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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (01/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 178877 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de octubre de 1999 Vista la solicitud presentada por TELECOMUNICACIONES ANDINAS S.A. sobre otorgamiento de concesión para la presta- ción de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corres- ponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de admi- nistrar, asignar y controlar, entre otros, los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de éstos, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aproba- do por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisi- tos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión de los servicios públicos portadores de larga distan- cia nacional e internacional, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informes Nºs. 208-99-MTC/15.03.UECT y 226-99-MTC/15.03.UECT, opi- na que es procedente la solicitud de TELECO- MUNICACIONES ANDINAS S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 020- 98-MTC, 021-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a TELECOMUNICACIONES ANDI- NAS S.A. concesión para la explotación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional por el plazo de veinte (20) años en la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con TELECOMUNICACIONES ANDINAS S.A. para la presta- ción de los servicios públicos a los que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veintiséis (26) cláusulas y un anexo que forman parte integrante de la presente Resolución Ministe- rial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representa- ción del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de conce- sión, TELECOMUNICACIONES ANDINAS S.A. deberá cum- plir con el pago del derecho de concesión, del canon, si correspon- de, y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publica- ción de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12564 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 385-99-MTC/15.03 Lima, 30 de setiembre de 1999 Vista la solicitud presentada por ATLANTIC INTER- NATIONAL TELECOMMUNICATION S.A.C., sobre otorga- miento de concesión para la prestación del servicio público portador de larga distancia internacional en la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corres- ponden a este Ministerio las atribuciones y facultades de admi- nistrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio público portador de larga distancia internacional, así como las atribu- ciones referidas al otorgamiento de las concesiones de éste, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesióndel servicio público portador de larga distancia internacional, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 221-99-MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de ATLANTIC INTERNATIONAL TELECOMMUNICATION S.A.C.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 020- 98-MTC, 021-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a ATLANTIC INTERNATIONAL TELECOMMUNICATION S.A.C. concesión para la explota- ción del servicio público portador de larga distancia internacio- nal por el plazo de veinte (20) años en la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con ATLANTIC INTERNATIONAL TELECOMMUNICATION S.A.C. para la prestación del servicio público al que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticinco (25) cláusulas y un anexo que forman parte integrante de la presente Resolu- ción Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representa- ción del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de conce- sión, ATLANTIC INTERNATIONAL TELECO- MMUNICATION S.A.C. deberá cumplir con el pago del derecho de concesión, del canon, si corresponde, y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publica- ción de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12568 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 386-99-MTC/15.03 Lima, 30 de setiembre de 1999 Vista la solicitud presentada por ELNATH S.A.C., sobre otorgamiento de concesión para la prestación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corres- ponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de admi- nistrar, asignar y controlar, entre otros, los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de éstos, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aproba- do por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional, la Unidad Especializada en Concesiones de Tele- comunicaciones, mediante Informes Nºs. 116-99-MTC/ 15.03.UECT y 199-99-MTC/15.03.UECT, opina que es proce- dente la solicitud de ELNATH S.A.C.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 020- 98-MTC, 021-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a ELNATH S.A.C. concesión para la explotación de los servicios públicos portadores de larga distan- cia nacional e internacional por el plazo de veinte (20) años en la República del Perú.