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Pág. 182699 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de enero de 2000 consejero representante de los Colegios Profesionales del país, y del consejero representante de los Colegios de Abogados del país, ante el Colegio Nacional de la Magis- tratura. CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la disposición final única de la Resolución Nº 026-99-CNM del Consejo Nacional de la Magistratura, de fecha 19 de noviembre de 1999, me- diante la que se aprueba el reglamento para la elección de consejeros representantes de los Colegios Profesionales y los Colegios de Abogados del país, se faculta a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a dictar las disposicio- nes necesarias para la organización y desarrollo del pro- ceso electoral; Que mediante el Oficio Nº 110-99-CDCP de fecha 20 de diciembre de 1999; el presidente del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú; hace de conocimiento del jefe de la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales, que en sesión ordinaria de fecha 16 de diciembre de 1999, se acordó nombrar una comisión integrada por los señores decanos del Colegio de Conta- dores Públicos de Lima, el Colegio de Abogados de Lima, el Colegio de Ingenieros del Perú y el Colegio Médico del Perú, quienes coordinarán y tendrán la representación oficial; Que es necesario designar al representante de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para integrar, junto con los representantes del Consejo Nacional de los Colegios Profesionales, la Comisión Electoral Nacional, con la finalidad de garantizar el normal desarrollo de la elección de Consejeros Representantes ante el Consejo Nacional de la Magistratura. Así mismo, designar al personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales que conformará la comisión técnica encargada de brindar apoyo técnico; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 19º de la Ley Nº 26397, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura y por disposición final única del Regla- mento de Elecciones aprobado por Resolución Nº 026-99- CNM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar la Comisión Electoral Nacio- nal que estará a cargo del proceso de elección de conseje- ros de los Colegios Profesionales del país y los Colegios de Abogados del país ante el Consejo Nacional de la Magistratura, la que estará integrada por el señor José Cavassa Roncalla, Gerente de Gestión Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, quien la presi- dirá; doctor Martín Belaúnde Moreyra, representante del Colegio de Abogados de Lima; doctor Amador Vargas Guerra, representante del Colegio Médico del Perú; señor CPC Carlos Pastor Carrasco, representante del Colegio de Contadores Públicos de Lima; ingeniero Víc- tor Raggio Luy, representante del Colegio de Ingenieros del Perú. Artículo 2º.- Designar la Comisión Técnica que brin- dará apoyo técnico administrativo, que estará integrada por el siguiente personal de la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales: los señores José Ochoa Tuanama, Jacque- line Santolalla Huerto, Leonardo Vásquez Vásquez y José Luis Echaiz Espinoza. Artículo 3º.- Todas las gerencias de la Oficina Nacio- nal de Procesos Electorales, prestarán su apoyo a fin de que la Comisión Electoral Nacional y la Comisión Técnica cumplan con sus funciones de acuerdo a lo señalado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 0430FE DE ERRATAS RESOLUCION JEFATURAL Nº 006-2000-J/ONPE Por Oficio Nº 057-99-GIEE/ONPE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 006-2000-J/ONPE, publica- da en nuestra edición del día jueves 13 de enero del 2000, en la página 182656. DICE: "CANDIDATOS APTOS PARA ESPECIALISTAS ESPECIALES COMO RESULTADO DE LA CAPACITA- CION E INDUCCION EFECTUADO POR LA UNIVER- SIDAD FEMENINA DEL SAGRADO CORAZON". DEBE DECIR: "CANDIDATOS APTOS PARA ESPECIALISTAS ELECTORALES COMO RESULTADO DE LA CAPACI- TACION E INDUCCION EFECTUADO POR LA UNI- VERSIDAD FEMENINA DEL SAGRADO CORAZON". DICE: "7.2 Presentación y Resolución de Tachas. 7.2.1 Las tachas que se presenten deben dirigirse al Presidente de la Comisión de Selección, Evaluación, Ca- pacitación y Designación de Jefes de Oficinas Descen- tralizadas de Procesos Electorales y Especialistas Electo- rales constituida por Resolución Jefatural Nº -99-J/ ONPE, con sede en jirón Nazca Nº 598 Jesús María. Dicha Comisión deberá evaluar y resolver declarando fundada o infundada la tacha, con la debida sustentación del caso, en el plazo máximo de un (1) día hábil de recepcionada. La Comisión de Captación e Inducción de Jefes de Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales y Es- pecialistas Electorales, resolverá la misma mediante R.C.C.I. de Resolución de Tachas." DEBE DECIR: "7.2 Presentación y Resolución de Tachas. 7.2.1 Las tachas que se presenten deben dirigirse al Presidente de la Comisión de Captación e Inducción de Jefes de Oficinas Descentralizadas de Procesos Electora- les y Especialistas Electorales, constituida por Resolu- ción Jefatural Nº 131-99-J/ONPE, con sede en jirón Nazca Nº 598 Jesús María. El plazo para presentar tachas es de un (1) día hábil después de efectuada la publicación. Dicha Comisión deberá evaluar y resolver declarando fundada o infundada la tacha, con la debida sustentación del caso, en el plazo máximo de un (1) día hábil, mediante R.C.C.I. de Resolución de Tachas." 0446 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Exoneran de concurso público la reno- vación de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en el distrito de San Isidro, provincia de Lima RESOLUCION JEFATURAL Nº 003-2000-JEF/RENIEC Lima, 6 de enero del año 2000