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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (04/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 179940 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de noviembre de 1999 Aceptan donaciones destinadas a la niñez, población de escasos recursos económicos y diversos centros educa- tivos de Lima y provincias RESOLUCION SUPREMA Nº 490-99-EF Lima, 1 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Rotary Club de Wheaton, Illinois, Estados Unidos de América ha efectuado una donación a favor del Rotary Club de Huánuco consistente en equipos, sumi- nistros médicos y otros bienes, los mismos que han sido destinados a la Campaña Benéfica "Operación Cóndor V" en coordinación con la Región de Salud de Huánuco y el Hospital Hermilio Valdizán, dirigido a la población de escasos recursos económicos del departamento de Huá- nuco; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Im- puesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entida- des y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por el Rotary Club de Wheaton, Illinois, Estados Unidos de América, a favor del Rotary Club de Huánuco, consistente en equipos, suminis- tros médicos y otros bienes conforme señala la Resolución Directoral Nº 172-99-SA/OFICE de fecha 20 de setiembre de 1999 del Ministerio de Salud, con un valor aproximado de US$ 37 023,00 (Treinta y Siete Mil Veintitrés y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de fecha 23 de agosto de 1999 y un peso aproximado de 13 036 kgs., según Conocimiento de Embar- que Nº 40C100758 de CSAV Compañía Sud Americana de Vapores S.A. Dicha donación ha sido destinada a la Campa- ña Benéfica "Operación Cóndor V" en coordinación con la Región de Salud de Huánuco y el Hospital Hermilio Valdi- zán, dirigido a la población de escasos recursos económicos del departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 13878 RESOLUCION SUPREMA Nº 491-99-EF Lima, 1 de noviembre de 1999CONSIDERANDO: Que, EDEX KOLEKTIBOA - Centro de Recursos Comu- nitarios de España, The Cavu Foundation de Estados Unidos de América y el CENTRO ANDINO vzw de Bélgica han efectuado donaciones a favor del Centro de Información y Educación para la Prevención del Abuso de Drogas - CEDRO, la Asociación para la Rehabilitación Infantil del Excepcional - ARIE - y el Centro de Investigación y Apoyo para el Desarrollo Comunitario - Haz Perú, respectivamente; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Im- puesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entida- des y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano, las donaciones efectuadas por EDEX KOLEKTI- BOA - Centro de Recursos Comunitarios de España, The Cavu Foundation de Estados Unidos de América y el CEN- TRO ANDINO vzw de Bélgica a favor del Centro de Infor- mación y Educación para la Prevención del Abuso de Drogas - CEDRO, la Asociación para la Rehabilitación Infantil del Excepcional - ARIE - y el Centro de Investigación y Apoyo para el Desarrollo Comunitario - Haz Perú, de acuerdo a las Resoluciones Directorales expedidas por el Ministerio de Salud que a continuación se detallan: - Resolución Directoral Nº 092-98-SA/OFICE Donación efectuada por EDEX KOLEKTIBOA - Centro de Recursos Comunitarios de España, a favor del Centro de Información y Educación para la Prevención del Abuso de Drogas - CEDRO, consistente en 1 caja conteniendo libros de lectura usados y 7 cajas conteniendo material didáctico, con un valor aproximado de US$ 600,00 (Seiscientos y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Cartas de Donación de fechas 16 de febrero y 9 de marzo de 1998 y un peso aproximado de 4 166 kgs., según Conocimientos de Embarque Nºs. 405396 y 62590 de Pantainer Express Line y A.G.C.. Internacional, S.A. Dicha donación ha sido destinada al Programa de Preven- ción de Drogadependencia en el Perú, así como para ser distribuida entre los alumnos de educación primaria de diver- sos centros educativos de Lima y provincias. - Resolución Directoral Nº 112-98-SA/OFICE Donación efectuada por The Cavu Foundation de Esta- dos Unidos de América, a favor de la Asociación para la Rehabilitación Infantil del Excepcional - ARIE, consistente en equipo e instrumental médico y material de rehabilita- ción, con un valor aproximado de US$ 3 396,00 (Tres Mil Trescientos Noventa y Seis y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Donación de fecha 12 de enero de 1998 y un peso aproximado de 240 kgs., según Guía Aérea Nº 001 PIT 15434543 de American Airlines. Dicha donación ha sido destinada a la niñez discapacitada de escasos recursos económicos. - Resolución Directoral Nº 116-98-SA/OFICE Donación efectuada por el CENTRO ANDINO vzw de Bélgica, a favor del Centro de Investigación y Apoyo para el Desarrollo Comunitario - Haz Perú, consistente en diversos artículos, con un valor aproximado de US$ 2 000,00 (Dos Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de fecha 29 de abril de 1998 y un peso aproximado de 13 539 kgs., según Conocimiento de Embar- que Nº ANR1502 de Hamburg Süd The Shipping Group. Dicha donación ha sido distribuida en coordinación con la Dirección de Salud de Huánuco, entre la población de escasos recursos económicos del departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Compréndase a las donaciones citadas en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.