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Pág. 185308 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de abril de 2000 Visto el Expediente Nº 10262-2000 y el Oficio Nº 261- 2000-INC-DN cursado por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, la Embajadora S.D.R., Martha Toledo-Ocampo Ure- ña, solicita prórroga de salida de dos (2) bienes culturales de su propiedad, toda vez que, según la Resolución Suprema Nº 238-99-RE, ha sido nombrada Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Polonia, donde exhibirá dichos bienes en la Representación Diplomática del Perú en dicho país; Que, la Dirección de Registro Nacional del Patrimonio Mueble del Instituto Nacional de Cultura, mediante el Infor- me Nº 044-INC-2000/DRNPM, opina favorablemente por la autorización de la prórroga de salida temporal de dos (2) pinturas de temática religiosa denominadas "Santa", óleo sobre lienzo, Escuela Cusqueña, autor anónimo, Siglo XVIII (V-2.0/E-312-1), "Virgen de la Soledad", óleo sobre lienzo, de influencia europea, autor anónimo, Siglo XVIII (V-2.0/E- 312-2); de propiedad de la señora Martha Toledo-Ocampo Ureña; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura caute- lar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación tanto en el país como en el extranjero, por lo que dicha Institución recomienda autorizar la prórroga de salida temporal de los bienes en cuestión; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 24047, el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR la prórroga de salida tempo- ral del país, a partir de la fecha de la publicación de la presente Resolución y hasta que culminen las funciones como Embajadora ante la República de Polonia, de dos (2) pinturas de propiedad de la señora MARTHA TOLEDO- OCAMPO UREÑA, "Santa", óleo sobre lienzo, Escuela Cus- queña, autor anónimo, Siglo XVIII (V-2.0/E-312-1), "Virgen de la Soledad", óleo sobre lienzo, de influencia europea, autor Anónimo, Siglo XVIII (V-2.0/E-312-2), para su exhibición en la Representación Diplomática del Perú en Polonia. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verificar las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes cultura- les a los que se contrae la presente Resolución, a su retorno al país. Artículo 3º.- Al culminar sus funciones como Embaja- dora de Perú en Polonia, la señora MARTHA TOLEDO- OCAMPO UREÑA, queda obligada a reingresar al país los bienes culturales a que se contrae la presente Resolución, comunicando tal hecho al Instituto Nacional de Cultura para su respectiva verificación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 3840 JUSTICIA Cancelan títulos de notarios de los Dis- tritos Notariales de Ica y Puno RESOLUCION MINISTERIAL Nº 094-2000-JUS Lima, 27 de marzo del 2000 Visto el Oficio Nº 047-2000-JUS/CN-P, de fecha 28 de enero del 2000, remitido por el Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que mediante Oficio de visto, el Presidente del Consejo del Notariado comunica que por Acuerdo de la Junta Direc- tiva del Colegio de Notarios de Ica, de fecha 3 de setiembre de 1998 se cesó al doctor DANTE VELAZCO CONDORI, Notario de Puquio de la provincia Lucanas, Distrito Notarialde Ica, por haber sido condenado por el delito Contra la Fe Pública - Falsificación de Documentos; Que en consecuencia resulta necesario cancelar el Título respectivo; De conformidad con lo dispuesto en los incisos d) y e) del Artículo 21º del Decreto Ley Nº 26002 - Ley del Notariado y Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CANCELAR, por cese, el Título de Notario de Puquio, de la provincia de Lucanas, del Distrito Notarial de Ica, de don DANTE VELAZCO CONDORI. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, y al Colegio de Notarios de Ica y al interesado para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 3768 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 099-2000-JUS Lima, 28 de marzo del 2000 Visto el Oficio Nº 041-2000-JUS/CN-P, de fecha 28 de enero del 2000, remitido por el Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo del Consejo del Notariado de fecha 25 de enero de 2000, se cesó al Dr. JULIO ERNESTO GARNICA ROSADO del cargo de Notario Público de la provincia de Puno del Distrito Notarial de Puno, por haber sido condenado por el Delito Contra la Fe Pública - Falsifica- ción de Documentos; Que en consecuencia resulta necesario cancelar el Título respectivo; De conformidad con lo dispuesto en los incisos d) y e) del Artículo 21º del Decreto Ley Nº 26002 - Ley del Notariado y Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CANCELAR, por cese, el Título de Notario Público de la provincia de Puno, del Distrito Notarial de Puno, de don JULIO ERNESTO GARNICA ROSADO. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, y al Colegio de Notarios de Puno y al interesado, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 3772 Declaran improcedente apelación con- tra resolución referida a sanción de destitución impuesta a servidor de la Dirección Regional Oriente - Pucallpa del INPE RESOLUCION MINISTERIAL Nº 095-2000-JUS Lima, 27 de marzo del 2000 Visto el recurso de apelación interpuesto por Róger Ricardo Ramírez López, contra la Resolución de la Presiden- cia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 902-99-INPE-P de fecha 3 de diciembre de 1999; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 635-99-INPE-P de fecha 15 de setiembre de 1999, se impuso sanción disciplinaria de desti- tución a Róger Ricardo Ramírez López, servidor de la Direc- ción Regional Oriente - Pucallpa del Instituto Nacional Penitenciario, por haber incurrido en falta administrativa