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Pág. 182698 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de enero de 2000 El Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859 y, estando a lo acordado en la sesión de la fecha; RESUELVE: Artículo Primero.- Téngase por inscrita a la fórmu- la de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República presentada por el partido político "Acción Popular" a que se refiere la Resolución Nº 017-2000-JNE, para el proceso de Elecciones Generales a realizarse el 9 de abril del año 2000, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859. Artículo Segundo.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) el con- tenido de la presente Resolución, para los fines del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR MUÑOZ ARCE DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 0439 RESOLUCION Nº 077-2000-JNE Lima, 13 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 014-2000-JNE de fecha 9 de enero del año en curso, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 10 del mismo mes y año, se inscribió la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República presentada por la Agrupación Indepen- diente "Avancemos" para el proceso de Elecciones Genera- les a realizarse el 9 de abril próximo, conforme lo dispone el Artículo 109º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859; Que, habiéndose vencido el término de dos (2) días naturales siguientes a la publicación de la citada Resolu- ción, establecido por el Artículo 110º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859 sin que se haya formulado tacha contra cualquiera de los integrantes de la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Repú- blica presentada por la Agrupación Independiente "Avan- cemos", corresponde disponer su inscripción definitiva; El Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859 y, estando a lo acordado en la sesión de la fecha; RESUELVE: Artículo Primero.- Téngase por inscrita a la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República presentada por la Agrupación Independiente "Avancemos" a que se refiere la Resolución Nº 014-2000- JNE, para el proceso de Elecciones Generales a realizarse el 9 de abril del año 2000, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859. Artículo Segundo.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) el con- tenido de la presente Resolución, para los fines del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR MUÑOZ ARCE DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 0440RESOLUCION Nº 078-2000-JNE Lima, 13 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 012-2000-JNE de fe- cha 7 de enero del año en curso, publicada el 8 del mismo mes y año, se inscribió la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República presenta- da por la agrupación independiente "Movimiento Inde- pendiente Somos Perú", para el proceso de Elecciones Generales a realizarse el 9 de abril próximo, conforme lo dispone el Artículo 109º de la Ley Orgánica de Eleccio- nes, Ley Nº 26859; Que, por Resolución Nº 074-2000-JNE de fecha 13 de enero de 2000, el Pleno del Jurado Nacional de Eleccio- nes resolvió declarar improcedente la tacha interpuesta por doña Ana María Zegarra Laos, contra la candidatura del ciudadano Alberto Manuel Andrade Carmona, inte- grante de la fórmula presentada por la citada agrupa- ción, independiente y, en consecuencia, que el menciona- do ciudadano se encuentra habilitado para postular al cargo de Presidente de la República en las próximas elecciones; Que, asimismo, en sesión de la fecha se ha declarado inadmisible la tacha formulada por don Joel Antonio Castillo Escate, contra el citado candidato; El Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859 y, estando a lo acordado; RESUELVE: Artículo Primero.- Téngase por inscrita a la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República presentada por la agrupación independiente "Movimiento Independiente Somos Perú" a que se refiere la Resolución Nº 012-2000-JNE, para el proceso de Elec- ciones Generales a realizarse el 9 de abril del año 2000, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859. Artículo Segundo.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) el con- tenido de la presente Resolución, para los fines del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR MUÑOZ ARCE DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 0441 ONPE Designan comisión encargada de pro- ceso de elección de consejeros de Co- legios Profesionales y Colegios de Abo- gados ante el Consejo Nacional de la Magistratura RESOLUCION JEFATURAL Nº 007-2000-J/ONPE Lima, 12 de enero del 2000 VISTO: El Oficio Nº 315-99-P/CNM de fecha 8 de noviembre de 1999, mediante el cual el presidente del Consejo Nacional de Magistratura, solicitó a la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales, de conformidad con el Artículo 19º de la Ley Nº 26397, Orgánica del Consejo Nacional de la Magis- tratura, organizar el proceso de elección de los consejeros representantes de los Colegios Profesionales del país y del