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Pág. 170140 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de febrero de 1999 Nota: Todos los documentos que estén en idioma extranjero deben ser traducidos al castellano, previa legalización del original por el Ministerio de Relaciones Exteriores y por el Consulado del país de origen. Artículo Tercero.- Las parejas contrayentes estarán exoneradas de los siguientes pagos y requisitos: 1.- De la publicación del edicto. 2.- Del pago correspondiente al examen médico prenup- cial. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Servicios Sociales, a la División de Registros Civiles, el cumplimiento del presente decreto. Artículo Quinto.- Autorizar el egreso de S/. 5,320.00 (Cinco Mil Trescientos Veinte y 00/100 Nuevos Soles) a fin de garantizar la realización del evento señalado, debiendo girarse el cheque correspondiente a nombre de doña JENNY L. CARDENAS CARDENAS, Jefa de la División de Registros Civiles, quien dará cuenta de los gastos ejecutados, debida- mente documentados en un plazo máximo de 72 horas de realizado el evento. Artículo Sexto.- Encargar a la Unidad de Relaciones Públicas, la publicación y difusión del presente decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 2198 MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LURIN Asignan nombre a la Biblioteca Munici- pal ACUERDO DE CONCEJO Nº 071-98/MDSPL San Pedro de Lurín, 23 de julio de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN POR CUANTO: Visto en sesión de Concejo extraordinaria celebrada el día 22 de julio de 1998, la moción de Orden del Día pre- sentada por el Regidor César Valencia Chumpitaz - Presi- dente de la Comisión de Población, Salud, Saneamiento Ambiental y Defensa Civil, mediante la cual se acuerda designar con el nombre de Gerardo Abraham Lucero Retes. Asimismo se coloque una placa en el pórtico de la Biblioteca Municipal con su nombre y una fotografía con el deseo de perennizar su memoria y el recuerdo de su pueblo que tanto quiso; Que esta moción, fue ampliamente analizada por el Concejo, y en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de aprobación del acta y contando con el voto mayoritario de los señores Regidores Carlos Avalos Elguera, Alejandrina Lla- nos P., Donato Sacramento O., Juan Rivas M., Manuel Elguera L., César Díaz H., Julio Pineda P., Vicente Chum- pitaz A., Félix Palomino G., Armando Avila G., Filomeno Reyes Q. y César Valencia Ch. se aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Desígnese con el nombre de GE- RARDO ABRAHAM LUCERO RETES, como justo reconoci- miento a su aporte a la cultura de nuestros pueblos, a la BIBLIOTECA MUNICIPAL. Artículo Segundo.- Colóquese una placa en el pórtico de la BIBLIOTECA MUNICIPAL con su nombre y una fotogra- fía de 20 x 40 cm. en su interior que será develada el 28 de julio en ceremonia especial. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 2434MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Munici- palidad ORDENANZA Nº 006-99-MDB APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA Bellavista, 31 de enero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA Visto, en sesión extraordinaria de la fecha el Proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, elevado por la Dirección Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Marco para el crecimiento de la Inversión Privada, Decreto Legislativo Nº 757 y su Reglamento apro- bado por el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM disponen la obligatoriedad de las entidades de la Administración Públi- ca, entre las que se encuentra la Municipalidad de aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, el TUPA es el instrumento de gestión que debe contener toda la información relativa a la tramitación de los procedimientos administrativos ante la corporación edil, con el objeto de unificar, reducir y simplificar los referidos procedimientos, en el marco de los principios de simplicidad, celeridad y eficacia; Que, las Municipalidades son personas jurídicas de dere- cho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia, pudiendo regular en materias de acondicionamiento territorial, vivienda, seguridad colecti- va, población, salud y saneamiento ambiental, educación, cultura, turismo, recreación, deportes, abastecimiento, co- mercialización de productos, transporte colectivo, circula- ción y tránsito; de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 2º, 65º, 66º, 67º, 68º y 69º de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades; Teniendo en consideración lo expuesto y en el ejercicio de sus atribuciones, el Concejo Municipal de Bellavista, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, por unanimidad aprobó la siguiente : ORDENANZA Nº 006-99-MDB Artículo Primero .- Aprobar el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distri- tal de Bellavista para el año 1999, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo .- Las disposiciones contenidas en el referido TUPA, serán de estricto cumplimiento por todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Bella- vista. Artículo Tercero .- Elevar a la Municipalidad Provin- cial del Callao la presente ordenanza para su ratificación. Artículo Cuarto .- La presente norma entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Por tanto, mando se registre, publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde