Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2000 (03/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 3 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES

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inmediata, frente a las licencias de Magistrados o ante la ausencia de estos, supliendolos en tal situacion de emergencia; en tal sentido, siendo su labor oportuna e inmediata, un apoyo jurisdiccional - administrativo frente a cualquier eventualidad que se suscite en los Juzgados de Paz Letrados de MORDAZA, resulta necesario designar un Magistrado que cumpla con dicha funcion; Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor EMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Suplente del Decimo Octavo Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, a partir del 2 de marzo del ano en curso, por promocion de la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Schreiber. Articulo Segundo.- DESIGNAR en via de regularizacion a partir del 1 de febrero del ano en curso, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, en reemplazo de la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien se le ha concedido licencia por motivos de salud; quien ademas asumira el Despacho del Tercer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto por la R.A. Nº 0016-2000-P-CSJLI/PJ. Articulo Tercero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente Coordinador Supernumerario de los Juzgados de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por el periodo de vacaciones, a partir del 3 de febrero del ano en curso. Articulo Cuarto.- DEJAR sin efecto lo dispuesto en el Articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 0022-2000-P-CSJLI/PJ, de fecha 31 de enero del actual. Articulo Quinto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, del Presidente de la Sala de Vacaciones y de los Magistrados, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) Corte Superior de Justicia de MORDAZA 1354

ta y nueve del Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y de la resolucion de fecha cuatro de octubre de mil novecientos noventa y nueve de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, obrante a fojas cuatrocientos treinta y tres; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial efectuo dos investigaciones contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y Pasco, siendo la primera la Queja Distrital Nº 1096-98 y la MORDAZA la Queja Distrital Nº 174-99, habiendose acumulado esta MORDAZA a la primera, segun resolucion de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial de fecha 17 de agosto de 1999, corriente a fojas 409 de autos. Segundo.- Que, los hechos investigados dentro de la Queja Distrital Nº 1096-98, estan referidos a la inconcurrencia a laborar por 21 dias consecutivos del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a pesar de que se le habia denegado su solicitud de sustitucion de la licencia concedida el dia anterior, por motivos de enfermedad, argumentando motivos personales, solicitud que se denego y no obstante lo cual el magistrado no asistio a laborar, lo que origino que el 7 de MORDAZA de 1998 se abriera investigacion en su contra, emitiendose la Resolucion de fecha 14 de junio de 1999, en la que el Jefe de la Oficina de Control Interno de la Magistratura del Poder Judicial propuso a la Comision Ejecutiva que se impusiera al referido magistrado la medida disciplinaria de Separacion. Tercero.- Que, en la Queja Distrital Nº 174-99, el Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de MORDAZA y Pasco, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, con fecha 3 de diciembre de 1998, abrio investigacion contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al haber tomado conocimiento que la Corte Superior de Justicia de MORDAZA lo habia declarado autor responsable del delito contra la Fe Publica en el MORDAZA penal seguido en su contra en agravio de MORDAZA Huamantuma MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA Medina; en efecto, segun se desprende de autos, el 23 de setiembre de 1997 la MORDAZA Sala Penal de la citada Corte emitio sentencia, declarando al acusado responsable del delito que se le imputaba, y se le impuso una pena privativa de MORDAZA con el caracter de suspendida por el plazo de tres anos (fojas 245 a 250); posteriormente, con fecha 14 de MORDAZA de 1998, la Corte Suprema de Justicia declaro no haber nulidad en la referida sentencia (fojas 254), encontrandose actualmente en tramite un recurso de Revision presentado por el doctor Acurio; Con el informe de la Comision de Procesos Disciplinarios, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 2º inciso 2.2 de la Ley Nº 26973 y los Articulos 27º, 28º, 33º, 38º y 39º del Reglamento de Procesos Disciplinarios, y estando al acuerdo del Pleno de fecha catorce de enero del 2000; RESUELVE: Primero.- Declarar cumplidos los requisitos formales previstos en el Articulo 25º del Reglamento de Procesos Disciplinarios. Segundo.- Declarar suficiente el contenido del expediente remitido por el Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial y, en consecuencia, innecesario abrir investigacion preliminar. Tercero.- Declarar abierto el MORDAZA disciplinario contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y Pasco; por las imputaciones a que se contraen las partes considerativas de las resoluciones de fechas 4 y 14 de junio de 1999 del Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, de la resolucion del 4 de octubre de 1999 de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial y de la presente resolucion, declarando incorporados al presente MORDAZA los medios probatorios presentados y actuados en el expediente remitido, los que seran evaluados en su oportunidad, por el plazo MORDAZA de 60 dias. Cuarto.- Otorgar al procesado diez dias habiles, contados a partir de la notificacion de la presente resolucion, para que presente por escrito su descargo y medios probatorios documentales, permitiendosele la revision del expediente en la Secretaria del Consejo en horas de oficina. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Nacional de la Magistratura 1313

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Inician MORDAZA disciplinario a magistrado por su actuacion como vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y Pasco
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 006-2000-CNM P.D. Nº 010-99-CNM MORDAZA, 31 de enero del 2000 VISTO: El Oficio numero tres mil trescientos cuarenta y tres - noventa y nueve - CME-PJ, de fecha cinco de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, remitido por el senor Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial con los cuadernos acumulados de Queja Distrital numero mil noventa y seis - noventa y ocho, y la Queja Distrital numero ciento setenta y cuatro - noventa y nueve, de fojas cuatrocientos cincuenta y seis; al MORDAZA de los cuales se solicita al Consejo Nacional de la Magistratura la destitucion del Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y Pasco, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castillo; solicitud hecha en merito a las resoluciones de fechas cuatro y catorce de junio de mil novecientos noven-

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