Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 1999 (28/11/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 28 de noviembre de 1999

- ESSALUD, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil, del 28 de noviembre al 12 de diciembre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, debiendo presentar a su retorno el informe correspondiente. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud -ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 584.00 Viaticos : US$ 700.00 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 14821

15.16, que otorgo a MORDAZA AEREO BOLIVIANO S.A., la Renovacion y Modificacion del Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, quedando de la siguiente forma: RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA MORDAZA y/o LA PAZ - MORDAZA y vv., con ocho (8) frecuencias semanales. - LA PAZ - MORDAZA y vv., con tres (3) frecuencias semanales. DERECHOS DE TRAFICO DE MORDAZA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA - MORDAZA y vv., con tres (3) frecuencias semanales. - MORDAZA - BOGOTA y vv., con una (1) frecuencia semanal. Articulo 2º.- Incorporese al texto de la Resolucion Ministerial Nº 014-98-MTC/15.16, el siguiente articulo: "Articulo 10º.- La vigencia del Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de MORDAZA AEREO BOLIVIANO S.A., de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Reglamento de la referida Ley, en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion." Articulo 3º.- Los demas terminos de la Resolucion Ministerial Nº 014-98-MTC/15.16 del 14 de enero de 1998, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aereo 14744

MTC
Modifican permiso de operacion otorgado a empresa para prestar servicio de transporte aereo internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 233-99-MTC/15.16 MORDAZA, 10 de noviembre de 1999 Vista la solicitud de MORDAZA AEREO BOLIVIANO S.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 014-98-MTC/ 15.16 del 14 de enero de 1998, se otorgo a MORDAZA AEREO BOLIVIANO S.A., de conformidad a las Decisiones 297, 320 y sus modificatorias de la Comision del Acuerdo de Cartagena, la Renovacion y Modificacion de su Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de tres (3) anos; Que, MORDAZA AEREO BOLIVIANO S.A., en el presente tramite de Modificacion de Permiso de Operacion solicita el incremento de una (1) frecuencia semanal en la ruta MORDAZA MORDAZA - MORDAZA - Bogota y vv. en adicion a las frecuencias que tiene autorizadas en su Permiso de Operacion; Que, MORDAZA AEREO BOLIVIANO S.A. cuenta con la designacion correspondiente emitida por la Direccion General de Aeronautica Civil del Gobierno de Bolivia, para efectuar servicios de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; De conformidad con la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento; la Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar - en el extremo pertinente - el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 014-98-MTC/

Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima-Chiclayo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2842-99-MTC/15.18 MORDAZA, 8 de noviembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 03562010 organizado por la empresa de transportes TRANSANI S.R.LTDA., sobre concesion de ruta: MORDAZA - CHICLAYO y viceversa e Informe Nº 756-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA - CHICLAYO y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 756-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre-

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