Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 1999 (10/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de setiembre de 1999

Punto de control fotografico (requiere de puntos de control terrestre en el area solicitada y foto aerea a escala 1:15,000 o 1:30,000) Grafico de vuelos (requiere de puntos de control terrestre en el area solicitada y foto aerea a escala 1:15,000 o 1:30,000) Autorizacion para adquisicion de fotos contacto, diapositivas y ampliaciones fotograficas de propiedad del PETT obtenidas despues de 1997.

0.36 0.30 1.00

por punto por grafico de vuelo por unidad

I nspecci Ocul : on ar 25
El costo de la INSPECCION OCULAR sera abonado por el usuario, su monto es variable segun la extension del predio: - Hasta 10.00 ha - De 10.01 ha a 50.00 ha - De 50.01 ha a 100.00 ha - De 100.01 ha a 500.00 ha - De 500.01 ha a 1,000.00 ha - Mas de 1,000.00 ha Ademas al costo de la Inspeccion Ocular de cualquier extension, se le agrega un monto adicional segun los siguientes casos de predios: - Por condicion de terreno eriazo - Por ubicacion fuera de la provincia 11492 3.0 5.0 3.0 3.3 3.7 4.0 4.5 5.0

DEFENSA
Actualizan y modifican el MORDAZA del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI
DECRETO SUPREMO Nº 043-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, los Articulos 20º, 21º y 22º de la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, Decreto Legislativo Nº 757, establecen la obligatoriedad para todas las entidades de la Administracion Publica de aprobar normas legales destinadas a tipificar, reducir y simplificar drasticamente los procedimientos y tramites administrativos que se siguen ante ellas, para lo cual deberan aprobar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM del 28 de diciembre de 1992, se han establecido las normas especificas para la actualizacion anual obligatoria y modificacion de los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI; Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-DE/SG del 13 de MORDAZA de 1998, se actualizo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de simplificacion administrativa establecido en el Decreto Supremo Nº 037-98PCM y en concordancia con los lineamientos expuestos por el Programa de Modernizacion de la Administracion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI, ha procedido a la modificacion y actualizacion de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 1999; Que, es necesario efectuar algunas modificaciones y creacion de nuevos Procedimientos Administrativos que requieren la actualizacion del MORDAZA del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia, correspondiente al presente ejercicio anual, incluyendo las modificaciones efectuadas; DECRETA: Articulo 1º.- Actualizar y modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - 1999 del

Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI, aprobado mediante D.S. Nº 038-DE/SG, segun anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Designese a la Oficina de Tramite Documentario y Archivo de la Secretaria General del Servicio, como la unica Oficina encargada de la recepcion y entrega de documentos, en atencion al TUPA. Articulo 3º.- Las disposiciones contenidas en el MORDAZA seran de estricto cumplimiento en las Dependencias del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia SENAMHI. Articulo 4º.- Deroguese toda MORDAZA legal o administrativa que se oponga a lo aprobado en el vigente Decreto Supremo. Articulo 5º- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de setiembre de mil novecientos noventinueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA BERGAMINO MORDAZA Ministro de Defensa INDICE TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ANEXO - I : ORGANOS DE LINEA 1.1.- DIRECCION GENERAL DE AGROMETEOROLOGIA 1.2.- DIRECCION GENERAL DE HIDROLOGIA Y REC. HIDRICOS 1.3.- DIRECCION GENERAL DE METEOROLOGIA 1.4.- CENTRO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO ANEXO - II : ORGANOS DE APOYO 2.1.- SECRETARIA GENERAL 2.2.- OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION 2.3.- OFICINA GENERAL DE ESTAD. E INFORMATICA 2.4.- OFICINA GENERAL DE OPERAC. TECNICAS 2.5.- CENTRO DE CAPACITACION

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