Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2000 (07/08/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
MITINCI
Nº 319-2000-MITINCI/VMT/DNT RESOLUCION SUPREMA Nº 110-2000-ITINCI MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2000

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 191419

"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" MORDAZA, lunes 7 de agosto de 2000 ANO XVIII - Nº 7350

Sancionan con multa a propietario de la empresa Sistemas de Viajes, por Designan representante del CTAR prestar servicio de agencia de viajes y Tacna ante el Directorio del Comite de turismo sin autorizacion Administracion de la ZOTAC RESOLUCION DIRECTORAL
MORDAZA, 5 de agosto del 2000 VISTA: La Resolucion Ejecutiva Regional Nº 193-2000-CTAR-TACNA, del 4 de agosto de 2000, mediante la cual se designa al senor MORDAZA Martorell MORDAZA como su representante ante el Directorio del Comite de Administracion de la MORDAZA de Tratamiento Especial Comercial de Tacna (ZOTAC); CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 842, se crean los Centros de Exportacion, Transformacion, Industria, Comercializacion y Servicios - CETICOS de Ilo, Matarani y Tacna, disponiendose que la Administracion de los CETICOS Ilo y Matarani correspondera a la CONAFRAN y CETICOS Tacna a la ZOTAC, en tanto no se publique el Reglamento respectivo; Que, en tal sentido mediante el Articulo 43º del Decreto Legislativo Nº 704, la Ley de Zonas Francas, Zonas de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo, se MORDAZA la conformacion del Directorio del Comite de Administracion de la MORDAZA de Tratamiento Especial Comercial, designandose como uno de sus miembros el representante del Gobierno Regional, en quien recaera la Presidencia del mismo; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Supremo Nº 023-96-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA Lombardi Arguelles a la representacion del Consejo Transitorio de Administracion Regional Tacna ante el Directorio del Comite de Administracion de la MORDAZA de Tratamiento Especial Comercial de Tacna (ZOTAC), dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MARTORELL MORDAZA, como representante del Consejo Transitorio de Administracion Regional Tacna ante el Directorio del Comite de Administracion de la MORDAZA de Tratamiento Especial Comercial de Tacna (ZOTAC). Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 9037 Articulo 1º.- Sancionar con multa equivalente a UNA Y MEDIA (1.5) UIT, a la Razon Social MORDAZA MORDAZA TAMAYO, propietario de la empresa SISTEMAS DE VIAJES, con domicilio en Jr. MORDAZA Nº 831, Brena, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El importe de la misma se efectivizara considerando la UIT vigente al momento de su cancelacion, debiendo ser depositada en la Cuenta Nº 00044-107Vistos, el Informe Nº 047-98-MITINCI/VMT/DNT/DAN/ SDNPT/INSP, de fecha 12 de noviembre de 1998 sobre infracciones cometidas por diversas empresas, y el Acta de Inspeccion Nº 057-98/DNT-DAN; CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de las funciones de supervision conferidas a la Direccion Nacional de Turismo, con fecha 12 de noviembre de 1998 se llevo a cabo inspecciones a diversas empresas ubicadas en la MORDAZA de Lima; Que, en dichas inspecciones se comprobo mediante Acta de Inspeccion Nº 057-98/DNT-DAN, que la empresa SISTEMAS DE VIAJES, ubicada en Jr. MORDAZA Nº 831, Brena, MORDAZA, viene ejerciendo actividades propias de una Agencia de Viajes y Turismo, sin haberse constituido formalmente como tal; Que, en dicha oportunidad, se solicito la respectiva documentacion sustentatoria, otorgandose un plazo prudencial para la remision de la misma a la Direccion Nacional de Turismo; Que, el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, establece los requisitos necesarios para constituirse y prestar servicios propios de Agencias de Viajes y Turismo, entre ellos, el contar con el Registro Unificado y la Carta Fianza; Que, en la diligencia de inspeccion practicada, se pudo recoger material promocional donde la empresa SISTEMAS DE VIAJES de propiedad de la Razon Social MORDAZA MORDAZA TAMAYO, figura como "Agencia de Viajes y Turismo", ofreciendo sus servicios como tal, situacion que es consignada en el Acta levantada, la misma que fuera debidamente suscrita por la mencionada Razon Social, dando su conformidad al contenido de ella; Que, en consecuencia, la empresa SISTEMAS DE VIAJES de propiedad de la Razon Social MORDAZA MORDAZA TAMAYO, ha incurrido en infraccion senalada en el inciso k), numeral II, Articulo 1º de la Escala de Infracciones y Sanciones aprobada por Resolucion Ministerial Nº 091-93ITINCI/DM, al prestar servicios de Agencia de Viajes y Turismo sin estar autorizada; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, sus modificatorias, y la Escala de Infracciones y Sanciones de Agencias de Viajes y Turismo, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 091-93-ITINCI/DM; SE RESUELVE:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.