TEXTO PAGINA: 11
Pág. 179341 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de octubre de 1999 Que a mérito de la Certificación de firma de fecha 12 de octubre del año en curso; y, en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 26546, sus modificatorias y ampliatorias, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, en Sesión de la fecha; RESUELVE: Aceptar a partir de la fecha, la solicitud de renuncia formulada por la doctora Elba Greta Minaya Calle, al cargo de Juez de Paz Letrado del distrito de San Luis comprensión del Distrito Judicial de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR R. CASTILLO CASTILLO ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 13142 DEFENSORIA DEL PUEBLO Autorizan viaje de representante de la institución a Costa Rica para participar en el Foro "Acceso a la Justicia y Equi- dad en América Latina" RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 52-99/DP Lima, 12 de octubre de 1999 Vistos; el Memorando Nº 126-99/DP-RA remitido por el Representante del Defensor del Pueblo en Arequipa, me- diante el que se solicita autorizar la participación de don Ronald Paredes Paredes en el Foro Internacional "Acceso a Justicia y Equidad en América Latina", que se llevará a cabo del 7 al 8 de octubre del presente año en San José de Costa Rica, y, asimismo, el Memorando Nº 443-99-DP/GCI, su Anexo 3A Nº 021-99/DP-RDA y los antecedentes respec- tivos; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de San José de Costa Rica del 7 y el 8 de octubre de 1999, se desarrollará el Foro Internacional "Acceso a la Justicia y Equidad en América Latina"; Que, es de interés de la Defensoría del Pueblo que don Ronald Paredes Paredes, comisionado de la Representación Defensorial de Arequipa participe de modo oficial en su representación, por tratarse de asuntos que conciernen a las actividades que presta a la institución, por lo que es procedente formalizar la autorización de su participación en comisión del servicio para el foro anteriormente citado, con efectividad al 7 y 8 de octubre del presente inclusive; Que, con recursos de la cooperación técnica interna- cional del Banco Mundial se financiará los gastos por pasajes internacionales y viáticos que irrogue la asistencia del precitado comisionado al mencionado evento; En concordancia con los Decretos Supremos Nºs. 135- 90-PCM y 037-91-PCM, en aplicación de los Decretos Su- premos Nºs. 163-81-EF y 031-89-EF; en uso de las atribu- ciones conferidas por la Ley Nº 26520 y de conformidad con los Artículos 6º, 7º incisos a) y k) y 9º del Reglamento aprobado por la Resolución Defensorial Nº 32-99/DP y estando al encargo efectuado mediante la Resolución De- fensorial Nº 51-99/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la comisión del ser- vicio del señor doctor don Ronald PAREDES PAREDES, funcionario de la Representación de Arequipa, a la ciudad de San José de Costa Rica, con efectividad al 7 y 8 de octubrede 1999, para los fines referidos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional por la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias Banco Mundial por concepto de pasajes internacionales: US$ 555.96; por gastos de Viáticos y Asignaciones: US$ 400.00 y por concepto de la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA) - CORPAC: US$ 25.00, totalizando: US$ 980.96 (Novecientos ochenta y 96/100 Dólares Americanos). Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBAN PERALTA Primer Adjunto Encargado del Despacho del Defensor del Pueblo 13120 J N E Declaran que regidor del concejo dis- trital de Tanta, provincia de Yauyos, continúa en el ejercicio del cargo RESOLUCION Nº 1586-99-JNE Lima, 14 de octubre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 61-99-MDT, recibido el 30 de setiembre de 1999, remitido por el señor Andrés Reyes Ysla, alcalde del concejo distrital de Tanta, provincia de Yauyos, departa- mento de Lima, que comunica la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del señor Tomás Adriano Gamión Carlos en el concejo referido, bajo acusación de haber incurrido en abandono injustificado del cargo de regidor; y, solicita se convoque al candidato correspondiente para que asuma el cargo vacante de regidor; CONSIDERANDO: Que, el concejo distrital de Tanta, con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros, acordó en la sesión extraordinaria del 27 de agosto de 1999, como se aprecia a fojas 5, declarar la vacancia del cargo de regidor del señor Tomás Adriano Gamión Carlos por abandono del cargo por más de tres meses, por lo que dicho regidor se hallaría incurso en la causal de vacancia por inconcurren- cia injustificada a sesiones ordinarias de concejo, prevista por el Artículo 26º, inciso 5), de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853; y, posteriormente, con fecha 3 de setiembre de 1999 se expide la resolución municipal Nº 06- 99/MDT, que declara vacante el cargo de regidor del señor Tomás Adriano Gamión Carlos por inconcurrencia injusti- ficada a sesiones de concejo; Que, la documentación remitida no prueba la inasis- tencia del regidor vacado a las sesiones convocadas y lleva- das a cabo en los meses de mayo, junio y julio de 1999 por el concejo distrital de Tanta, ni que haya sido citado a dichas sesiones; Que, la cédula de notificación corriente a fojas 8, no acredita fehacientemente que el señor Tomás Adriano Gamión Carlos haya tomado conocimiento del acuerdo que declara la vacancia de su cargo de regidor en el concejo distrital de Tanta, por no contener dicha cédula el domicilio del interesado ni constancia con el nombre, firma e identi- ficación del receptor, apareciendo únicamente una rúbrica que no identifica al regidor vacado; Que, respecto a la causal de inconcurrencia injustifica- da a sesiones de concejo, prevista en el Artículo 26º, inciso 5), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, debe acreditarse que el vacado fue debidamente citado a las sesiones de concejo; y, debe remitirse copias certificadas del acta de cada una de las sesiones a las que no habría asistido el regidor Tomás Adriano Gamión Carlos; Que, en observancia del debido proceso y cumpliendo con lo establecido por el Artículo 27º, segundo párrafo, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Artículo 113º de la misma ley; debe remitirse constan-