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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (22/11/1999)

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de noviembre de 1999 AÑO XVII - Nº 7091 Pág. 180463 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA " P C M Convocan a Elecciones Genera- les para elegir Presidente de la República, Vicepresidentes y Con- gresistas DECRETO SUPREMO Nº 40-99-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso 5) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 80º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que corresponde al Presiden- te de la República convocar a Elecciones Generales para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República; Que, de acuerdo al Artículo 82º de la Ley Nº 26859, la convocatoria a Elecciones Generales deberá hacerse con una anticipación no menor de 120 días naturales y no mayor de 150 días, a la fecha de su realización; Que, el Artículo 83º de la mencionada Ley, dispone que el Decreto de Convocatoria deberá especificar, entre otros, la fecha de la segunda elección de Presidente de la República y Vicepre- sidentes; De conformidad con lo previsto en los incisos 5) y 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones; DECRETA: Artículo 1º.- Convócase a Elecciones Generales el domingo 9 de abril del año 2000, para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República. Artículo 2º.- En caso de que ninguno de los candidatos a Presidente de la República y Vicepresidentes obtuviese más de la mitad de los votos válidos, se procederá a una segunda elección entre los dos candidatos que hubiesen obtenido la votación más alta, dentro de los treinta días siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales. Artículo 3º.- Los recursos que demande la aplicación del presente Decreto Supremo, son autorizados con cargo a los montos consignados para el Proceso de Elecciones Generales del año 2000 en las Leyes Anuales del Presupuesto para el Sector Público correspondientes a los años fiscales 1999 y 2000. Artículo 4º.- Las Elecciones Generales materia de la pre- sente convocatoria se regirán por las disposiciones de la Cons- titución Política del Perú y de la Ley Nº 26859. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 14544ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan donación destinada a labores sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores RESOLUCION SUPREMA Nº 511-99-EF Lima, 20 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el señor Jesús Martín Barba, ciudadano español ha efectuado una donación en favor del Ministerio de Relaciones Exteriores consistente en diversos artículos nuevos, que serán destinados a las labores sociales que desarrollará con motivo de las festividades navideñas; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, estable- ce que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supre- mo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efectuada por el señor Jesús Martín Barba, ciudadano español, en favor del Ministerio de Relaciones Exteriores consistente en 8 cajas conteniendo juguetes y ropa, nuevos, cuyo detalle se encuentra en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Suprema, con un valor aproximado de US$ 3 297,00 (Tres Mil Doscientos Noventa y Siete y 00/100 Dólares de Estados Unidos de Améri- ca), según Carta de Donación de fecha 15 de octubre de 1999 y un peso aproximado de 69 kgs., según Guía Aérea Nº 075-MAD- 72609191 de IBERIA LAE. Dicha donación será destinada a las labores sociales que el Ministerio de Relaciones Exteriores desarrollará con motivo de las festividades navideñas. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 14534