Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 1999 (28/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

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MORDAZA, MORDAZA 28 de noviembre de 1999

ANO XVII - Nº 7097

Pag. 180631

Encargan la Cartera de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Autorizan viaje del Ministro de Indus- Comerciales Internacionales al Ministria, Turismo, Integracion y Negocia- tro de Pesqueria ciones Comerciales Internacionales a RESOLUCION SUPREMA Nº 621-99-PCM los EE.UU., para participar en la III ConLima, 26 de noviembre de 1999 ferencia Ministerial de la OMC

PCM

RESOLUCION SUPREMA Nº 620-99-PCM MORDAZA, 26 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miller, participara en la III Conferencia Ministerial de la Organizacion Mundial de Comercio - OMC, a realizarse del 30 de noviembre al 3 de diciembre de 1999, en la MORDAZA de Seattle, Estados Unidos de America; Que, en tal sentido, es necesario autorizar el viaje en mision oficial del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miller, Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, "Ley del Poder Ejecutivo", y con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del 27 de noviembre al 5 de diciembre de 1999, a la MORDAZA de Seattle, Estados Unidos de MORDAZA del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miller, Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER Pasajes US$ 5,463.58 Viaticos US$ 1,320.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 14807

CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miller se ausentara del MORDAZA del 27 de noviembre al 5 de diciembre de 1999 para atender asuntos de caracter oficial; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 160; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar la Cartera de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales al doctor MORDAZA Luna-Victoria MORDAZA, Ministro de Pesqueria, a partir del 27 de noviembre de 1999 y mientras dure la ausencia del Titular. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 14808

Autorizan viaje del Ministro de Energia y Minas para participar en evento a realizarse en Canada
RESOLUCION SUPREMA Nº 622-99-PCM MORDAZA, 27 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Ing. MORDAZA Chamot MORDAZA, Ministro de Energia y Minas, participara en el Road Show sobre el Peru que se realizara en Toronto - Canada, el 29 de noviembre de 1999; Que, asimismo, siendo Canada uno de los principales paises inversionistas en el Peru, y en especial en el Sector Minero, el Ministro de Energia y Minas tomara contacto y sostendra reuniones de trabajo con los representantes de las principales empresas y entidades promotoras de inversiones en actividades minero-energeticas; Que, en consecuencia es necesario autorizar el correspondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo;

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