos fijos, administración de personal, obras públicas, entre otras. 4.Finalmente, la Contraloría General de la República reitera su voluntad para mantener una coordina- ción permanente en los aspectos de control gubernamental y capacitación para contribuir a una mejor gestión edilicia, en concordancia con nuestra misión de “SER GARANTIA PARA UNA GESTION PUBLICA TRANSPARENTE”. Lima, 4 de enero de 1999 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Reg. 0039