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Pág. 183420 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de febrero de 2000 autoridad administrativa (Director Municipal); dispo- niéndose la administración respectiva por parte de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; Que, corresponde al Concejo Municipal como máxi- ma autoridad de esta corporación edil expresar su conformidad respecto a la recuperación y posterior administración del Parque Zonal Wiracocha; dispo- niéndose el nombramiento de una Comisión Especial que se encargue de proponer la mejor manera de admi- nistrar dicho parque en beneficio de la población de San Juan de Lurigancho; Que, así mismo es necesario nombrar una comisión transitoria que se encargue de la Administración del Parque Zonal Wiracocha en tanto se disponga el sistema de administración definitivo; Que, el pueblo de San Juan de Lurigancho ha propues- to variar el nombre denominativo del Parque Zonal Wira- cocha por el de "Parque de la Ciudad de Los Niños"; Estando a los considerandos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 67º inciso 10) de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE ACORDO: Artículo Primero.- ACEPTAR, la entrega del Par- que Zonal Wiracocha efectuada por los pobladores de San Juan de Lurigancho a favor de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- Nombrar la Comisión Especial Mixta, que se encargue de proponer la mejor manera de administrar el Parque Zonal Wiracocha, integrada por los siguientes miembros: - Director de Servicios a la Ciudad. - Director Municipal. - Director de la Oficina de Asesoría Jurídica. - Secretario General. - Presidente de la Comisión de Regidores de Servicios a la Ciudad. Artículo Tercero.- Facultar al Alcalde para que dis- ponga la administración provisional del Parque en tanto se establezca el Sistema de Administración definitivo, designándose al personal necesario. Artículo Cuarto.- Aprobar la nueva denominación del Parque Zonal Wiracocha como el Parque "Ciudad de los Niños". Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 1328 Establecen remuneración de alcalde y dieta de regidores por asistencia a sesiones de concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 003 San Juan de Lurigancho, 24 de enero de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; VISTO: en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, la moción suscrita por el señor Alcalde Ricardo Chiroque Paico; y, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTICULO 47º NUMERAL 5 DE LA LEY ORGANI- CA DE MUNICIPALIDADES, Y POR UNANIMIDAD, Y CON DISPENSA DEL TRAMITE DE APROBACION DE ACTA; ACORDO: Artículo Primero.- Mantener en S/. 4,500.00 (CUA- TRO MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la remuneración del señor Alcalde de la Muni- cipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, para el presente ejercicio presupuestal.Artículo Segundo.- Fijar para el presente ejercicio presupuestal en 0.50 de la UIT el monto de la Dieta por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo de los señores Regidores del Concejo Distrital de San Juan de Lurigan- cho, con un máximo de 4 sesiones pagadas al mes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 1357 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Disponen la recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 121-2000/SG-MDS Surquillo, 21 de enero de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Expediente Nº 44943-99 seguido por don José Ronald Ramos Mavila y su cónyuge Rosa Lydia Quispe Franco de Ramos, por el que solicitan la Recep- ción de Obras de Habilitación Urbana del terreno de 2,880.00 m2 (Dos Mil Ochocientos Ochenta Metros Cuadrados) de su propiedad constituido por el Lote Unico B-1, ubicado en calle Waldemar Mozer y pasaje del mismo nombre del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo Tercero y Segun- da Disposición Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, es competencia de las Municipalidades Distritales conocer y aprobar las Habilitaciones Urbanas dentro del ámbito de su circunscripción territorial; Que, por lo expresado en el Informe Nº 009-2000/ DCHU/DODU-MDS de la División de Catastro y Habi- litaciones Urbanas, se desprende que los recurrentes han cumplido con la correcta ejecución de la obra y presentado la documentación técnica y legal que así lo acredita; Que, con lo recomendado por la División de Catastro y Habilitaciones Urbanas y con la visación de la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano; A mérito de lo expuesto y en concordancia con las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Recepcionar las obras de Habili- tación Urbana de acuerdo con el Plano Nº 001/DCHU- DODU-MDS del terreno de 2,880.00 (Dos Mil Ochocien- tos Ochenta Metros Cuadrados), constituido por el Lote Unico B-1, ubicado en calle Waldemar Mozer y pasaje del mismo nombre del distrito de Surquillo, provincia y de- partamento de Lima, autorizar la libre adjudicación del terreno el cual se encuentra encerrado dentro de los linderos y medidas perimétricas siguientes: Por el frente.- Línea recta de 40.00 ml., linda con la calle y pasaje Waldemar Mozer (lado Norte). Por la derecha.- Línea recta de 72.00 ml., linda con propiedad de la Asociación AMECFA (lado Oeste). Por la izquierda.- Línea recta de 72.00 ml., linda con la urbanización Las Orquídeas (lado Este). Por el fondo.- Línea recta de 40.00 ml., linda con el Lote Unico B-2 (lado Sur).