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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2000 (05/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 182400 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de enero del 2000 Por única vez, el Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de 270 días hábiles contados a partir de la vigencia de la presente Ley, ratificará mediante Decreto Supremo las reservas vigen- tes al 21 de enero de 1999, establecidas por norma del mismo rango o por Ley. Los bienes cuya reserva se ratifique deberán identificarse de acuerdo a lo dispuesto por el literal c) del Artículo 8º. Sólo podrá ratificar reservas de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 4º de la presente Ley. Las reservas caducan al año de haber sido ratificadas. Las reservas no ratificadas dentro del plazo señalado, cadu- can automáticamente al vencimiento del mismo". Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 0049 P C M Aprueban donación efectuada a favor de la República de Venezuela, destina- da a damnificados por desastres natu- rales DECRETO SUPREMO Nº 046-99-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el mes de diciembre del presente año la República de Venezuela ha sufrido desastres naturales originados por lluvias torrenciales, produciéndose graves daños materiales y la pérdida de vidas humanas, así como numerosos damnifica- dos; Que, el Gobierno del Perú, a través del Instituto Nacional de Defensa Civil ha proporcionado ayuda a los damnificados de la hermana República de Venezuela, consistente en prendas de abrigo y raciones frías valorizadas en Cincuentitrés Mil Sete- cientos Sesentidós y 92/100 Nuevos Soles (S/. 53,762.92); De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 24) de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la dona- ción efectuada por el Gobierno del Perú, a través del Insti- tuto Nacional de Defensa Civil, a la República de Venezue- la, por la suma de Cincuentitrés Mil Setecientos Sesentidós y 92/100 Nuevos Soles (S/. 53,762.92), consistente en pren- das de abrigo y raciones frías, necesarias para asistir a los damnificados por el desastre producido por las lluvias to- rrenciales. Artículo 2º.- Transcríbase el presente Decreto Supremo a la Contraloría General de la República. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos noventinueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 0050 Autorizan viaje de representante de PROMPERU a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2000-PCM Lima, 4 de enero del 2000Vista la Carta Nº SE.316-99 de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU. CONSIDERANDO: Que, el 14 de setiembre en la Ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, se inaugurará el Festival de Cine Latinoamericano de Washington, organizado por la - O.E.A.- en el cual participa el Perú; Que, el 15 de setiembre se efectuará la toma de posesión del cargo del Secretario General de la Organización de Estados Americanos -O.E.A.- en la ciudad de Washington acto al cual se ha invitado a un representante de la Comisión de Promoción del Perú -PROMPERU-; Que, en tal sentido se ha designado a la Secretaria Ejecutiva de PROMPERU para que participe en los eventos indicados en calidad de representante de la Institución; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto Supremo Nº 011-88-PCM, Decreto Su- premo Nº 135-90-PCM, Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, De- creto Supremo Nº 031-89-EF y Decreto Supremo Nº 041-94- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización el viaje al exterior de la Dra. Rocío Fernández Lores, Secretaria Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, del 14 al 16 de setiembre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 Comisión de Promoción del Perú - PROM- PERU del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Dra. Rocío Fernández Lores - Viáticos :US$ 440.00 - Pasaje :US$ 1,841.62 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 0052 Autorizan viajes de representantes de PROMPERU a Francia y Chile, para participar en eventos destinados a incrementar el flujo turístico RESOLUCION SUPREMA Nº 002-2000-PCM Lima, 4 de enero del 2000 Vista la Carta Nº SE-322-99 de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU tiene previsto participar en la Feria Internacional de Turismo "Top Resa 99" que se llevará a cabo en la ciudad de Deauville Francia, del 23 al 26 de setiembre de 1999, lo cual implica la designación de una coordinadora encargada de la logística, montaje y desmontaje del stand del Perú y adicionalmente, es necesario acreditar a una representante a cargo del protocolo en la atención a la prensa y a los visitantes importantes; Que, PROMPERU será incorporado a la Organización Mundial del Turismo en la Asamblea General que se cele- brará en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 24 de setiembre al 1 de octubre de 1999, para lo cual resulta necesaria la presencia de un representante institucional en dicho evento internacional; Que, a través de los eventos internacionales mencionados se busca coordinar y desarrollar actividades a favor del incremen- to de los flujos turísticos del mercado francés y chileno, y promover la comercialización del producto turístico peruano; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-