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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 1999 (19/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 171192 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de marzo de 1999 Lima, Expediente Nº 60-96 WAL de 10.ABR.97, actualmente ocupado indebidamente por el señor ROLANDO REATEGUI FLORES, identificado con L.E. Nº 01060059; CONSIDERANDO: Que, es indispensable garantizar y asegurar la efectividad de la medida precautelatoria de incautación, frente a la posible simulación y trabas por parte de los agentes del delito de tráfico ilícito de drogas, que no permiten la buena administración y aplicación del Art. 69º de la Ley General de Drogas, su reglamen- to y normas concordantes; Que, el caso se halla previsto en el Art. 7º del Decreto Supremo Nº 039-94-JUS, del 22.JUL.94, correspondiendo al Ministerio del Interior interponer las acciones judiciales perti- nentes en salvaguarda de los intereses del Estado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto admi- nistrativo que permita la intervención del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Estando a lo recomendado por la Oficina Ejecutiva de Con- trol de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOD); y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Cons- titución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra el señor ROLANDO REATEGUI FLORES, identificado con L.E. Nº 01060059, y toda persona que venga ocupando ilegal e indebidamente, el inmueble ubi- cado en Jr. Pedro de Ursúa Nºs. 390-394-398, del barrio Huayco en Tarapoto - San Martín, incautado por delito de tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado. Artículo 2º.- Remítase a la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior, los anteceden- tes y actuados del caso, con transcripción de la presente Resolu- ción Ministerial, para su conocimiento y fines del caso. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 3567 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0240-99-IN/1101 Lima, 15 de marzo de 1999 Visto, los antecedentes y de la documentación que obra en los archivos de la OFECOD, quien da cuenta de la situación irregular del inmueble ubicado en la calle López Albújar Nº 705 del pueblo joven "El Obrero", de la provincia de Sullana, depar- tamento de Piura, incautado por el delito de tráfico ilícito de drogas, causa ventilada en el Juzgado Especializado en lo Penal de Paita y 1er. Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, actualmente ocupado indebidamente por la señora MARGARI- TA SAAVEDRA CARHUATOCTO, identificada con L.E. Nº 03084522; CONSIDERANDO: Que, es indispensable garantizar y asegurar la efectividad de la medida precautelatoria de incautación, frente a la posible simulación y trabas por parte de los agentes del delito de tráfico ilícito de drogas, que no permiten la buena administración y aplicación del Art. 69º de la Ley General de Drogas, su reglamen- to y normas concordantes; Que, el caso se halla previsto en el Art. 7º del Decreto Supremo Nº 039-94-JUS, del 22.JUL.94, correspondiendo al Ministerio del Interior interponer las acciones judiciales perti- nentes en salvaguarda de los intereses del Estado; Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto admi- nistrativo que permita la intervención del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Estando a lo recomendado por la Oficina Ejecutiva de Con- trol de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOD); y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Cons- titución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior, para queen nombre y representación del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra la señora MARGARITA SAAVEDRA CARHUATOCTO, identificada con L.E. Nº 03084522, y toda persona que venga ocupando ilegal e indebidamente, el inmueble ubicado en la calle López Albú- jar Nº 705 del pueblo joven "El Obrero", de la provincia de Sullana, departamento de Piura, incautado por delito de tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado. Artículo 2º.- Remítase a la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior, los anteceden- tes y actuados del caso, con transcripción de la presente Resolu- ción Ministerial, para su conocimiento y fines del caso. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 3568 Aprueban transferencia de estupefa- ciente a ENACO S.A. para fines farma- cológicos RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0241-99-IN-1101 Lima, 16 de marzo de 1999 Visto, el Oficio Nº 093-98-ENACO S.A./GERENCIA GENE- RAL de fecha 26.NOV.98 de la Empresa Nacional de la Coca (ENACO S.A.), en el que solicita la TRANSFERENCIA DE QUINIENTOS (500) KILOGRAMOS DE PASTA BASICA DE COCAINA, que se encuentra bajo custodia y responsabilidad del Ministerio del Interior. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 016-78-IN del 1.AGO.78, au- toriza al Ministerio del Interior transferir a ENACO S.A. la cocaína decomisada por tráfico ilícito de drogas que se se en- cuentra bajo su custodia, de conformidad a la disponibilidad en el Depósito Oficial del Ministerio del Interior; Que, la ENACO solicita a la OFECOD le transfiera pasta básica de cocaína para ser destinada a la producción de cocaína básica, que se exportará y atenderá la demanda en el mercado internacional para uso lícito con fines farmacológicos; Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y con- trol adecuadas para garantizar la presente transferencia de la PASTA BASICA DE COCAINA, con la intervención de las autoridades competentes señaladas en la legislación pertinente para tal fin; De conformidad a lo establecido en el Artículo 79º inciso d), del Decreto Ley Nº 22095; y, Estando a lo informado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transfiérase a la Empresa Nacional de la Coca S.A. la cantidad de Quinientos (500) kilogramos de PASTA BASICA DE COCAINA, para ser destinada a la producción de cocaína básica, que se exportará y atenderá la demanda en el mercado internacional para uso lícito con fines farmacológicos. Artículo 2º.- El Director General de la Oficina Ejecuti- va de Control de Drogas - OFECOD, procederá a la entrega de la pasta básica de cocaína del stock existente en el Bunker del Depósito Oficial del Ministerio del Interior, al Gerente General de la Empresa Nacional de la Coca S.A., previo pesaje y análisis certificado por un profesional quími- co del Laboratorio Central de la Dirección Nacional de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, en presencia del representante del Ministerio Público, del Director de la Dirección Nacional Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, y de la Directora de Drogas de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud formulando el Acta de Transferencia de Drogas. Artículo 3º.- La Empresa Nacional de la Coca, comunicará a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas la utilización de la droga transferida. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 3641