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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (25/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 184145 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de febrero de 2000 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA DEL MAR Establecen régimen tributario de arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo ORDENANZA Nº 17-MSMM Santa María del Mar, 2 de febrero de 2000 EL ALCALDE DE SANTA MARIA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Santa María del Mar, en sesión ordinaria del 31 de enero del 2000; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado establece en su Artículo 74º que las Municipalidades pueden crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones así como otorgar exoneraciones; Que, la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalida- des, reglamenta la citada disposición constitucional y el Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Munici- pal, regula la creación de los arbitrios; Que, la Ley Nº 26721, modificatoria del Artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, establece que las tasas por servicios públicos o arbitrios se calcularán dentro del primer trimestre de cada ejercicio fiscal, en función del costo efectivo del servicio a prestar; Que, la norma IV del Título Preliminar del Decreto Legislativo Nº 816, Código Tributario, establece que los Gobiernos Locales pueden crear y modificar los arbitrios mediante Ordenanza; Ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO TITULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Modifícase las normas vigentes en el distrito relacionadas con los arbitrios de Limpieza Públi- ca, Parques y Jardines y Serenazgo, cuyos rendimientos netos están destinados a cubrir los costos efectivos que generan a la Municipalidad la prestación de los servicios públicos de los mismos nombres. Artículo 2º.- El arbitrio de Limpieza Pública comprende el cobro por la prestación de los servicios de recolección domiciliaria de residuos sólidos y el barrido de vías, manteni- miento de papeleras, limpieza de servicios higiénicos públicos, operación de la planta de transferencia y del relleno sanitario. Artículo 3º.- El arbitrio de Parques y Jardines com- prende el cobro por la prestación de los servicios de mantenimiento de parques y otras áreas públicas verdes, riego, implementación, recuperación y mejoras de par- ques y jardines de uso público. Artículo 4º.- El arbitrio de Serenazgo comprende el cobro por mantenimiento y mejoras del servicio de segu- ridad, vigilancia pública, protección civil y emergencias, en procura de la seguridad ciudadana. Artículo 5º.- Los arbitrios a que se refieren los artícu- los precedentes son de periodicidad mensual. La Munici- palidad los podrá recaudar trimestralmente. N CALIFICACION Nº DENOMINACION REQUISITOS DERECHO DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD DE DEL U DE PAGO Evaluación DONDE SE QUE QUE ORD. PROCEDIMIENTO EN S/. Auto- (30 D.) INICIA EL APRUEBA RESUELVE M mático No TRAMITE EL RECURSOS Pos. Neg. Reg. PROCEDIMIENTO IMPUGNATIVOS ORGANO: GERENCIA DE FINANZAS DIVISION DE COMERCIALIZACION Resolución de 1. Solicitud Valorada. 10.00 5 Gerencia Gerente General Gerente General Circulación 2. Copia Literal de la Ficha Registral de Finanzas donde se encuentre inscrita la Apelación Concejo persona jurídica y copia de la Libreta Distrital Electoral. 3. Copia de su Reglamento Interno. 4. Padrón de Conductores, Propietarios y/o Poseedores. 5. Padrón de Vehículos señalando número de placa de rodaje. 6. Croquis de la propuesta de las zonas y/o vías de trabajo para prestar el servicio con la respectiva ubicación de los paraderos. 7. Documento que acredita su experiencia en la prestación del servicio. 8. Recibo de pago cancelado el Derecho respectivo. 1,450.00 Certificado de 1. Solicitud Valorada. 10.00 10 Gerencia Gerente General Gerente General Operación 2. Copia Simple de la Libreta Electoral de Finanzas o Documento Nacional de Identificación Apelación Concejo y/o Carné de Identidad Personal del Distrital Propietario del vehículo menor. 3. Copia Simple de la Tarjeta de Propiedad. 4. Aprobación de la constatación de características anual del vehículo menor en formatos de la Municipalidad Distrital. 5. Documento que acredita haber pasado la revisión técnica respectiva, si ésta ya se encuentra implementada por la Autoridad Metropolitana de Lima. 6. Recibo de pago cancelado el Derecho respectivo. 145.00 Credencial del Conductor 1. Solicitud Valorada. 10.00 10 Gerencia Gerente General Gerente General del Vehículo Menor 2. Formato de datos personales de Finanzas debidamente llenados, adjuntando dos Apelación Concejo fotografías a color fondo blanco Distrital tamaño carné por cada conductor del vehículo menor. 3. Copia Simple de la Libreta Electoral o Documento Nacional de Identificación y/o Carné de Identidad Personal del Propietario del vehículo menor y Licencia de Conducir vigente. 4. Declaración Jurada garantizando el cumplimiento del Reglamento de Tránsito y de las Disposiciones contenidas en la presente Ordenanza Nº -2000-MDSL. 5. Recibo de pago cancelado el Derecho respectivo. 58.00 2268