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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (01/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 178868 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de octubre de 1999 Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales Ministerio de Pesquería Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano Consejos Transitorios de Administración Regional, excepto unida- des ejecutoras de Educación, Salud, Agricultura y Transportes 21 DE OCTUBRE Ministerio del Interior PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (Remuneraciones) : 22 DE OCTUBRE Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la República Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Contraloría General Ministerio de Energía y Minas Universidades Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Público Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional Jurado Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos Electorales Defensoría del Pueblo Ministerio de la Presidencia Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 25 DE OCTUBRE Educación de los Consejos Transitorios de Administración Regio- nal Ministerio de Educación: USES 01,02 y 03 26 DE OCTUBRE Ministerio de Educación, excepto USES 01, 02 y 03 Transportes de los Consejos Transitorios de Administración Re- gional 27 DE OCTUBRE Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Ministerio de Trabajo y Promoción Social Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales Ministerio de Pesquería Corporación de Desarrollo de Lima y Callao Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano Consejos Transitorios de Administración Regional, excepto Edu- cación y Transportes Ministerio de Agricultura Ministerio de Salud 28 DE OCTUBRE Ministerio del Interior Artículo 2º.- La Dirección General del Tesoro Público emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de un día hábil a la fecha indicada en el Artículo 1º; en los casos de Unidades Ejecutoras que estén aplicando lo dispuesto en el Artículo 17º del D.S. Nº347-90-EF les otorgará dichas Autorizaciones con anticipación de dos días hábiles al programado; para el efecto las unidades ejecutoras requerirán sus habilitaciones con la antelación necesaria. Artículo 3º.- La entrega de Cartas-Ordenes y/o cheques de los mencionados conceptos se efectuará hasta por los montos límites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces. El diskette que detalla los montos a ser abonados en las cuentas de ahorro de los trabajadores deberá ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Cheque y deberán ser presentados al Banco con dos días de anticipación. Regístrese y comuníquese. ALFREDO JALILIE AWAPARA Viceministro de Hacienda 12512 ENERGIA Y MINAS FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 054-99-EM Por Oficio Nº 595-99-SCM-PR se solicita la publicación de la Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 054-99-EM, publicado en nuestra edición del día 29 de setiembre de 1999, en la página 178806. Decreto Supremo que simplifica procedimientos administra- tivos y modifica reglamentos sobre seguridad para instalaciones, transporte y establecimiento de venta de gas licuado de petróleo. DICE: "Artículo 4º .- ......Plantas Envasadoras de GLP, y Gasocentros que de conformidad con las normas...."DEBE DECIR: "Artículo 4º .- ...... Plantas Envasadoras de GLP, Gasocentros y Consumidores Directos de combustibles líquidos y otros pro- ductos derivados de los hidrocarburos y GLP, que de conformi- dad con las normas...." DICE: "Artículo 6º .- ...... Estaciones de Servicio y Gasocentros, ............., Plantas Envasadoras de GLP, que de conformidad con las normas......" DEBE DECIR : "Artículo 6º .- ...... Estaciones de Servicio, Gasocentros y Consumidores Directos, ............., Plantas Envasadoras de GLP y Consumidores Directos, que de conformidad con las nor- mas......" DICE: "Artículo 8º .- ... en un plazo máximo de un (1) año...." DEBE DECIR: "Artículo 8º .- .... en un plazo máximo de un (1) mes...." 12559 MITINCI Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en Asamblea General de la Organización Mundial de Turismo, a realizarse en Chile RESOLUCION SUPREMA Nº 165-99-ITINCI Lima, 25 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, del 24 de setiembre al 1 de octubre de 1999, se llevará a cabo la Décimotercera Reunión de la Asamblea General de la Organización Mundial de Turismo (OMT), a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile; Que, en tal sentido es conveniente la participación de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90- PCM y Resolución Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 26 de setiembre al 1 de octubre de 1999, a la ciudad de Santiago de Chile, del señor José Miguel Gamarra Skeels, Viceministro de Turis- mo, para que en representación del Ministerio de Indus- tria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente Resolución Supre- ma. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguien- te detalle: Sr. JOSE MIGUEL GAMARRA SKEELS Pasajes US$ 341.32 Viáticos US$ 1,000.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cual- quiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 12553