Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 1999 (07/10/1999)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 7 de octubre de 1999

AGRICULTURA
Precisan contenido de formato de contratos de transferencia de derechos, a que se refiere el Art. 9º de la Ley de Titulacion de las Tierras de las Comunidades Campesinas de la Costa
DECRETO SUPREMO Nº 038-99-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Ley de Titulacion de Tierras de las Comunidades Campesinas de la Costa, dada por Ley Nº 26845, establece en su Articulo 9º que el representante legal de la Comunidad Campesina de la Costa o el designado por MORDAZA para dar cumplimiento a los acuerdos de adjudicacion a que se refiere la mencionada ley, dentro del plazo de quince (15) dias habiles de recibidos los planos y memorias descriptivas elaboradas por el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, o por la Direccion Regional de Agricultura correspondiente, procedera a otorgar los respectivos contratos de transferencia de los derechos de propiedad, de acuerdo al formato que se establezca en el Reglamento de la citada Ley; Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 26845, la Comunidad transferente utilizara un formato en el que se consignara los datos pertinentes a las transferencias de los derechos de propiedad de las tierras a terceros, precisando el predio que se transfiere, el precio, las obligaciones del vendedor y del comprador y cualquier otro pacto que hayan convenido las partes, conforme a lo estipulado por el Codigo Civil; En uso de las facultades previstas en el Articulo 118º inciso 8) de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- El formato a que se refiere el Articulo 9º de la Ley de Titulacion de las Tierras de las Comunidades Campesinas de la Costa, dada por Ley Nº 26845, sera aquel que use cada Comunidad para el otorgamiento de los respectivos contratos de transferencias de los derechos de propiedad de las tierras a terceros y debera precisar el predio que se transfiere, el precio, las obligaciones del vendedor y del comprador y cualquier otro pacto que hayan convenido las partes, conforme a lo estipulado en el Codigo Civil. Articulo 2º.- El referido formato, conjuntamente con los planos y memorias descriptivas aprobados por el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT del Ministerio de Agricultura y en su caso, por la dependencia del Proyecto Especial Titulacion de Tierras de la Direccion Regional de Agricultura correspondiente, seran titulos suficientes para inscribir tales transferencias ante los Registros Publicos. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 12815

Que, por Resolucion Suprema Nº 139-97-EM de fecha 12 de noviembre de 1997, se designo al senor MORDAZA Kunigami Kunigami como miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo MORDAZA referido; De conformidad con la Ley Nº 26734; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Aceptar la renuncia del senor MORDAZA Kunigami Kunigami al cargo de miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 12818

Autorizan viaje de asesor del Ministerio, a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 466-99-EF MORDAZA, 6 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA Ugarte, Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas, viajo a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, el dia 26 de agosto de 1999, para asistir como expositor en el Roadshow Peru MORDAZA en Marcha; Que, en consecuencia se autorizo el viaje del citado funcionario, a la mencionada MORDAZA, para que participe en dicho evento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 13590-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar en via de regularizacion el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Ugarte, Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 26 al 27 de agosto de 1999, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes - Viaticos - Tarifa de CORPAC US$ 787,06 US$ 400,00 US$ 25,00

ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo del OSINERG
RESOLUCION SUPREMA Nº 465-99-EF MORDAZA, 6 de octubre de 1999

Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 12819

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