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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (15/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 179334 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de octubre de 1999 JUSTICIA FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 225-99-JUS Por Oficio Nº 1226-99-JUS/SG se solicita la publicación de la Resolución Suprema Nº 225-99-JUS, publicada en nuestra edición del día 13 de octubre de 1999, en la página 179271. DICE: 6. CELIZ GUIVAR, Santos Isabe DEBE DECIR: 6. CELIS GUIVAR, Santos Isabel 13162 PESQUERIA Autorizan viaje de miembros de comité especial a cargo del proceso de promo- ción de la inversión privada en MINE- RO PERU S.A. y CENTROMIN PERU S.A. a Inglaterra e India, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 161-99-PE Lima, 7 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo adoptado en sesión de fecha 21 de setiembre de 1999, la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, autorizó el viaje de los señores Jorge Merino Tafur y José León Barandiarán Hart, Presi- dente y Miembro, respectivamente, del Comité Especial a cargo de la ejecución del proceso de promoción de la inver- sión privada en la Empresa Minera del Perú S.A. - MINERO PERU S.A. y la Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A., a Londres - Inglaterra y Nueva Delhi - India, entre los días 10 al 17 de octubre de 1999, para asistir a la reunión del "London Metal Exchange" y efectuar reuniones de promoción; Que, mediante la Directiva Nº 01-98-DE-COPRI apro- bada por Acuerdo COPRI de fecha 20 de enero de 1998, modificada con Acuerdo COPRI de fecha 13 de abril de 1999, se han aprobado las disposiciones sobre viajes y viáticos delos miembros de los Comités Especiales, Juntas Liquidado- ras y Dirección Ejecutiva COPRI; De conformidad con lo dispuesto en el literal b.1) del Numeral 2.2 de la Directiva Nº 01-98-DE-COPRI referida en el considerando anterior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comi- sión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, confor- me al cual se autoriza el viaje de los señores Jorge Merino Tafur y José León Barandiarán Hart, Presidente y Miem- bro, respectivamente, del Comité Especial a cargo de la ejecución del proceso de promoción de la inversión privada en la Empresa Minera del Perú S.A. - MINERO PERU S.A. y la Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTRO- MIN PERU S.A., a Londres - Inglaterra y Nueva Delhi - India, entre los días 10 al 17 de octubre de 1999, para asistir a la reunión del "London Metal Exchange" y efectuar reuniones de promoción. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje de las personas antes mencionadas, se efectuarán con cargo al Presupuesto de la Empresa Minera del Perú S.A. - MINE- RO PERU S.A. de conformidad con el Acuerdo COPRI adoptado en sesión de fecha 21 de setiembre de 1999, de acuerdo con el siguiente detalle: Jorge Merino Tafur - Pasajes : US$ 2,063.50 - Viáticos : US$ 2,340.00 - Tarifa CORPAC : US$ 25.00 José León Barandiarán Hart - Pasajes : US$ 3,158.40 - Viáticos : US$ 2,340.00 - Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cuales- quiera fuese su denominación o clase. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Pesquería y Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 13160 MINISTERIO DE PESQUERIA Despacho Viceministerial RELACION DE RESOLUCIONES VICEMINISTERIALES EXPEDIDAS EL 12 DE OCTUBRE DE 1999 R.VM. Nº 053-99-PE Declara FUNDADO EN PARTE el Recurso de Apelación interpuesto por PES- QUERA DIAMANTE S.A. contra la R.C.S. Nº 212-99-PE/CS. R.VM. Nº 054-99-PE Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa EPESCA S.A., respecto al extremo de los supuestos vicios de nulidad de las R.C.S. Nºs. 060 y 355-99-PE/CS y, FUNDADO EN PARTE respecto a la proporcionalidad de la sanción impuesta a través de la R.C.S. Nº 060-99-PE/CS. Nota: Los interesados serán notificados conforme al Artículo 80º del D.S. Nº 02-94-JUS. 13063