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Pág. 171196 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de marzo de 1999 de Promoción de Concesiones Privadas - PROMCEPRI, en virtud del cual se establece que el Reforzamiento de los Siste- mas Eléctricos de Transmisión del Sur, será entregado en concesión al sector privado, bajo los mecanismos establecidos en el Texto Unico Ordenado antes mencionado; asimismo, se nom- bró al Comité Especial encargado del proceso de promoción para la entrega en concesión al sector privado del Reforzamiento de los Sistemas Eléctricos de Transmisión del Sur, bajo los proce- dimientos establecidos en el dispositivo legal mencionado en el considerando precedente; Que, por Decreto de Urgencia Nº 025-98 se transfirió a la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, las funciones, atribuciones y competencias otorgadas a la Comisión de Promoción de Concesiones Privadas - PROMCEPRI; Que, la Buena Pro del Concurso Público Internacional, bajo la modalidad de Proyecto Integral, convocado para la entrega en concesión al sector privado para el Reforzamiento de los Siste- mas Eléctricos de Transmisión del Sur ha sido otorgada a favor de Red Eléctrica de España S.A. la que conforme a las bases del referido concurso, ha constituido conjuntamente con la Empre- sa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN, Abengoa Perú, S.A., Cobra Perú S.A. y Banco Central Hispano Americano, S.A., la Sociedad Concesionaria denominada Red Eléctrica del Sur, S.A. - REDESUR; Que, el Artículo 4º de la Ley Nº 26885, debidamente concordado con el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, modificado por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, permite que, mediante contrato, el Estado otorgue a los titulares de concesiones de obras públicas de infraestructura y de ser- vicios públicos incluidas en los alcances del Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96- PCM, las seguridades y garantías que mediante Decreto Supremo, en cada caso, se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislación vigente; Que, de lo señalado, procede que mediante contrato, el Estado Peruano otorgue a favor de Red Eléctrica del Sur S.A. - REDESUR, las seguridades y garantías referidas en el conside- rando precedente; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º de la Ley Nº 26885, el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, modificado por el Artículo 6º de la Ley Nº 26438, el Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, su reglamen- to, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; y, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- El Estado Peruano garantizará, mediante contrato celebrado al amparo del Artículo 1357º del Código Civil, las declaraciones, seguridades, garantías y obligacio- nes a su cargo, contenidas en el Contrato para el Diseño, Suministro de Bienes y Servicios, Construcción y Explota- ción del Reforzamiento de los Sistemas Eléctricos de Trans- misión del Sur y la prestación del Servicio de Transmisión de Electricidad, que se celebre con Red Eléctrica del Sur S.A. - REDESUR, que es Sociedad Concesionaria constituida por el adjudicatario de la Buena Pro del Concurso Público Inter- nacional bajo la modalidad de Proyecto Integral, convocado para la entrega en concesión al sector privado para el Reforza- miento de los Sistemas Eléctricos de Transmisión del Sur. Artículo 2º.- Autorízase al Ministro de Energía y Minas a suscribir, en nombre y representación del Estado Peruano, el contrato de otorgamiento de garantía a que se hace referencia en el artículo precedente. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo, será refrenda- do por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Energía y Minas y por el Ministro de Pesquería. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros y de la Cartera de Economía y Finanzas DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería 3727PROMUDEH Dan por concluida la designación y nombran Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chincha RESOLUCION MINISTERIAL Nº 094-99-PROMUDEH Lima, 18 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirió al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiéndose asimismo la transferencia al referido instituto, de las Beneficen- cias Públicas del país y Juntas de Participación Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, se dispone la nueva conformación de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos repre- sentantes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desa- rrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; Que la Ley de Creación del Sistema Nacional para la Pobla- ción en Riesgo Nº 26918, establece que los Directores de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social, continúan en sus funciones, mientras no sean expresa- mente removidos de sus cargos, resultando necesario dejar sin efecto la designación del Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chincha; De conformidad con la Ley Nº 26918, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Decreto Supremo Nº 002-97- PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor MANUEL MONSERRATE DE LA CRUZ como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chincha, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 3669 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 095-99-PROMUDEH Lima, 18 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirió al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiéndose asimismo la transferencia al referido instituto, de las Beneficen- cias Públicas del país y Juntas de Participación Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, se dispone la nueva conformación de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos repre- sentantes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desa- rrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legis- lativo Nº 893 y Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al doctor CARLOS ENRIQUE MONTES JULCA como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chincha, en representación del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 3670