Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 1999 (08/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 8 de enero de 1999

de Informatica, por lo que resulta viable expedir el acto administrativo por el cual se autorice al Procurador Publico de este Ministerio, a efecto de que se inicie las acciones judiciales pertinentes, contra las personas que se indican y los que resulten responsables, por el supuesto delito contra la fe publica en su modalidad de falsificacion, siendo estos los siguientes: APELLIDOS Y NOMBRES 1.2.3.4.5.6.7.8.9.10.11.12.13.14.15.16.17.18.19.20.Facho MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guere MORDAZA Fredy Cerqueira MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huatuco MORDAZA MORDAZA MORDAZA Coello MORDAZA MORDAZA Cosi MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lazoriga MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sucasaire MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA L/C G-475826 G-310067 G-367822 Q-094833 Q-047917 Q-096578 G-325519 G-000437 Q-069724 G-300012 G-327417 Q-019558 G-443630 Q-120574 G-295029 G-294322 G-297642 G-476985 Q-082974 G-361968 CAT. 2-B2 2-E 2-D A-I A-II A-II 2-B1 2-D A-II 2-E 2-D A-II 2-E A-III 2-E 2-D 2-E 2-B2 A-I 2B2 INF. F-1 F-1 F-1 F-1 F-1 F-1 F-1 F-1 F-1 F-1 F-1 F-1 F-1 F-2 F-2 F-2 F-1 F-1 F-1 F-1

Articulo 1º.- Otorgar a la compania AEROLINEAS DEL MORDAZA S.A. Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial, por el plazo de cinco (5) anos, contado a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 2º.- El Permiso de Operacion otorgado precedentemente se sujetara a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Propaganda Aerea y Aerofotografia. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Aeronave MORDAZA PA-18 ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS AUTORIZADOS - Departamento de: La MORDAZA - MORDAZA, Pacasmayo - Departamentos de: MORDAZA, Amazonas y MORDAZA - Chiclayo/Cap. FAP MORDAZA MORDAZA Quinones - Departamentos de: MORDAZA y Tumbes - MORDAZA, Talara - Departamento de: MORDAZA - Chimbote, Huarmey/Culebras (Privado) - Departamento de: MORDAZA - Camana, Mollendo, Chala. - Departamentos de: Ica, MORDAZA y Huancavelica - MORDAZA, Nasca. BASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA Articulo 3º.- La aeronave autorizada a la compania AEROLINEAS DEL MORDAZA S.A., debe estar provista de su correspondiente Certificado de Matricula vigente, expedido por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de su Certificado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la Direccion General de Transporte Aereo; y de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 4º.- La compania AEROLINEAS DEL MORDAZA S.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuenten con su respectiva licencia y certificado de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 5º.- La compania AEROLINEAS DEL MORDAZA S.A., esta obligada a establecer un sistema de radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion sobre el trafico aereo que realiza su aeronave. Articulo 6º.- La compania AEROLINEAS DEL MORDAZA S.A., presentara mensualmente a la Direccion General de Transporte Aereo los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad. Articulo 7º.- Si la Administracion verificase la ocurrencia de un fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas, por el interesado la Direccion General de Transporte Aereo, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno derecho el acto o MORDAZA administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauracion del correspondiente MORDAZA penal, conforme a lo previsto en el Articulo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Articulo 8º.- La compania AEROLINEAS DEL MORDAZA S.A. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados consignados en la presente resolucion previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 9º.- La aeronave de la compania AEROLINEAS DEL MORDAZA S.A., esta autorizada para operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus Tablas de Performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 10º.- La vigencia del presente permiso de operacion queda condicionada a la obligacion de la compania AEROLINEAS DEL MORDAZA S.A., de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion del reglamento de la Ley MORDAZA citada; en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente permiso de operacion. Articulo 11º.- El presente permiso de operacion sera revocado de inmediato cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su reglamento y demas disposiciones legales vigentes.

De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar al Procurador Publico de este Ministerio, para que inicie las acciones legales contra las personas indicadas en la parte considerativa de la presente resolucion, y contra los que resulten responsables por el supuesto delito contra la fe publica en su modalidad de falsificacion; debiendo la Direccion General de Circulacion Terrestre, remitir los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 0193

Otorgan a empresa permiso de operacion de servicio aereo especial remunerado comercial
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0192-98-MTC/15.16 MORDAZA, 24 de diciembre de 1998 Visto el Expediente Nº 01220006 mediante el cual la compania AEROLINEAS DEL MORDAZA S.A., solicita Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial. CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum Nº 0831-98-MTC/ 15.16.02, Memorandum Nº 0842-98-MTC/15.16.02, Memorandum Nº 0777-98-MTC/15.16.6, Memorandum Nº 0339-98-MTC/ 15.16.5.03, Memorandum Nº 621-98-MTC/15.16.05.2, y la MORDAZA de Inscripcion Registral emitidos por la Direccion de Asesoria Legal, Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, Subdireccion de Operaciones Aereas, Subdireccion de Material Aeronautico y el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; respectivamente; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en las Leyes Nºs. 24882, 26917, el Decreto Legislativo Nº 670, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 009-96-MTC y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la administracion en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos; conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, la Autoridad Aeronautica considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizados previa autorizacion de sus respectivos propietarios; De conformidad con las Leyes Nºs. 24882, 25035, 26917, los Decretos Legislativos Nºs. 670 y 757, el Decreto Ley Nº 25862, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 009-96-MTC;

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