Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 1999 (07/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo MORDAZA, lunes 7 de junio de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

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Pag. 173987

ANO XVII - Nº 6922

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27135
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

La Municipalidad Provincial en un plazo MORDAZA de 30 (treinta) dias habiles contados desde la fecha de recepcion del expediente remitido por la Municipalidad Distrital, debera: a) Ratificar la habilitacion MORDAZA que cumpla con los planes de desarrollo urbano; o, b) Observar la habilitacion MORDAZA que no cumpla con los planes de desarrollo MORDAZA y devolver el expediente para su rectificacion. Vencido el plazo MORDAZA senalado sin que la Municipalidad Provincial se MORDAZA pronunciado en cualquiera de las dos alternativas MORDAZA descritas, se entendera que la habilitacion MORDAZA es conforme, para su inscripcion." Articulo 2º.- De los aportes reglamentarios 2.1 Los aportes reglamentarios, a que se refiere la Primera de las Disposiciones Transitorias y Complementarias de la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, deben ser puestos en conocimiento de la Superintendencia de Bienes Nacionales. 2.2 La responsabilidad por el cumplimiento de lo dispuesto en el parrafo precedente es del Director Municipal o quien haga sus veces. Articulo 3º.- De la adecuacion

LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 3º DE LA LEY Nº 26878 - LEY GENERAL DE HABILITACIONES URBANAS
Articulo 1º.- De la modificatoria del Articulo 3º de la Ley Nº 26878 Modificase el Articulo 3º de la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, con el siguiente texto: "Articulo 3º.- Corresponde a las Municipalidades Distritales en el ambito de su respectiva circunscripcion territorial, y a las Municipalidades Provinciales cuando se trate del area del Cercado, conocer y aprobar las solicitudes de habilitacion MORDAZA que a partir de la vigencia de la presente Ley, presenten las personas naturales o juridicas, las asociaciones de vivienda y pro-vivienda, y las cooperativas de vivienda o cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda, incluyendo los casos de regularizacion de habilitaciones pendientes o en tramite. La aprobacion se efectuara en el plazo MORDAZA de 60 (sesenta) dias naturales contados desde la fecha de MORDAZA de cada expediente. Para este fin las Municipalidades en forma individual o asociada conformaran una Comision Tecnica integrada por representantes de las entidades siguientes: Municipalidad Distrital; Colegio de Arquitectos del Peru; Colegio de Ingenieros del Peru; Camara Peruana de la Construccion, donde lo hubiere; y empresas o entidades prestadoras de los servicios de agua potable y alcantarillado y de distribucion de energia electrica. Cuando las entidades a que se refiere el parrafo anterior no designen representantes impidiendo la conformacion de la Comision Tecnica las Municipalidades, en forma individual o asociada, podran constituirla de la siguiente manera: 1 (un) representante de la Municipalidad, quien la preside; 1 (un) arquitecto colegiado; 1 (un) ingeniero colegiado; 1 (un) representante de la Camara Peruana de la Construccion, donde lo hubiere; 1 (un) representante de la Empresa o entidad prestadora de los servicios de agua potable y alcantarillado; y 1 (un) representante de la empresa o entidad concesionaria de distribucion de energia electrica. Las habilitaciones urbanas que aprueben las Municipalidades Distritales deberan respetar lo establecido en los planes de desarrollo MORDAZA precisados en el articulo precedente, a cuyo efecto elevaran MORDAZA de los expedientes aprobados para efectos de verificacion por parte de la Municipalidad Provincial correspondiente.

El Reglamento de la Ley Nº 26878 y las demas normas complementarias, se adecuan y subordinan a lo dispuesto en la presente Ley. Articulo 4º.- De la derogatoria Deroganse todas las disposiciones legales y administrativas que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la Republica LUZ MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Tercera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 7477

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