Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2000 (21/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 21 de agosto de 2000

Que, se ha recibido del Comite del Sector Publico de la Federacion Internacional de Contadores (IFAC) el Prefacio y las Primeras Normas Internacionales del Sector Publico (NICSP's) para su aplicacion en el MORDAZA por las entidades del Sector Publico, excepto empresas publicas; Que, de conformidad con el Articulo 7º inciso a) de la Ley Nº 24680 del Sistema Nacional de Contabilidad, la Contaduria Publica de la Nacion entre otras funciones, define, ejecuta y evalua el Sistema de Contabilidad, que requieren las entidades y/o empresas de los Sectores Publico y Privado; Que, dentro de los Objetivos Institucionales y Actividades en el Plan Operativo Institucional del ano 2000 de la Contaduria Publica de la Nacion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 011-2000-EF/93.01, esta contemplado la revision y analisis de los Estandares Internacionales de Contabilidad para el Sector Publico, a fin de adecuarlas a la realidad contable del MORDAZA, y llevar a cabo las coordinaciones a que hubiere lugar, con la Federacion de Colegios de Contadores Publicos del Peru y su Junta de Decanos, para su posterior oficializacion por el Consejo Normativo de Contabilidad; Que, es conveniente constituir la Comision Tecnica encargada de la revision y analisis de los Estandares Internacionales de Contabilidad para el Sector Publico, para facilitar el cumplimiento de sus fines; Estando a lo dispuesto por la Alta Direccion, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones legales conferidas por los Articulos 2º, 6º y 7º de la Ley Nº 24680; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CONSTITUIR LA COMISION TECNICA, encargada de revisar y analizar los Estandares Internacionales de Contabilidad para el Sector Publico, a fin de adecuarlas a la realidad contable en el pais; la que estara integrada por los Contadores Publicos Colegiados, siguientes: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE CELIZ, quien la presidira; - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAZA; - MORDAZA YSMAEL CANCINO CHAVARRI; - YORLLELINA MORDAZA FARFAN; y, - MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALDERON. Articulo 2º.- Para los fines senalados en el articulo anterior, la Comision Tecnica podra crear Subcomisiones de Trabajo, solicitar la participacion de las personas e instituciones que en razon de su funcion o competencia considere necesaria; asi como requerir la informacion pertinente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 9506

Economia, Presupuesto y Asuntos Legales, por el cual propone el Reglamento de las Juntas Vecinales en el distrito de San Luis. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce como derecho de las personas el asociarse y constituir diversas formas de organizacion juridica para la consecucion de sus fines asi como el de participar en forma individual o asociada en la MORDAZA politica, economica, social y cultural de la Nacion, mas aun como derecho de participar en el gobierno municipal de su jurisdiccion. Que, en el distrito de San MORDAZA, han venido organizandose Juntas vecinales en diferente formas sin que la Municipalidad los reglamente. Que, es conveniente que las referidas organizaciones participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales, en actividades que promuevan el desarrollo de su localidad como un medio concreto para el fortalecimiento de la democracia desde su base social. Que, las relaciones entre las Municipalidades y las organizaciones sociales, deben desarrollarse dentro de un MORDAZA democratico sin que ello signifique injerencia en sus asuntos internos que desnaturalicen su autonomia. Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 en su Articulo 10º numeral 11) establece que, las Municipalidades son competentes para promover y organizar, conforme a Ley la participacion de los vecinos en el desarrollo comunal. Que, el Articulo 65º inciso 19) de la acotada Ley precisa como funcion municipal especificamente, controlar y fiscalizar las asociaciones formadas por vecinos, cualquiera fuera su finalidad, que recauden previa autorizacion municipal, cotizaciones o administracion de bienes o recursos cuya propiedad sea del vecindario, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de sus fines. Que, los Articulos 79º y 80º del mismo cuerpo legal establece que los vecinos participan en el gobierno local mediante Juntas Vecinales y Comites Comunales creados de acuerdo a Ley. Que, como consecuencia, resulta necesario convocar a los vecinos, organizaciones e instituciones representativas del distrito, para que participen en forma democratica y con arreglo de Ley. En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se ha sancionado la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA BASE LEGAL: - Ley Organica de Municipalidades Arts. 10º Inc. 11, 36º, 37º, 65º Inc. 19, 79º, 80º. - Constitucion Politica del Estado Arts. 191º, 192º, 194º. - Ordenanza Nº 191 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, crea el Registro Unico de Organizaciones Sociales para la Participacion Vecinal. Articulo 1º.- La presente Ordenanza crea las Juntas Vecinales conformadas por las Asociaciones de Propietarios en las Urbanizaciones creadas o por crearse y en los Asentamientos Humanos del distrito de San Luis. Articulo 2º.- Las Juntas Vecinales del distrito de San MORDAZA se regiran por el presente Reglamento. Articulo 3º.- Son objetivos de las Juntas Vecinales del distrito de San MORDAZA, constituirse como instrumento de integracion vecinal, participando activamente en favor de su comunidad, para canalizar las acciones de apoyo y colaboracion al Gobierno Municipal dentro del ambito geografico de su competencia. Articulo 4º.- Son funciones de las Juntas Vecinales del distrito de San Luis: 1) Presentar ante la Unidad de Participacion Vecinal las propuestas de los vecinos de cada urbanizacion, respecto a la repotencializacion de la prestacion de los servicios publicos, como Limpieza, Ornato, Parques y

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento de las Juntas Vecinales del distrito
ORDENANZA Nº 077-2000-MDSL San MORDAZA, 17 de agosto del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de fecha 9 de agosto del 2000, aprobo por unanimidad el Dictamen Nº 0031-2000-CEPAL-CDSL emitido por la Comision de

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