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Pág. 182710 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de enero de 2000 COLOCAR AFP HORIZONTEVISTOS: El Acuerdo de sesión de Concejo de fecha 30 de setiem- bre de 1999, respecto al Saneamiento Físico Legal del predio ubicado en el lugar denominado "Collpa", del dis- trito de Huasahuasi, provincia de Tarma. CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional, se reconoce a los gobiernos locales, autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el Artículo 1º inciso b) del Decreto Supremo Nº 018-90-VC, Artículo 103º y ss. del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, y Artículos 2º y 3º del Decreto Supremo Nº 026-96-PCM, es de aplicación en vía de remisión, que la Municipalidad Distrital de Huasahuasi, gestione la primera inscripción de dominio de los bienes que le pertenecen sin contar con títulos comprobatorios de dominio, expidiéndose la Resolución Municipal perti- nente; Que, la municipalidad es poseedora y ejerce los dere- chos de propietaria del inmueble ubicado en el lugar denominado "Collpa", distrito de Huasahuasi, cuya área del terreno es de 600 m2, encontrándose en los planos de sectorización; Estando a lo dispuesto por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado y los Artículos 2º, 10º y 47º de la Ley Nº 23853 Ley Orgánica de Municipalidades y con las facultades y atribuciones de la que está investido el Concejo Municipal; ACORDO: Artículo Primero.- Declarar de NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICA Y DE PREFERENTE INTERES SOCIAL EL SANEAMIENTO FISICO LEGAL, el si- guiente predio: Un área urbana que comprende 600 m2, ubicado en el lugar denominado "Collpa", del distrito de Huasahuasi,provincia de Tarma, el terreno colinda con las siguientes vías: - Por el Norte :Con el río Huasahuasi con 35.20 ml. - Por el Sur :Con el Jr. Malecón Rímac con 35.00 ml. - Por el Este :Con la Propiedad de Sabino Canchihuamán Gómez con 15.00 ml. - Por el Oeste :Con la propiedad de la Municipalidad con 19.19 ml. Artículo Segundo.- Presentada la solicitud de ins- cripción respectiva, sobre inmueble a que se refiere el artículo anterior, la Oficina de Registros Públicos de la provincia de Tarma, procederá a extender la anotación preventiva en la partida que corresponda; la cual quedará inscrita en forma definitiva en un plazo no mayor de treinta días hábiles, de no mediar oposición judicial de terceros. Artículo Tercero.- Para el cumplimiento del presen- te Acuerdo de Concejo, la Municipalidad Distrital de Huasahuasi, deberá cumplir con presentar necesaria- mente la documentación siguiente: - Memoria Descriptiva del Inmueble - Plano Perimétrico y de ubicación. - Declaración del Alcalde, mediante la cual el titular del órgano de gobierno local, bajo responsabilidad declare que el inmueble que se pretende inscribir no se encuentra sujeto a gravamen, embargo, medida cautelar o proceso judicial alguno. Dado en el Despacho de Alcaldía de la Municipali- dad Distrital de Huasahuasi, el tres de enero del año dos mil. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HECTOR MARTINEZ TRINIDAD Alcalde 0117