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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2000 (10/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 182543 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Art. 1º del D.S. Nº 046-88-IN del 1.DIC.88 dispone que los bienes decomisados e incautados y en proceso judi- cial, como consecuencia del tráfico ilícito de drogas (TID) excepto los terrenos de cultivo y el dinero empleado y obtenido en la comisión del delito, podrán ser adjudicados al Estado, sus entidades, empresas, así como, entidades educa- cionales y asistenciales sin fines de lucro reconocidas oficial- mente; o puestos a remate público, transcurrido el plazo de un (1) año, contado a partir de la fecha del decomiso o incautación dispuesta por el juez, abonando dichas entida- des el justiprecio en caso de sentencia absolutoria, conforme lo dispone el Art. 3º del mismo Decreto Supremo; Que, con Of. Nº 4357-SGMD-D del 11.JUN.98, el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, solicita la adjudicación definitiva de vehículos incautados por comisión de delito de tráfico ilícito de drogas, asigna- dos a dicha institución; Que, habiéndose publicado con fecha 27.NOV.98 en el Diario Oficial El Peruano la relación de vehículos incau- tados por TID que se encuentran asignados para uso oficial de dependencias públicas y/o en custodia de las mismas, en situación de deteriorio y/o de inoperatividad, los cuales deben ser adjudicados en forma definitiva a fin de incluirlos en el margesí de bienes de dichas entidades; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Adjudicar a favor del MINISTERIO DE DEFENSA - MARINA DE GUERRA DEL PERU - COMAN- DO POLITICO MILITAR DEL FRENTE UCAYALI, los siguientes vehículos incautados por tráfico ilícito de drogas: 1. CAMIONETA, MARCA TOYOTA, CON PLACA DE RODAJE PGB-203, MOTOR Nº 3L3559354. 2. CAMIONETA, MARCA TOYOTA, CON PLACA DE RODAJE PY-6873, MOTOR Nº 4Y-0352751. 3. CAMIONETA, MARCA TOYOTA, CON PLACA DE RODAJE OQ-8028, MOTOR Nº 4Y-0276763. 4. CAMIONETA, MARCA TOYOTA, CON PLACA DE RODAJE OO-9344, MOTOR Nº 22R-3846251. 5. CAMIONETA, MARCA TOYOTA, CON PLACA DE RODAJE OO-9401, MOTOR Nº 3Y-0264883. 6. CAMION, MARCA FORD F-350, CON PLACA DE RODAJE WP-4611, MOTOR Nº 9AT3JHS-26544. 7. MOTOCICLETA, MARCA HONDA XL-185, SIN PLACA DE RODAJE, MOTOR Nº LI185SE5426661. 8. MOTOCICLETA, MARCA YAMAHA, SIN PLACA DE RODAJE, MOTOR Nº 3Y2-072451. 9. MOTOCICLETA, MARCA SUZUKI, CON PLACA DE RODAJE NY-15653. 10. MOTOR FUERA DE BORDA, MARCA BRIGGS, STRATTON, SERIE Nº H-569435. 11. MOTOR FUERA DE BORDA, MARCA SUZUKI Z-U, SERIE ILEGIBLE. 12. BOTE DE MADERA, SIN PLACA. 13. BOTE DE MADERA, SIN PLACA. 14. DESLIZADOR, SIN PLACA. 15. MOTOR FUERA DE BORDA, MARCA HONDA GX-340.16. MOTOR FUERA DE BORDA, MARCA EVINRU- DE, SERIE 338475. 17. MOTOR FUERA DE BORDA, MARCA BRIGGS STRATTON, MOTOR Nº K568159. 18. BOTE DE MADERA, SIN PLACA. Artículo 2º.- La referida entidad deberá proceder a la inscripción de dichos vehículos en la Superintendencia de Bienes Nacionales del Ministerio de la Presidencia, a efecto de que pasen a ser propiedad del Estado. Artículo 3º.- En caso exista sentencia absolutoria, la entidad adjudicataria deberá abonar el justiprecio de los vehículos adjudicados conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 0251 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1336-99-IN/1104 Lima, 31 de diciembre de 1999 Visto, el Of. Nº 267-99-IN/0104 del 30.NOV.99 del Despacho Viceministerial del Interior en el cual se auto- riza la culminación del proceso de adjudicación de vehícu- los incautados por TID asignados y/o en custodia de diversas entidades públicas iniciado en el año 1998; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 1º del D.S. Nº 046-88-IN del 1.DIC.88 dispone que los bienes decomisados e incautados y en proceso judi- cial, como consecuencia del tráfico ilícito de drogas (TID) excepto los terrenos de cultivo y el dinero empleado y obtenido en la comisión del delito, podrán ser adjudicados al Estado, sus entidades, empresas, así como, entidades educa- cionales y asistenciales sin fines de lucro reconocidas oficial- mente; o puestos a remate público, transcurrido el plazo de un (1) año, contado a partir de la fecha del decomiso o incautación dispuesta por el juez, abonando dichas entida- des el justiprecio en caso de sentencia absolutoria, conforme lo dispone el Art. 3º del mismo Decreto Supremo; Que, con Of. IV-55-OPAL - Nº 0186 del 23.FEB.96, el Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, solicita la adjudicación definitiva de vehículo incautados por comisión de delito de tráfico ilícito de drogas, asignado a dicha institución; Que, habiéndose publicado con fecha 27.NOV.98 en el Diario Oficial El Peruano la relación de vehículos incau- tados por TID que se encuentran asignados para uso oficial de dependencias y/o en custodia de las mismas, en situación de deterioro y/o de inoperatividad, los cuales deben ser adjudicados en forma definitiva a fin de incluir- los en el margesí de bienes de dichas entidades; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Adjudicar a favor del MINISTERIO DE DEFENSA - FUERZA AEREA DEL PERU, el siguiente vehículo incautado por tráfico ilícito de drogas: COLOCAR MODIFICACIONES TRIBUTARIAS 1999-2000