Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 1999 (04/11/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 1999

Vista la Carta Nº 040-PD-EP-99 de fecha 29 de octubre de 1999, de la Presidencia del Directorio de Editora Peru, solicitando autorizacion para el viaje del Editor de Economia de la Agencia Peruana de Noticias MORDAZA, a Canada; CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Toronto, Canada, del 1 al 4 de noviembre de 1999, se realizara el V Foro Empresarial de las Americas y la Reunion Ministerial del Acuerdo de Libre Comercio de las Americas - ALCA; Que, la Embajada de Canada, mediante Comunicacion PA-9647-99 de fecha 28 de octubre de 1999, dirigida a la Direccion de la Agencia Peruana de Noticias MORDAZA de EDITORA PERU, confirma la invitacion del Ministerio de Relaciones Exteriores y Comercio Internacional de Canada para que el senor MORDAZA MORDAZA Tupayachi, Editor de Economia de la Agencia Peruana de Noticias MORDAZA, lleve a cabo la cobertura periodistica de dicho evento. Los gastos de transporte aereo, hotel y la cantidad de US$ 300.96 por concepto de viaticos, seran asumidos por el Gobierno canadiense; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas y Entidades bajo el ambito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15 y, en observancia de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03499-PCM que aprueba la Directiva que establece las medidas de austeridad para el Sector Publico; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Tupayachi, Editor de Economia de la Agencia Peruana de Noticias MORDAZA a la MORDAZA de Toronto, Canada, del 30 de octubre al 6 de noviembre de 1999, para los fines mencionados en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de viaticos US$ 528.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, estaran a cargo del Presupuesto de EDITORA PERU. Articulo 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 13876

Que, la Superintendencia Nacional de Registros Publicos -SUNARP- es el ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos que tiene por objeto dictar las politicas y normas tecnico-administrativas de los mismos, siendo su finalidad mantener y preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la funcion registral en todo el MORDAZA, con excepcion del departamento de MORDAZA que tiene un regimen especial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 050-96-EF se aprobo la operacion de endeudamiento externo entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo -BID- destinada a financiar parcialmente el Proyecto de Titulacion y Registro de Tierras -PTRTencargado de realizar un conjunto de actividades relacionadas con la titulacion y registro de tierras rurales, la modernizacion y consolidacion del catastro rural y el establecimiento de un sistema unico y automatizado de registro de la propiedad a traves del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural PETT-, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos -SUNARP- y del Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA- en calidad de organismos subejecutores; Que, mediante Resoluciones del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nºs. 156-96-SUNARP, 202-96-SUNARP y 098-97-SUNARP se ha fijado en S/. 5,00 (CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES) la tasa registral que cobraran las Oficinas Registrales Regionales de todo el MORDAZA para las inscripciones de titulos de propiedad emanados del PETT, del acto con el cual se regulariza la propiedad a favor del actual titular en areas no reformadas, asi como las inscripciones de posesion; ampliandose sus respectivos plazos de vigencia hasta el 31 de diciembre del presente ano, mediante la Resolucion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 198-98-SUNARP; Que, se ha suscrito un Convenio Interinstitucional entre el PETT y la SUNARP mediante el cual se regula la transferencia de recursos financieros a esta MORDAZA, para que MORDAZA utilizados en la cancelacion de las tasas registrales correspondientes a las inscripciones del derecho de posesion o de propiedad solicitados por el PETT a favor de los agricultores ante las respectivas Oficinas Registrales Regionales, con excepcion de Lima-Callao; cuyos titulares no puedan solventar su pago y la condicion de que dichos recursos MORDAZA reintegrados por sus beneficiarios en su oportunidad; Que, es pertinente la aprobacion de un dispositivo legal para que las referidas tasas registrales MORDAZA asumidas como un gasto por el Ministerio de Agricultura y no como un prestamo para los agricultores; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase al Ministerio de Agricultura a traves del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural -PETT- a cancelar las tasas registrales a que se refieren las Resoluciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nºs. 156-96-SUNARP, 202-96-SUNARP y 098-97-SUNARP. Articulo 2º.- Los gastos que se deriven de la aplicacion del articulo precedente seran financiados con cargo al presupuesto aprobado para 1999 del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural -PETT- del Ministerio de Agricultura. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 13873

AGRICULTURA
Autorizan al Ministerio cancelar tasas registrales por inscripciones de titulos de posesion o propiedad emanados del PETT
DECRETO SUPREMO Nº 042-99-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT es el organo tecnico-normativo del Ministerio de Agricultura que tiene a su cargo, las acciones tendentes al saneamiento fisico y legal de los predios rurales que fueron afectados y expropiados con fines de reforma agraria, asi como aquellos pertenecientes a particulares hasta su inscripcion registral;

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