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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2000 (12/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 190165 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de julio de 2000 Suspenden trámites de otorgamiento de licencias de construcción y autori- zaciones de funcionamiento para pues- tos de venta de combustible y estacio- nes de servicio ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2000/MJM Jesús María, 28 de junio del 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA: VISTO, en Sesión Ordinaria de la fecha el proyecto de acuerdo propuesto por la Comisión de Desarrollo Urbano y Vial mediante Dictamen Nº 12-2000-CDU/MJM de fecha 16 de junio del presente año, referido a la suspensión temporal de trámites sobre el otorgamiento de licencias de construcción y autorizaciones municipales de funcionamiento de estaciones de servicio y grifos en todo el distrito de Jesús María; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los dispositivos legales vi- gentes corresponde a la Dirección General de Hidrocar- buros la autorización para la instalación de estaciones de servicio y grifos; Que, seguido este procedimiento, los interesados, cumpliendo con los requisitos expresados en el conside- rando anterior, solicitan a la Municipalidad Distrital se les expida la correspondiente licencia de construcción para estaciones de expendio de combustible, previa revi- sión y aprobación del proyecto integral y el detalle de las obras civiles, cuya ubicación sólo podrá ser autorizada en áreas calificadas con zonificación comercial o industrial, siempre y cuando se encuentren localizadas en esquina de vías expresas, arteriales, colectoras o avenidas (enten- diéndose dentro de éstas a las vías de doble sentido de tránsito y separador central), y su área sea igual o mayor a 600 m2.; además de considerarse que la distancia mínima que debe existir entre una y otra estación de servicio es la de 1,000 ml. medidos a lo largo de la vía; Que, luego de la evaluación de los grifos y estaciones de servicio del distrito, teniendo como base lo expuesto en el párrafo precedente, se ha determinado que la cantidad de éstos satisface en exceso la demanda exis- tente, habiéndose saturado la ocupación del uso de suelo con respecto a esta actividad; Que, los constantes pedidos de los vecinos del distrito expresan su oposición a la expedición de licencias de construcción de estaciones de servicio y/o grifos en todo el distrito; Que, el Artículo 64º de la Ley Orgánica de Munici- palidades faculta a los municipios la regulación de áreas urbanas en donde se ubican los diferentes servicios con fines de abastecimiento; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Reglamento Interno de Concejo aprobado por Edicto Nº 002-99/MJM, con el voto en MAYORIA del Concejo Municipal en pleno; ACUERDA: Artículo Primero.- Suspender por tres años todo trámite sobre el otorgamiento de licencia de construc- ción y autorizaciones municipales de funcionamiento de puestos de venta de combustible (grifos) y de estaciones de servicio en el distrito de Jesús María a partir de la fecha del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Infraestructura Urbana el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo y a la Unidad de Imagen Institu- cional su difusión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRON Alcaldesa 7929MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Amplían plazo de amnistía tributa- ria otorgada mediante la Ordenanza Nº 014-99-MDSA ORDENANZA Nº 015-2000-MDSA Santa Anita, 8 de julio de 2000 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del 8 de julio de 2000 el pedido al Pleno del Concejo referente a la ampliación de la Amnistía tributaria; y, CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal ha recibido el pedido de los contribuyentes del distrito de Santa Anita quienes soli- citan la ampliación de la Amnistía Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 014-99/MDSA de fecha 22 de julio de 1999, se acordó otorgar Amnistía Tributa- ria a los contribuyentes del distrito de Santa Anita para que cumplan con regularizar sus obligaciones tributa- rias; y mediante Ordenanza Nº 013-2000/MDSA de fecha 17 de abril de 2000, se acordó prorrogar hasta el 30 de junio de 2000, los alcances de la Amnistía Tributaria; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de julio de 2000, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, Decreto Legislativo Nº 816 - Código Tributario, con las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, y con el voto unánime de regidores se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar la Amnistía Tributaria otorgada mediante Ordenanza Nº 014-99-MDSA, hasta el 15 de agosto de 2000 a efectos de que los señores contribu- yentes del distrito de Santa Anita cumplan con sus obliga- ciones tributarias referentes al Impuesto Predial, Tasa de Licencia de Funcionamiento de los períodos 1994 a 1999; Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relle- no Sanitario de los períodos 1996 a 1999 y arbitrio de Serenazgo de 1997 a 1999, de los inmuebles dedicados a casa habitación, comercios y servicios menores. Artículo Segundo.- Determinar que durante el período de la Amnistía señalado en el artículo preceden- te, los contribuyentes están obligados únicamente al pago del valor principal de la deuda. Artículo Tercero.- Entiéndase como comercios y ser- vicios menores a aquellos predios dedicados a comercio y servicios cuyo valor de autoavalúo sea menor a 6 UIT. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 7900 Disponen fiscalización integral de di- versas actividades industriales, comer- ciales y de servicios en defensa del consumidor ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2000/MDSA Visto en sesión de Concejo de fecha 24 de junio de 2000, el pedido al pleno respecto a la necesidad de realizar una fiscalización integral en defensa del consu- midor en la jurisdicción del distrito de Santa Anita; y,