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Pág. 182703 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de enero de 2000 cipación de representantes de todos los sectores involu- crados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión confor- mó el Comité Técnico de Normalización Permanente de Gas Licuado de Petróleo, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, el 4 de noviembre de 1999, el Comité Técnico señalado, presentó a la Secretaría Técnica de la Comisión 3 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, los cuales fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elabora- ción y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas median- te el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusión Pública por un período de treinta días calendario, contados a partir del 15 de noviembre del año en curso; Que, luego de la evaluación correspondiente, la Secre- taría Técnica de la Comisión recomendó la aprobación de dichos Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 031-93-INDECOPI/ CNM, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miem- bros, reunidos en su sesión de fecha 16 de diciembre de 1999; RESUELVE: APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las si- guientes: NTP 321.099:1999 GAS LICUADO DE PETROLEO (GLP). Determinación del azufre. Método del quemador tipo oxi-hi- drógeno o tipo lámpara. 1ª Edición. NTP 321.100:1999 GAS LICUADO DE PETROLEO (GLP). Determinación de la presión de vapor manométrica. Método GLP. 1ª Edición. NTP 334.101:1999 GAS LICUADO DE PETROLEO (GLP). Método de corrosión en la lámina de cobre. 1ª Edición. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 0384 RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0080-1999/INDECOPI-CRT Lima, 22 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomen- dables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben reali- zarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Nor- mas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obs- táculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Reso- lución Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene sien- do implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técni-cos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 031-93-INDECOPI/CNM y Nº 033-93-INDECOPI/ CNM, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboración de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados -producción, consumo y técnico- constitui- dos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización Perma- nente de Saneamiento y como parte de éste los Subcomi- tés de: Productos Industriales de Caucho y Productos Industriales de Fierro, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, el 7 de octubre de 1999, dicho Comité Técnico presentó a la Secretaría Técnica de la Comisión 2 Proyec- tos de Normas Técnicas Peruanas, los cuales fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopción; Que, luego de la evaluación correspondiente, la Secre- taría Técnica de la Comisión recomendó la aprobación de dichos Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 031-93-INDECOPI/ CNM, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miem- bros, reunidos en su sesión de fecha 22 de diciembre 1999; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Perua- nas, las siguientes : NTP-ISO 4633:1999 SELLOS DE CAUCHO. Anillos de junta para tuberías de abas- tecimiento de agua, drenaje y al- cantarillado. Especificaciones para los materiales. 2ª Edición. Reem- plaza a la NTP-ISO 4633:1997. NTP-ISO 7005-1:1999 BRIDAS METALICAS. Parte 1: Bridas de acero. 1ª Edición. Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente Norma Técni- ca Peruana: NTP-ISO 4633:1997 SELLOS DE CAUCHO. Anillos de junta para abastecimiento de agua, drenaje y tuberías de des- agüe. Especificaciones para los materiales. 1ª Edición. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 0385 RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0085-1999/INDECOPI-CRT Lima, 29 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomen- dables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta