Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (07/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de agosto de 2000 AÑO XVIII - Nº 7350 Pág. 191419Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" MITINCI Designan representante del CTAR Tacna ante el Directorio del Comité de Administración de la ZOTAC RESOLUCION SUPREMA Nº 110-2000-ITINCI Lima, 5 de agosto del 2000 VISTA: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 193-2000-CTAR-TAC- NA, del 4 de agosto de 2000, mediante la cual se designa al señor Oscar Martorell Flores como su representante ante el Directorio del Comité de Administración de la Zona de Tratamiento Espe- cial Comercial de Tacna (ZOTAC); CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 842, se crean los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comer- cialización y Servicios - CETICOS de Ilo, Matarani y Tacna, disponiéndose que la Administración de los CETICOS Ilo y Matarani corresponderá a la CONAFRAN y CETICOS Tac- na a la ZOTAC, en tanto no se publique el Reglamento respectivo; Que, en tal sentido mediante el Artículo 43º del Decreto Legislativo Nº 704, la Ley de Zonas Francas, Zonas de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo, se norma la conformación del Directorio del Comité de Administración de la Zona de Tratamiento Espe- cial Comercial, designándose como uno de sus miembros el representante del Gobierno Regional, en quien recaerá la Presidencia del mismo; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislati- vo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Supremo Nº 023-96-ITINCI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor José Vicente Lombardi Argüelles a la repre- sentación del Consejo Transitorio de Administración Regional Tacna ante el Directorio del Comité de Admi- nistración de la Zona de Tratamiento Especial Comercial de Tacna (ZOTAC), dándosele las gracias por los servi- cios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor OSCAR MARTORELL FLORES, como representante del Consejo Transitorio de Administración Regional Tacna ante el Directorio del Comi- té de Administración de la Zona de Tratamiento Especial Comercial de Tacna (ZOTAC). Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GONZALO ROMERO DE LA PUENTE Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 9037Sancionan con multa a propietario de la empresa Sistemas de Viajes, por prestar servicio de agencia de viajes y turismo sin autorización RESOLUCION DIRECTORAL Nº 319-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 13 de julio del 2000 Vistos, el Informe Nº 047-98-MITINCI/VMT/DNT/DAN/ SDNPT/INSP, de fecha 12 de noviembre de 1998 sobre infracciones cometidas por diversas empresas, y el Acta de Inspección Nº 057-98/DNT-DAN; CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de las funciones de supervisión conferi- das a la Dirección Nacional de Turismo, con fecha 12 de noviembre de 1998 se llevó a cabo inspecciones a diversas empresas ubicadas en la ciudad de Lima; Que, en dichas inspecciones se comprobó mediante Acta de Inspección Nº 057-98/DNT-DAN, que la empresa SISTEMAS DE VIAJES, ubicada en Jr. Huaraz Nº 831, Breña, Lima, viene ejerciendo actividades propias de una Agencia de Viajes y Turismo, sin haberse constituido formalmente como tal; Que, en dicha oportunidad, se solicitó la respectiva documentación sustentatoria, otorgándose un plazo pru- dencial para la remisión de la misma a la Dirección Nacional de Turismo; Que, el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, establece los requisitos nece- sarios para constituirse y prestar servicios propios de Agen- cias de Viajes y Turismo, entre ellos, el contar con el Registro Unificado y la Carta Fianza; Que, en la diligencia de inspección practicada, se pudo recoger material promocional donde la empresa SISTEMAS DE VIAJES de propiedad de la Razón Social PETER RAMÍ- REZ TAMAYO, figura como "Agencia de Viajes y Turismo", ofreciendo sus servicios como tal, situación que es consigna- da en el Acta levantada, la misma que fuera debidamente suscrita por la mencionada Razón Social, dando su conformi- dad al contenido de ella; Que, en consecuencia, la empresa SISTEMAS DE VIA- JES de propiedad de la Razón Social PETER RAMÍREZ TAMAYO, ha incurrido en infracción señalada en el inciso k), numeral II, Artículo 1º de la Escala de Infracciones y Sanciones aprobada por Resolución Ministerial Nº 091-93- ITINCI/DM, al prestar servicios de Agencia de Viajes y Turismo sin estar autorizada; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, sus modifica- torias, y la Escala de Infracciones y Sanciones de Agencias de Viajes y Turismo, aprobada por Resolución Ministerial Nº 091-93-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con multa equivalente a UNA Y MEDIA (1.5) UIT, a la Razón Social PETER RAMÍREZ TAMAYO, propietario de la empresa SISTE MAS DE VIA- JES, con domicilio en Jr. Huaraz Nº 831, Breña, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- El importe de la misma se efectivizará considerando la UIT vigente al momento de su cancela- ción, debiendo ser depositada en la Cuenta Nº 00044-107-