Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2000 (02/04/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 2 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 185307

Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintedencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 3828 RESOLUCION SUPREMA Nº 082-2000-EF MORDAZA, 31 de marzo del 2000 Visto, el Expediente Nº 037461-99, presentado por la Universidad Nacional de MORDAZA sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion del bien que se encuentra en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares para sus fines propios estan inafectas de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas aplicadas a las instituciones educativas publicas o particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad Nacional de MORDAZA segun consta en el Expediente Nº 037461-99, por un valor total de US$ 9 000,00 (Nueve Mil y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), del siguiente bien que se encuentra incluido en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF: Cantidad (Unidad) 01 Partida Arancelaria 9016.00.12.00 Descripcion Balanzas electronicas sensibles a un peso inferior o igual a 5 cg., incluso con pesas

Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 3829

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 071-2000-EF/10 MORDAZA, 31 de marzo del 2000 Visto los Oficios Nº 233 y Nº 299-2000-PP-EF/16 de fecha 7 y 27 de marzo del 2000, respectivamente, del Procurador Adjunto de la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de la investigacion realizada por la Oficina General de Auditoria Interna del Ministerio de Economia y Finanzas, dispuesta por el Viceministro de Hacienda mediante Oficio Nº 012-2000-EF/11.01, la referida Oficina ha emitido el Informe Nº 002-2000-EF/12.05; Que, en el referido Informe se determina la falsedad del Oficio Nº 1191-DGPGL-MEF-00 con fecha 21 de febrero del 2000, dirigido al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pichanaki, provincia de Chanchamayo, departamento de Junin; en consecuencia, de llegarse a identificar o individualizar al presunto autor o autores, estos habrian incurrido en la comision del Delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documentos tipificada en el Articulo 427º del Codigo Penal, siendo en consecuencia, pertinente autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Articulos 12º y 40º del Decreto Ley Nº 17537 y su modificatoria Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitase los antecedentes del caso al senor Procurador Publico del Sector, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 3824

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion del bien se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Nacional de MORDAZA, segun Expediente Nº 037461-99, y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintedencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria del bien cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas.

EDUCACION
Prorrogan salida temporal de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, para ser exhibidos en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 034-2000-ED MORDAZA, 1 de MORDAZA del 2000

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.