Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2000 (14/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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g) Por exhorto: Dentro del Distrito Judicial Otro Distrito Judicial Al Extranjero h) Por otorgamiento de Poder por Acta 2) De reconocimiento de sentencia o laudo extranjero Por ofrecimiento de pruebas Por recurso de apelacion de auto Por recurso de queja Por actuaciones a realizarse fuera del local Judicial Formas Especiales de conclusion del MORDAZA Por cada folio de MORDAZA certificada Por exhorto: Dentro del Distrito Judicial Otro Distrito Judicial Al Extranjero h) Por recusacion i) Por otorgamiento de Poder por Acta SOLICITUDES Y ACTOS JUDICIALES: 1.- Por prueba anticipada a. Por actuacion de prueba anticipada de cuantia indeterminable y determinables, se sujetaran a lo consignado en los procesos contenciosos en un cincuenta (50%) por ciento de su valor. b. Por expedicion de cada folio de copias certificadas al momento de retiro del expediente a) b) c) d) e) f) g)

NORMAS LEGALES
29.00 58.00 145.00 29.00

MORDAZA, viernes 14 de enero de 2000

116.00 232.00 145.00 290.00 290.00 5.80 29.00 58.00 145.00 145.00 29.00

ran el Arancel respectivo por cada titular de la accion, salvo las sociedades conyugales cuando los conyuges conformen una misma parte y lo dispuesto por el primer parrafo del Articulo 76º del referido Codigo. Tercera.- En los procesos sumarisimos por alimentos, cuando la pretension del demandante exceda las (20) URP se sujetaran a los pagos dispuestos en la presente Resolucion reducidos en un cincuenta (50%) por ciento. Cuarta.- En los procesos laborales y previsionales los trabajadores, ex trabajadores y sus herederos cuyo petitorio exceda del minimo senalado por Ley vigente como exonerados; se sujetaran a los pagos contenidos en la presente Resolucion reducidos en un cincuenta (50%) por ciento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 0458

2.90

2.- Por derecho a participar en remate Judicial de bienes muebles Valor del bien mueble por rematar a.- Hasta diez (10) URP 43.50 b.- Mas de diez (10) URP hasta treinta (30) URP 87.00 c.- Mas de treinta (30) URP 145.00 3.- Por derecho a participar en remate Judicial de bienes inmuebles Valor del bien inmueble por rematar a.- Hasta cien (100) URP b.- Mas de cien (100) hasta mil (1000) URP c.- Mas de mil (1000) URP 145.00 290.00 580.00

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Prorrogan firma de Convenio de Adhesion al Sistema de Liquidacion Bruta en Tiempo Real
CIRCULAR Nº 004-2000-EF/90 MORDAZA, 13 de enero del 2000 El Banco Central ha decidido prorrogar hasta el 24 de enero del ano 2000, la firma del Convenio de Adhesion al Sistema de Liquidacion Bruta en Tiempo Real, Sistema LBTR, a que se refiere la Circular Nº 033-99-EF/90 publicada con fecha 29 de diciembre de 1999. Asimismo, con la finalidad de asegurar una apropiada adecuacion al Sistema LBTR, se mantiene el periodo de transicion del 17 al 31 de enero del ano 2000. Para enviar sus ordenes de transferencia, las empresas del sistema financiero deberan utilizar el modulo LBTR instalado en sus sistemas de computo y las actuales conexiones establecidas con este Banco Central. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Gerente General 0435

4.- Por autorizacion Judicial para firmas Escrituras Publicas por Fallecimiento de Notario 72.50 5.- Por autorizacion Judicial de viajes de menores 29.00 PROCESOS PENALES DE QUERELLA: Los actos procesales por querellas se sujetaran al pago de Aranceles de los procesos contenciosos en lo que sea aplicable. Articulo Segundo.- No se archivara ningun expediente sin la certificacion, expedida por el secretario de Sala o de Juzgado segun el caso de haberse adecuado al pago de los Aranceles Judiciales bajo responsabilidad administrativa, sin perjuicio de ser solidario con el obligado en el pago que corresponda, colocandose en cada Arancel pagado, un sello con la denominacion MORDAZA concluido. Articulo Tercero.- La devolucion del Pago de los valores de los Aranceles Judiciales se sujetara a lo dispuesto por las normas pertinentes que para el efecto dicte el Titular del Pliego. Articulo Cuarto.- Queda derogada la Resolucion Administrativa Nº 002-93-CE-PJ, y toda MORDAZA que se oponga a la presente disposicion DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Los senores Magistrados dispondran de la observancia y estricto cumplimiento de la presente Resolucion. Segunda.- De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 83º del Codigo Procesal Civil, cuando concurran varias personas como demandantes o demandados, paga-

JNE
Declaran improcedente e inadmisible impugnaciones contra candidatura de ciudadano en formula presidencial presentada por agrupacion independiente
RESOLUCION Nº 074-2000-JNE MORDAZA, 13 de enero del 2000 VISTOS: El recurso de tacha contra la candidatura del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, integrante de la formula de

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