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Pág. 182403 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, Artículo 23º del Texto Unico Ordenado del Régimen Pensionario del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 070- 98-EF, dispone que el Fondo Consolidado de Reservas Previsio- nales es administrado por un Directorio presidido por el Minis- tro de Economía y Finanzas e integrado por el Jefe de la Oficina de Normalización Previsional, el Gerente General del Banco Central de Reserva del Perú y por dos miembros designados mediante Resolución Suprema; Que, se encuentra vacante uno de los cargos correspondientes a los miembros del referido Directorio designados mediante Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 23º del Texto Unico Ordenado del Régimen Pensionario del Estado, aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor David Saettone Wat- mough como miembro del Directorio del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 0055 Aceptan donación destinada a hospi- tal para el tratamiento de población de escasos recursos del departamento de Huánuco RESOLUCION SUPREMA Nº 003-2000-EF Lima, 4 de enero del 2000CONSIDERANDO: Que, el Hospital Universitario de Amberes - Bélgica ha efectuado una donación a favor del Rotary Club de Huánu- co consistente en medicinas y otros bienes, los mismos que serán destinados al Hospital de Clercq de Huánuco para la Misión Oftalmológica "Campaña Ojitos" para operaciones y tratamiento gratuito en beneficio de los más necesitados, de escasos recursos económicos del departamento de Huá- nuco; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supre- mo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por el Hospital Universita- rio de Amberes - Bélgica, a favor del Rotary Club de Huánu- co consistente en medicinas y otros bienes conforme señala la Resolución Directoral Nº 162-99-SA/OFICE de fecha 16 de setiembre de 1999 del Ministerio de Salud, el Certificado de Donación de fecha 10 de julio de 1999 y la Carta Aclara- toria de fecha 30 de setiembre de 1999, con un peso aproxi- mado de 255 kgs., según Guía Aérea Nº 075 - 6976 9140 de Iberia. Dicha donación será destinada al Hospital de Clercq de Huánuco para la Misión Oftalmológica "Campaña Ojitos" para operaciones y tratamiento gratuito en beneficio de los más necesitados, de escasos recursos económicos del depar- tamento de Huánuco. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas, y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. COLOCAR DERECHO DEL MERCADO DE VALORES